Hace ya muchos años que me he interesado por los que habían
muerto en la Guerra Civil, tanto por los que murieron en el frente, cuyos
nombres estaban inscritos en la cruz de los caídos, como por los que mataron en
la represión, de los que se hablaba con cautela. Ya de pequeño mi abuela Cirila
ya me contaba como se habían marchado a esconderse en La Salina cuando decían
que venían los mineros o me relataba los que habían matado en el 36. Posteriormente
a lo largo del último medio siglo he mantenido charlas sobre el asunto con
muchas personas. Desde Ladis Fernández “Patadicas”, hasta Gerardo
Rodríguez “Tronchero”; desde doña Leonarda Fidalgo hasta Josefa
Rodríguez Zamorano, “Pepa la Hachera”, pasando por Mauro Vicente, Juanito
“El Anselmo”, Mari “la de Lucas”, y muchos más.
Ya en el II Congreso de Historia de Zamora en 2003 presenté una
comunicación sobre “Los muertos en Villafáfila a consecuencia de la GuerraCivil 1936-1939. Estudio cuantitativo”.
Hace unos días me facilitó Eduardo Martín González, lo que le agradezco, el sumario
de la causa que instruyeron contra 20 vecinos de Villafáfila en 1936: Signatura
Zamora 00451.004 del Archivo Intermedio Militar del Noroeste. Fondo de Tribunal
Militar Territorial Cuarto.
En esta entrada del blog voy a hacer un resumen del proceso,
que sirva de recordatorio de estas víctimas de la represión, cuyas familias (todavía
viven Nides Manteca y Julián Barrera, sus hijos, y otros sus nietos y sobrinos)
tuvieron que vivir durante muchos años llorándolos en silencio sin consuelo.
Causa instruida contra Ricardo Cuadrado Ferrero y 19
más por el supuesto delito de Rebelión
El Juez Instructor: el Alférez del Regimiento de Infantería
Toledo número 26 D. Luis Prada Casaseca. Otro D. Teodosio Iglesias Hernández.
El Secretario: El Brigada del mismo cuerpo D. Ángel Seisdedos
Martínez. Otro, el soldado Pablo Martínez Díez. Otro, el soldado José Martín
Ramos.
El sumario de Villafáfila deriva de otro anterior que habían
abierto a varios vecinos de Villarrín. “las diligencias instruidas contra Ismael
Cuadrado Barcia y otros por tenencia ilícita de armas de fuego, hállase una orden
de proceder que dice: “Al margen. Comandancia Militar de Zamora.- Número 1433.-
Atestados hechos por la Guardia Civil de Villafáfila ….cuarto.- Carta
declaración de Jóse Martín Linacero y oficio del jefe provincial de la JONS. Al
Centro.- El Comandante Militar de la Comandancia de Benavente en escrito de
fecha 18 de los corrientes me dice los siguiente “A los efectos de justicia
procedentes adjunto tengo el honor de remitir a V.S. los documentos expresados
al margen correspondientes a sesenta y cuatro individuos que fueron detenidos
en Villarrín de Campos y Villaveza del Agua,
los cuales se encuentran en esta Cárcel, excepto seis que se expresan en
el oficio que se acompaña en virtud del cual fueron puestos en libertad lo que
se traslada a V. para que con carácter de Juez Instructor y auxiliado del
Secretario que designe, instruya las diligencias oportunas remitiendo todos cuantos
documentos se expresan al margen acusándome recibo.- Zamora 20 de agosto de
1936. El Tente Coronel Comte Militar.- Hernández.- Rubricado.- Al pie.-Sr.
Alférez Instructor de esta Plaza D. Luis de Prada Casaseca .- Zamora.
La carta y el oficio a que se hace mención están en el
sumario de Villarrín (el mismo archivo, signatura ZAMORA 00449.017), y se trata
de una declaración escrita fechada en 10 de agosto de uno de los detenidos en
Villarrín ese día por la guardia civil de Villafáfila, y de un oficio de Ricardo
Nieto Serrano, jefe provincial Falange Española de las JONS, dirigido al gobernador
de la provincia para que pusiera en libertad a 6 de los que habían sido
detenidos el 3 de agosto.
El sumario oficialmente se empieza a instruir el día 20 de
agosto, sobre la base de un atestado de la Guardia Civil de Villafáfila, doce
días después de detenidos los de Villafáfila (el 8 de agosto) y diecisiete después
de las primeras detenciones practicadas en Villarrín.
Con el sello de la Guardia Civil del puesto de Villafáfila: “Atestado
contra veinte individuos que voluntarios se ofrecieron a la lucha en el frente
marxista”
“D. Ramón Freire Hernando, Sargento de la Guardia Civil
de la Comandancia de Zamora, en la actualidad comandante del puesto de
Villafáfila, por el presente atestado hace constar que en virtud de las órdenes
emanadas de la Junta Nacional para proceder al desarme de los elementos de
izquierdas y descubrir los manejos que preparaban para el asesinato de los
elementos de las derechas, en unión de los guardias segundos de este puesto: Plácido
Rodríguez Romero, Gregorio Modino Vaquero, Cipriano Zapata Pérez, Manuel Pedrero
Rodríguez, José Calvo de la Iglesia y Lisardo Laguna Laguna, procedía a
interrogar a los significados elementos Socialistas y Comunistas de esta
localidad llamados: Ricardo Cuadrado Ferrero, Ángel Caldero Botas, José
Cuadrado Ferrero, José de la Figuera Rodríguez, Cecilio Gallego Cuadrado,
Martín Rodríguez Zamorano, Porfirio Rodríguez Prieto, Gregorio Martínez Cela,
Gregorio Gallego Marcos, Leonides Manteca Alonso, Nicostrato Lorenzo Rodríguez,
Florencio Barrera Colino, Esteban Alonso García, Santiago Fernández Martínez,
Gervasio Barrera Colino, Manuel Martínez de Uña, Tomás Alonso Palacios, Emilio
Miguélez Figuera, Restituto García Torío, Ricardo Lorenzo Figuera, todos
los cuales, excepto Gregorio Gallego que le fue ocupada una pistola que habiendo
estado reseñada en la Intervención de este puesto, la cual en la última
recogida de armas manifestó que la había extraviado, por lo cual se le
considera incluso en el delito de tenencia ilícita de armas, y los demás
manifiestan que a los pocos días de
estallar el movimiento Nacional tan glorioso, un individuo llamado
Vicente Fernández los convocó en el Ayuntamiento para ver los voluntarios que
había para salir para Zamora al objeto que en el Gobierno Civil se les armase
para combatir por la causa marsista donde se les designase a lo que se
prestaron voluntarios todos, y que algunos conocían se había confeccionado una
lista con los nombres de los individuos de significación derechista que habían
de asesinar.
Y para que conste se extiende la presente diligencia que
firman con el que certifica los guardias que me acompañan en Villafáfila a las
doce horas del día 8 de agosto de 1936.
Las armas útiles ocupadas a los individuos antes
relacionados le han sido entregadas a los elementos de significación derechista
y el resto se depositan en el Cuartel de la Guardia Civil.
Los individuos y el atestado instruido al efecto se
entregan en la Cárcel de Benavente a disposición del Señor Comandante Militar
de la Plaza. (Van las 7 firmas de los guardias del cuartel de Villafáfila)
Hasta ahora yo creía que las detenciones se habían producido
el día 10 de agosto. Por testimonios orales junto a los guardias participaron
los falangistas de Villarrín y de Villafáfila. Algunas detenciones se
produjeron en las eras donde trabajaban como obreros agrícolas varios de los
detenidos, otros fueron al ayuntamiento o al cuartel al enterarse que los
estaban buscando y fueron algunos más que los veinte procesados en este sumario.
Al menos no se llevaron a Marcelo Prieto “El Lobo” y a Fortunato Pozuelo. En el
ayuntamiento recibieron palizas a base de golpes y vergajazos casi todos los
detenidos. Por público se sabe la paliza a Gerardo Delás, miembro de la gestora.
Chencho Alonso, el hermano de Blasa me contó la paliza recibida. A Martín “El
Hachero”, según me contó su hermana Pepa esa primera noche que pasó en el
ayuntamiento no le pegaron porque conocía a algunos de los falangistas de
Villarrín y lo dejaron en paz, según le manifestó por la mañana cuando fue a
llevarle unas sopas.
Al día siguiente o a los dos días se los llevaron presos a
la cárcel de Benavente, donde permanecieron varios meses mientras se instruía
el sumario.
El 3 de septiembre el juez instructor nombra secretario al
brigada de infantería del mismo regimiento D. Ángel Seisdedos Martínez.
RATIFICACIÓN DE PARTE Y DECLARACIÓN DE DON RAMON FREIRE
HERNANDEZ
En Zamora a 21 de septiembre, el sargento Ramón Freire
Hernando, comandante del puesto de la Guardia Civil de Villafáfila, se ratifica
en el atestado incluido en el sumario.
El 22 de septiembre en Benavente se toma declaración de los
procesados ante el juez y secretario:
Ricardo Cuadrado Ferrero, “de veinticuatro años,
soltero, jornalero, natural y vecino de Villafáfila, que no sabe leer ni
escribir y no ha estado procesado.
PREGUNTADO por su intervención en el hecho de autos manifiesta:
Que a los pocos días de estallar el movimiento glorioso salvador de la Patria
convocó una reunión en el Ayuntamiento un individuo llamado Vicente Fernández.
Manifiesta el dicente, estrechado a preguntas, que no fue días después de estallar
el movimiento, sino el ismo día en que se declaró el estado de Guerra en Zamora
y a las tres de la tarde; asegurando el declarante que el objeto de la reunión
no era otro sino colocar a los obreros que había sin trabajo.
PREGUNTADO Explique como en ese día y a esa hora precisamente
cuando ya estaba declarado el glorioso movimiento antimarxista y conociéndose ya
en Villafáfila tal movimiento contestó: que aquella misma tarde llamó a los
obreros sin colocación el Vicente Fernández para buscársela en tan repetida
reunión a la cual, asistió el declarante no obstante estar colocado.
PREGUNTADO Si tiene algo más que decir contestó que no,
dándose por terminada esta declaración.
Puso su huella dactilar pues no sabía firmar.
Ángel Caldero Botas “de treinta y ocho años,
soltero, jornalero, natural de Rebellinos de Campos y vecino de Villafáfila,
que sabe leer y escribir y no ha estado nunca procesado.
PREGUNTADO Sobre su intervención en el hecho de autos
manifiesta: Ser afiliado de la U.G.T. Que el día que estalló en Zamora el
movimiento libertador de España acudió a una reunión en la Cas Consistorial que
había sido convocada por un tal Vicente Fernández el cual les habló de la
necesidad de que luchasen contra el Ejército y demás fuerzas libertadoras a
cuyo efecto reclutó voluntarios entre los presentes, negándose el dicente según
afirma a alistarse en tales fuerzas voluntarias negando asimismo haber tomado
parte en la confección de una lista negra de derechistas, ignorando según dice
si tal lista existía, aunque cree que no, porque de existir la hubiera conocido.
José Cuadrado Ferrero, “veintiséis años, soltero,
jornalero, natural y vecino de Villafáfila, que sabe leer y escribir y que no
ha estado procesado.
PREGUNTADO Sobre su filiación política contestó: que
pertenece a la U.G.T.
PREGUNTADO Cuanto se relaciona con el hecho de autos
contestó: Que convocados por Vicente Fernández acudió en unión de otros a una
reunión que se celebró en el Ayuntamiento en la cual habló el Vicente Fernández
de la necesidad de formar en el llamado ejército rojo para luchar por la causa
marxista asegurando el dicente que él advirtió al Vicente Fernández que solo iría
en caso de ser necesario.
PREGUNTADO Qué sabe de la lista de personas de derechas a
las que había que asesinar, contestó que no sabe nada.
José de la Figuera Rodríguez, “hijo de Rafael y
Marcelina de veintitrés años, soltero, jornalero, natural y vecino de
Villafáfila, que sabe leer y escribir y que no ha estado procesado
PREGUNTADO Diga cuánto sepa del hecho de autos manifiesta
que el domingo diecinueve de julio a primera hora de la tarde asistió a una
reunión convocados en el Ayuntamiento por Vicente Fernández en la cual reunión
les habló éste de la necesidad de combatir como voluntarios por la causa
marxista, contestando el dicente que solo iría caso de que lo mandara el
gobierno
PREGUNTADO Qué sabe de una lista de individuos derechistas a
los que había que asesinar contestó: que no sabe nada, ignorando si se hizo o
no.
Cecilio Gallego Cuadrado, “de veintinueve años,
casado, jornalero, natural y vecino de Villafáfila, que sabe leer y escribir y
que no ha estado procesado
PREGUNTADO Sobre su afiliación política manifiesta ser
Secretario de la U.G.T.
PREGUNTADO Diga cuanto sepa relacionado con el hecho de
autos, manifiesta que asistió a la tan citada reunión en la que el Vicente
Fernández les habló de la necesidad de luchar por la causa marxista afirmando
el declarante que él no solo no se prestaba a tal idea, sino que por el
contrario recriminó al Vicente Fernández afirmando que él solo iría a luchar si
lo obligaba la Guardia Civil.
PREGUNTADO Qué opinión le merece el glorioso movimiento
iniciado por el ejército contestó que ninguna
PREGUNTADO Así mismo qué personas figuraban en la lista
de derechistas a los que había que asesinar, contestó que no conoce tal lista,
si bien no puede asegurar que no existiera”
Martín Rodríguez Zamorano, “de veintiún años,
soltero, labrador, que sabe leer y escribir y que no ha estado nunca procesado,
natural y domiciliado en Villafáfila.
PREGUNTADO Sobre su filiación política contestó ser vocal
de la directiva de U.G.T.
PREGUNTADO Diga cuanto sepa del hecho de autos manifiesta
que no asistió a tal reunión, no obstante de haber sido invitado para ello,
creyendo que era para dar trabajo a los obreros que estaban sin él.
PREGUNTADO Qué personas estaban en la llamada lista negra
para asesinarlas por ser de significación derechista contestó no conocer la
existencia de tal lista.
PREGUNTADO Cómo no entregó un revolver cuya marca y
calibre ignora no obstante los bandos dictados al efecto contestó: que porque
en su casa lo tenía por inservible, careciendo de licencia y guía para referida
arma.
Porfirio Rodríguez Prieto, de 44 años, soltero,
natural y vecino de Villafáfila, que sabe leer y escribir y que no ha estado
procesado.
PREGUNTADO por su filiación política manifiesta ser
tesorero de la U.G.T.
PREGUNTADO diga cuanto sepa relacionado con el hecho de
autos manifiesta: que le dijo Vicente Fernández que esperara en el Ayuntamiento
para señalar el local donde era la reunión, ya que tuvo que trasladarse de
habitación, como así hizo el declarante. Sabiendo que el Vicente Fernández anunció
que a causa del Movimiento Glorioso iban a ser llamados por el Gobernador para
tratar de oponerse a él. Niega haber sido voluntario para ir a luchar con las
referidas milicias.
PREGUNTADO Qué personas integraban la lista de
derechistas que pensaban asesinar, CONTESTO: Niega conocer tal lista
Gregorio Martínez Cela “de veinticuatro años,
obrero jornalero, natural y vecino de Villafáfila, que sabe leer y escribir y
no ha estado procesado.
PREGUNTADO sobre su filiación política manifiesta ser Vocal
de la directiva de la U. G. T.
PREGUNTADO diga cuanto sepa relacionado con el hecho de
autos manifiesta que invitados por el Vicente Fernández para luchar al lado del
Gobierno de Madrid diciendo que solo irían si los llamaba el Gobernador,
afirmando Cecilio Gallego que sólo iría conducido por la Guardia Civil.
PREGUNTADO que personas integraban la lista de los que
había que asesinar niega conocer tal lista asó como su existencia.
Gregorio Gallego Marcos “cuarenta y nueve años,
casado, carnicero y salchichero, que sabe leer y escribir y no ha estafo
procesado.
PREGUNTADO por su filiación política manifiesta estar
afiliado a la U.G.T., siendo gestor del Ayuntamiento
a raíz de las elecciones de febrero último.
PREGUNTADO sobre su intervención en el hecho de autos manifiesta que en los últimos días del pasado
agosto [sic] y a requerimiento de la Guardia Civil entregó una pistola cuya
marca y calibre ignora pero parece desprenderse era del 7.65 mm. para cuyo uso
carecía de las oportunas licencia y guía, no habiéndola entregado no obstante
los bandos dictados al efecto, no
habiéndola entregado antes por temor, a pesar de haber oído el bando.
Leonides Manteca Alonso “de veintiocho, casado,
obrero del campo, natural y vecino de Villafáfila que sabe leer y escribir y
que no ha estado procesado.
PREGUNTADO Sobre su filiación política dijo que era
vicepresidente de la U.G.T.
PREGUNTADO Diga cuanto sepa relacionado con el hecho de
autos manifiesta que enterado por Vicente Fernández de un modo particular
después de haber informado a la reunión de la organización de unas milicias
para defender al llamado gobierno de Madrid, manifestole el dicente que solo
iría caso de ser llamado por el Gobernador, del frente popular.
…ignora si esa lista existía
Nicóstrato Lorenzo Rodríguez de dieciocho años,
hijo de José e Irene, natural de Pola de Gordón (Asturias), soltero, jornalero,
que sabe leer y escribir y que no ha estado procesado… afiliado a la U.G.T….cuando
estalló el movimiento nacional Vicente Fernández convocó a los obreros de la U.G.T.
haciéndoles ver que había que ponerse al lado del gobierno si este los llamaba,
diciéndole los convocados que irían cuando el gobierno los llamase”
Florencio Barrera Colino 28, casado, jornalero, natural
y vecino, sabe leer y escribir … afiliado de la U.G.T. … fueron convocados
todos los socios de la U.G.T. por Vicente Fernández a una reunión, habiendo oído
el declarante que en dicha reunión dicho individuo había dicho que había que
ponerse al lado del gobierno en caso de ser llamados, contestando los convocados
que solo irían cuando los reclamasen”
Esteban Alonso García 35, soltero, labrador,
natural y vecino de Villafáfila, sabe leer y escribir, no ha estado nunca procesado…ser
vocal del la U.G.T. Que no asistió a la reunión convocada por el tan repetido
Vicente Fernández, ya que el día diez y nueve de julio último se hallaba
ausente del pueblo”
Santiago Fernández Martínez, 20 años, soltero
jornalero, natural, sabe leer y escribir, nunca procesado. … Ser vocal de la
U.G.T. asistió a la reunión convocada por Vicente Fernández después de estallar
el movimiento nacional, diciéndoles este que cuando les reclamase el Gobierno
tendrían que ponerse a su lado a lo que contestaron afirmativamente los
convocados”
Gervasio Barrera Colino, 23 años, soltero,
carpintero, natural, sabe y nunca procesado…No estar afiliado a partido
político ninguno, negando haya asistido a tan repetida reunión convocada por
Vicente Fernández. Se le ocupó un revólver”
Manuel Martínez de Uña, 22 años, soltero, peón de
albañil, natural, sabe, nunca, miembro de la U.G.T. no asistió
Tomás Alonso Palacios, 21, soltero, sastre, natural,
sabe, nunca … afiliado a la U.G.T. asistió saliendo al poco tiempo, supo por Vicente
Fernández que se había hablado de ponerse al lado del Gobernador de Zamora
Emilio Miguélez de la Figuera, 28, soltero, jornalero,
sabe, no procesado, … vocal de la U.G.T. asistió a una reunión que se celebró
el 19 de julio en la que además de tratar de colocar a los obreros parados, se
habló y acordó ponerse al lado del Gobernador e ir en contra del movimiento por
tanto en el momento que este los llamara
Restituto García Torío, 27, soltero, natural,
jornalero, nunca…que no está afiliado a partido político alguno, y que asistió
a una reunión convocada por Vicente Fernández en el Ayuntamiento, creyendo que
era para dar trabajo a los obreros que estuvieran sin él, y que en la citada
reunión el referido Vicente manifestó la necesidad que había de que se ofreciesen
voluntarios para ir en contra del movimiento nacional y al oír esto el
declarante abandonó la reunión según manifiesta pues solo había ido con objeto
de que le dieran trabajo
Ricardo Lorenzo de la Figuera, 40 años, casado,
jornalero, sabe, natural y nunca…pertenecer a la U.G.T. de cuya directiva era
contador… a primera hora de la tarde de mencionado día (19) fueron convocados a
una reunión en el Ayuntamiento por Vicente Fernández, el cual les hizo ver, que
habiendo estallado el movimiento militar era necesario que se ofrecieran
voluntarios para ir contra el mismo y que irían a armarse en Zamora, a lo que
el declarante contestó que solo iría a la fuerza
26 de septiembre nombramiento de nuevo secretario, el
brigada del Regimiento Toledo D. Antonio Díaz Marcelo.
El 8 de octubre se nombra nuevo secretario al soldado de
infantería Pablo Martínez Díez.
Ese mismo día da por recibida la comunicación del comandante
del puesto de la Guardia Civil de Villafáfila con certificación de conducta y
estado de las armas de los detenidos en esta causa. Fue una de las pruebas,
quizá la de más influencia, en la que fundamentan la condena en el Consejo de
Guerra.
Tengo el honor de participar a V. en virtud de su escrito
de fecha…interesando la conducta observada y peligrosidad de los procesados
vecinos de Villaveza y Villafáfila que
al dorso detallo y su conducta respecto al movimiento Nacional. El 7 de octubre
Nombre Conducta
y peligrosidad
Ricardo Lorenzo Lorenzo [sic] Elemento destacado, peligrosísimo
propagandista de ideas anarquistas y comunistas, estaba enrolado en los
voluntarios para presentarse en Zamora para ir al frente rojo
Ricardo Cuadrado Ferrero socialista
destacado peligroso enrolado como el anterior al frente
Ángel Caldero Botas ídem destacado indeseable
poco trabajador enrolado como voluntario al frente rojo
José Cuadrado Ferrero socialista enrolado
como los anteriores para ir al frente rojo
José de la Figuera muy destacado comunista
de acción y como los anteriores voluntario al frente rojo
Cecilio Gallego Cuadrado Muy destacado comunista y como los anteriores, voluntario
para ir al frente rojo
Martín Rodríguez Zamorano Muy destacado
comunista y como los anteriores, voluntario para ir al frente rojo. Se le ocupó
un revólver velodog útil
Porfirio Rodríguez Prieto Muy destacado
comunista y como el anterior voluntario al frente rojo
Gregorio Gallego Marcos Destacado de
Izquierda Gestor del Ayuntamiento muy significado en sus propagandas, se le
ocupó una pistola automática útil.
Gregorio Martínez Cela destacado elemento peligroso
voluntario para ir al frente rojo
Leonides Manteca Alonso Muy destacado
comunista peligrosísimo y voluntario para ir al frente rojo
Nicóstrato Lorenzo Rodríguez muy destacado
comunista voluntario para el frente rojo
Florencio Barrera Colino Elemento peligroso
comunista voluntario para ir al frente rojo.
Esteban Alonso García elemento destacado
comunista voluntario para el frente rojo
Santiago Fernández Martínez elemento destacado comunista voluntario para
el frente rojo
Gervasio Barrera Colino Muy destacado
comunista voluntario para el frete rojo, se le ocupó un revólver útil
Manuel Martínez de Uña Muy peligrosísimo comunista de
acción, voluntario para el frente rojo
Tomás Alonso Palacios Muy peligroso comunista voluntario
para el frente rojo
Emilio Miguélez Figuera Peligrosísimo
comunista y propagandista voluntario para el frete rojo
Restituto García Colino Muy destacado
comunista voluntario para el frente rojo
AUTO DE PROCESAMIENTO
Y PRISIÓN
En Benavente a 10 de octubre de 1936
RESULTANDO Que según se deduce de los atestados de la
Guardia Civil en concordancia con las declaraciones prestadas por los individuos
anotados al margen ante este juzgado, el 19 de julio último, en su tarde y
declarado como estaba ya el estado de guerra, estando todos enterados de que
había estallado un movimiento militar, celebraron una reunión en el
Ayuntamiento de Villafáfila, ofreciéndose todos ellos ponerse al lado del
llamado Gobierno de Madrid y en contra por tanto del movimiento españolista.
Asimismo, acordaron que irían a por armas a Zamora para de esta manera poder
oponerse al movimiento salvador
RESULTANDO que a Martín Rodríguez Zamorano le fue ocupado
un revólver que no entregó no obstante los bandos dictados al efecto
RESULTANDO que a Gregorio Gallego Marcos así mismo le fue
ocupada en los últimos días del mes de agosto una pistola
RESULTANDO que a Gervasio Barrera Colino le fue ocupado
un revólver después de haber transcurrido el plazo para la recogida de las
armas. Útiles todas según obra al folio 14 vuelto
CONSIDERANDO que los hechos anteriormente considerados
constituyen los delitos previstos en el artículo 237 del Código de Justicia
Militar y penado en el 238, siendo responsables del mismo. Constituyen además
los hechos en que han tomado parte Martín Rodríguez Zamorano, Gregorio Gallego
Marcos y Gervasio Barrera Colino el delito previsto en el artículo 6º apartado
B del Bando de la Junta de Defensa Nacional de España de fecha 28 de julio
último, en relación con el artículo 1º de la Ley de 22 de Noviembre de 1934.
Todos ellos en concepto de autores por su participación directa y voluntaria en
la realización de los hechos y arrojando todo ello en su contra indicios
racionales de criminalidad procede declararlos procesados de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 421 de Código de Justicia Militar en relación con el
384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El juez los declara procesados, les recibirá declaración indagatoria,
acordando la prisión incondicional y dando parte a la superioridad.
El mismo día a las 17 horas de la tarde se le notifica en
Benavente a diez de octubre de mil novecientos treinta y seis. Siendo las diez
y siete horas del día de la fecha me constituí yo el secretario en la cárcel
del partido y teniendo a mi presencia a los procesados anotados al margen le
notifico en lectura integra el auto que antecede, enterándoles del derecho que
les asiste a pedir su reforma por sí o por medio de su defensor y a nombrar
dicho defensor que les asesore y dirija en esta causa
El 9 de octubre el instructor dispuso elevar a causa este
procedimiento, y la traslada a Valladolid para su supervisión por la Auditoría
de Guerra:
Dese cuenta de este
acuerdo al Sr. Auditor de Guerra de la 7ª División y al Sr. Fiscal Jurídico
Militar de la misma, interesando del primero el oportuno número de registro.
De quedar enterados firman todos excepto Ricardo Cuadrado
Ferrero que dice no sabe, e imprime sus huellas dactilares junto a mi firma y
yo el Secretario doy fe.
Firmas.
Acto seguido figuran con la misma fecha las Declaraciones
Indagatorias de todos los procesados ante el juez. Todas son idénticas:
-Saben su procesamiento por habérseles comunicado el auto.
-Se afirman y ratifican en la declaración presentada
-Que no tienen nada más que decir
La descripción física que se hace de cada uno de ellos, la transcribo
al carecer de foto con la que ponerles rostro:
Ricardo Lorenzo
Figuera estatura de 1.570, color pálido, pelo y cejas castaños, nariz recta
y afilada, boca regular, ojos castaños.
Ricardo Cuadrado Ferrero estatura de 1.580,
color sonrosado, pelo y cejas negros, nariz corta y boca pequeña, ojos negros.
Ángel Caldero Botas estatura de 1581, color
moreno, pelo y cejas negros, barba muy cerrada, ojos pardos, nariz larga y boca
regular.
José Cuadrado Ferrero estatura 1.545, color
moreno, barba poblada, pelo y cejas negros, ojos pardos, nariz ancha, boca regular
José de la Figuera Rodríguez estatura de 1.571,
color pálido, pelo y cejas castaños, nariz regular y boca regular.
Cecilio Gallego Cuadrado estatura de 1600,
color moreno, pelo y cejas negros, ojos negros, nariz y boca regular.
Martín Rodríguez Zamorano estatura de 1640,
color sonrosado, pelo y cejas castaños, ojos negros, ojos negros, nariz larga y
boca regular
Porfirio Rodríguez Prieto estatura 1560,
color moreno, pelo y cejas negros, boca grande y nariz pequeña
Gregorio Gallego Marcos estatura 1.640,
color moreno, pelo y cejas negros, ojos negros, barba poblada, nariz y boca
regular. Aclara que entregó el arma en 1 de agosto.
Gregorio Martínez Cela estatura de 1.600,
color moreno, pelo y cejas castaños, ojos claros, nariz ancha y boca regular.
Nicóstrato Lorenzo Rodríguez, estatura de 1.600,
color sonrosado, pelo y cejas rubios, ojos claros, nariz corta y boca regular.
Florencio Barrera Colino estatura de 1.616,
color moreno, pelo y cejas negros, ojos castaños, nariz y boca regular.
Leonides Manteca Alonso estatura de 1.616, color
sonrosado, pelo y cejas castaños, ojos claros, nariz corta y boca regular
Manuel Martínez de Uña estatura de 1,520, pelo
y cejas negros, y boca regular, nariz recta
Tomás Alonso Palacios estatura 1,673, pelo
y cejas castaños, boca pequeña, nariz recta.
Emilio Miguélez Figuera estatura 1,545,
pelo y cejas negras, nariz larga y boca pequeña
Restituto García Torío estatura de 1.680,
pelo y cejas negras, aquel ondulado, cara alargada.
Esteban Alonso García estatura 1.570, color
rubio, pelo y cejas rubios, ojos azules, nariz afilada, boca pequeña.
Santiago Fernández Martínez, estatura de
1560, color sonrosado, pelo y cejas negros, nariz recta y boca regular.
Gervasio Barrera Colino, estatura de 1565,
color sonrosado, pelo y cejas castaños, ojos grandes y pardos, nariz larga y
boca pequeña.
Oficio de 11 de octubre de la Auditoría de Guerra de la 7ª
División, asignando el nº 852 de 1936 a las actuaciones. Firma José Requejo
Acuse de recibo de 10 de octubre del Fiscal Jefe, de la comunicación
en la que el juez instructor le da cuenta de elevar a procesamiento las
actuaciones. Firma Félix Ochoa.
El 25 de septiembre el Juez Municipal de Villafáfila,
Gabriel Trabadillo había remitido las certificaciones de nacimiento, antecedentes
penales e informes de conducta que le habían sido solicitados, excepto el de
ángel Caldero que había nacido en Revellinos. Recordemos que Gabriel
Trabadillo, miembro de una familia de raigambre liberal, muy relacionada con
José María Cid durante la II República, fue detenido y puesto en el calabozo
durante los días 15 y 16 de agosto del 36 por protestar por la detención y
paliza de su cuñado Gerardo Delás. La familia tuvo que recurrir a contactos
influyentes, como Carlos Pinilla para que lo soltaran.
Las partidas de nacimiento las firma el juez municipal, los
antecedentes penales (de los que carecen todas excepto Emilio Miguélez de la
Figuera condenado por tenencia de armas en 1933) los certifica el secretario
del juzgado, Simón Gómez Zamorano, y los informes de conducta el alcalde
Florencio Rodríguez Gutiérrez “Patuña”. Estos informes “de mala conducta” son
casi idénticos y también fueron tenidos en cuenta en la sentencia condenatoria
como prueba. Todos son desfavorables, en contraste con los que simultáneamente
emitía el alcalde de Villarrín de sus vecinos procesados que son favorables.
Don Florencio
Rodríguez Gutiérrez, Alcalde – Presidente de este Ayuntamiento de Villafáfila.
Certifico: Que el vecino de esta villa D. Florencio
Barrera Colino, de 28 años de edad, durante su residencia en la misma hasta
el día 8 de agosto próximo pasado, observó una conducta moral bastante
deficiente y políticamente indeseable, habiéndose distinguido como dirigente de
las masas del frente popular
Esteban Alonso García de 35 años de edad durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, habiéndose
distinguido como dirigente de las masas del frente popular y en la Comisión
Gestora de esta villa de la cual formó parte
Santiago Fernández Martínez de 20 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, pues así lo
demostró acompañando en varios actos acompañado de los individuos del frente
popular
Gervasio Barrera Colino de 23 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, habiéndose
distinguido como dirigente del frente popular de esta
Ricardo Cuadrado Ferrero de 24 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, pues así lo
demostraba en las manifestaciones del frente popular de esta
Ángel Caldero Botas de 38 años durante su
residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, y se exhibía en
las manifestaciones públicas con el frente popular de esta
José Cuadrado Ferrero de 26 años durante su
residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, distinguiéndose
en las manifestaciones públicas que celebraban los del frente popular
José de la Figuera Rodríguez de 23 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, siendo uno de
los que más se distinguía en las manifestaciones públicas que celebraba el frente
popular de esta
Cecilio Gallego Cuadrado de 27 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, acompañando a
todos los actos que públicamente celebraron los del frente popular de esta
Martín Rodríguez Zamorano de 21 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, siendo uno de
los dirigentes más distinguidos en todos los actos públicos que celebraron los
marxistas en esta
Porfirio Rodríguez Prieto de 44 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, acompañando en
todos los actos que públicamente celebraron los marxistas en esta
Gregorio Martínez Cela de 24 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, siendo uno de
los dirigentes que más se distinguieron en los actos públicos que celebraron
los elementos del frente popular en esta villa
Gregorio Gallego Marcos de 49 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, pues así lo
manifestaba en todos los actos públicos que celebraron los del frente popular y
fue uno de los miembros de la comisión gestora de esta villa
Leonides Manteca Alonso de 28 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, siendo uno de
los dirigentes más distinguidos en los extremistas del frente popular hasta el
extremo que en el actual movimiento decía públicamente que si triunfaran ellos
se vendería en este pueblo la carne humana a precios ínfimos
Manuel Martínez de Uña de 22 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, siendo uno de
los más distinguidos en las manifestaciones públicas que celebraban los
elementos del frente popular de esta
Tomás Alonso Palacios, de 21 años, durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, exhibiéndose en
las manifestaciones públicas que celebraron los elementos del frente popular en
esta
Emilio Miguélez de la Figuera, de 28 años, durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, siendo uno de
los principales dirigentes y arengador de las masas marxista de esta y así lo
propagaba públicamente, siendo gestor de este Ayuntamiento. Es del único que
refieren antecedentes penales, así lo certifica el secretario del juzgado,
Simón Gómez Zamorano: “fue condenado por sentencia en la Audiencia Provincial
de Zamora en fecha de veintiocho de septiembre de mil novecientos treinta y
tres, recaída en la causa seguida contra el mismo por el Juzgado de Instrucción
de Villalpando con el número 39 de 1933 por tenencia ilícita de arma de fuego a
la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor”
Restituto García Torío de 27 años, durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta moral bastante deficiente y políticamente indeseable, acompañando a
los actos públicos que en esta celebraban los marxistas
Ricardo Lorenzo de la Figuera de 40 años durante
su residencia en la misma hasta el día 8 de agosto próximo pasado, observó una
conducta indeseable tanto moral como política haciendo alarde públicamente de
su ateísmo y uno de los marxistas más destacados de ésta
El 27 de octubre el instructor hace entrega de la causa al
Gobernador Militar para su curso a la autoridad judicial.
El 29 de octubre el auditor de Valladolid acuerda dar el
carácter de sumarísimo al procedimiento y elevar la causa a plenario contra los
20 acusados, que seguirán en prisión preventiva. Pasa los autos al fiscal, y
autoriza la vista en Consejo de Guerra en Zamora con asistencia como vocal del
teniente don Manuel Pascual y Espinosa.
En las conclusiones provisionales del Fiscal auditor dice
que los acusados:
“destacados
extremistas de significación marxista, al tener conocimiento del Movimiento
Nacional, y declaración del Estado de Guerra, se reunieron la tarde del 19 de
julio en el Ayuntamiento, acordando su incondicional adhesión al gobierno marxista
de Madrid, y buscar armas en Zamora, para luchar contra las fuerzas salvadoras
de España”, y en los tres que tenían armas sin licencia ni guía.
Los acusa de dos
delitos uno de adhesión a la rebelión todos los procesados y otro de rebelión
militar Martín, Gregorio y Gervasio. Pide cadena perpetua para todos.
El 10 de noviembre el Auditor de Guerra de Valladolid
devuelve la causa al juez militar de Zamora D. Luis de Prada para su vista en
Consejo de Guerra. Pero éste había sido destinado al frente de guerra, donde
murió en Robledo de Chavela en febrero siguiente. Por lo que el 11 de noviembre
se hace cargo de la causa el teniente D. Teodosio Iglesias Hernández, que
recibe los autos y manda que trasladen a los acusados desde la prisión de
Benavente a la de Zamora.
El 13 de noviembre se constituye el juzgado en la cárcel provincial
de Zamora ante los 19 acusados pues no está José de la Figuera Rodríguez para
comunicarles que “habiendo de celebrarse Consejo de Guerra en la causa que
se le instruye por el delito de Rebelión y debiendo nombrar defensor dijo que
deseaba le defendiesen Don Ángel Yéboles Fernández”. Aunque firman en
prueba de conformidad, ellos no eligieron defensor, si no que es el que le
imponen, que es el mismo que actúa en otros Consejos de Guerra. El defensor
acepta ese día para representarlos ante el Consejo de Guerra el día siguiente.
Ese mismo día se une a la causa un oficio del Gobernador
Civil de la Provincia:
“Dispuesta la
conducción desde la cárcel de Benavente a esta provincial, de los individuos a
los que se refería su oficio del día 11 del actual, le manifiesto que no ha
podido verificarse la de José de la Figuera Rodríguez, Ismael Cuadrado Barcia, Eliseo
Alonso Alonso, Domingo Justo Pozuelo, Quintiliano García Bodego, Tomás Vega
Rodríguez, Gregorio Ferreras Flórez, Ángel Cuadrado Barcia, Antonio Vega
Rodríguez, Victoriano Ferreras Parra, porque con motivo de un traslado de
cárcel efectuado con anterioridad por exigirlo las necesidades del servicio, pretendieron
huir, obligando a la fuerza que los conducían a tratar de impedirlo mediante
las armas, de cuyo accidente resultaron muertos”.
Era un procedimiento habitual, la saca de detenidos en la
cárcel con la disculpa de diligencias o traslado, y su ejecución irregular a
manos de individuos de las milicias falangistas o requetés. No nos consta el
criterio o quien tomaba la decisión y selección de los infortunados, en este
caso junto a José de la Figuera, de otros nueve vecinos de Villarrín,
procesados en otro sumario. La decisión solía ser gubernativa, instigada por
los asesores falangistas del gobernador.
Ese mismo día en la cárcel hacen la lectura de cargos a los
acusados, contestando todos que no presentaban ningún incidente de nulidad, que
no se conformaban con los cargos del fiscal, que no tenían que enmendar o
ampliar sus declaraciones, y su defensa renuncia a la práctica de nuevas
diligencias o pruebas.
Los escritos estaban preparados de antemano, porque sigue
figurando entre los acusados José de la Figuera, al que ponen entre paréntesis
y añadiendo la coletilla No vale.
Y es en ese momento, la víspera del Consejo de Guerra, es cuando
hacen entrega de la causa al defensor para su estudio.
En la Orden de Plaza del día 13 de noviembre figura la
constitución de varios Consejos de Guerra el día 14, el que juzgaría a los de
Villafáfila lo fija a las 10.30. Una hora antes, a las nueve y media se había
fijado el que juzgaba a varios de los detenidos en Villarrín el día 3 de
agosto, pues a otros ya los habían matado irregularmente en la cárcel de
Benavente. Lo que nos da una idea del desarrollo de estos juicios. En una hora
se veían en sala, declaraban los acusados, el fiscal y el defensor hacían sus conclusiones
y se dictaba la sentencia.
El tribunal que juzgó a los de Villafáfila estuvo formado
por el teniente coronel de Infantería D. Miguel Sanz de la Garza, como
presidente, como vocal Ponente el teniente Auditor de segunda D. Manuel Pascual
Espinosa, y los capitanes D. Juan Rodríguez Guillén, D. Isidro Seisdedos Ramos,
D. Agustín Martín Rodríguez, D. Luis García Calvo y D. Amós González Llanos
como vocales y como suplente el capitán D. Juan Seisdedos Ramos.
El Consejo de Guerra se reunió en la Sala de Justicia de la
Audiencia Provincial. El fiscal pidió 30 años por un delito de Rebelión contra
Martín, Gregorio y Gervasio, y otros 30 años por un delito de Adhesión a la Rebelión
contra los 19. La defensa pide para todos veinte años.
Preguntados los acusados durante el juicio si tienen algo
que alegar, Martín Rodríguez y los hermanos Ricardo y José Cuadrado dicen que
nada. Ángel Caldero, Cecilio Gallego, Leonides Manteca, Nicóstrato Lorenzo,
Gervasio Barrera Florencio Barrera y Santiago Fernández: que son inciertas las imputaciones
que los informes de conducta que por la Guardia Civil y el señor Alcalde se le hacen.
Porfirio Rodríguez: que era tesorero de la U.G.T. y que no presenció la reunión.
Gregorio Martínez: que asistió pero no acordaron venir a Zamora a por armas.
Gregorio Gallego que no sabe nada de la reunión. Esteban Alonso, no asistió a
la reunión porque el 18 estaba en Astorga, ni sabe que se celebrara. Manuel
Martínez no asistió a la reunión. Tomás Alonso que son inciertos los informes de
la Guardia Civil y el Alcalde y que asistió a la reunión por ser obrero parado.
Emilio Miguélez lo mismo que el anterior, asistió a la reunión y no se trató
más que de trabajo, Restituto García lo mismo, y Ricardo Lorenzo lo mismo y que
es tesorero de la U.G.T.
Preguntados si conocían a Vicente uno contestó que sí,
que era un vecino del pueblo.
Después de “deliberar”
emitieron su sentencia:
“RESULTANDO: Que el día 8 de agosto último fueron
detenidos en el pueblo de Villafáfila (Zamora) por el Comandante del Puesto de
la Guardia Civil todos los procesados en esta causa, porque a instigaciones de
un tal Vicente Fernández, contra el que no se ha seguido procedimiento,
celebraron una reunión en dicho pueblo en la tarde del diecinueve de Julio
último, a sea con posterioridad a la proclamación del Estado de Guerra en el
territorio de esta División, en la que el citado individuo pretendió
convencerles de que constituyeran una guardia “roja” que marchase a Zamora por
orden del Gobernador Civil de la
Provincia, donde se les facilitaría armas para oponerse al Glorioso Movimiento
Nacional.
RESULTANDO: Que de las diligencias practicadas se deduce
que todos los procesados son destacados comunistas, varios de ellos miembros de
la comisión Gestora municipal, afiliados a entidades socialistas y conducta
moralmente indeseable.
RESULTANDO: Que los procesados Martín Rodríguez Zamorano,
Gregorio Gallego Marcos y Gervasio Barrera Colino disponían de armas de fuego
sin la debida licencia para su uso y que no entregaron a la autoridad después
de haber publicado el Bando de 28 de julio último, cuyas armas les fueron
ocupadas por la Guardia Civil.
RESULTANDO: Que al folio ciento siete consta un
testimonio acreditativo de que José de la Figuera Rodríguez, al ser trasladado
de la cárcel de Benavente, donde se encontraba, por necesidades del servicio,
intentó huir, viéndose precisada la fuerza de conducción a hacer uso de las
armas, resultando muerto.
Hechos
probados
CONSIDERANDO: Que la reunión habida en el pueblo de
Villafáfila, después de declarado el estado de guerra, por la índole y objeto
de la misma demuestra un acto de verdadera adhesión a la rebelión militar en el
que participaron todos los procesados, pues no obstante las declaraciones de
algunos de ellos, de que no asistieron a la misma y de que se trató en ella
únicamente de dar trabajo a los obreros parados, compensadas estas afirmaciones
con la prueba sumarial y los destacados antecedentes comunistas de todos ellos,
entiende el Consejo que debe apreciarse la existencia de adhesión a la rebelión
imputable por igual a todos ellos.
CONSIDERANDO: Que los informes de conducta como así los
de la Guardia Civil que figuran en los autos en relación con todos los
procesados demuestran su peligrosidad a los efectos de agravación de la pena.
CONSIDERANDO: Que la tenencia de armas sin licencia con
posterioridad a la declaración del Estado de Guerra debe igualmente reputarse
como un delito de adhesión a la rebelión, imputable a aquellos procesados que
no las entregaron oportunamente.
CONSIDERANDO: Que es de lamentar no se haya dirigido el
procesamiento contra Vicente Fernández por su destacada participación como
dirigente de los sucesos ocurridos en el pueblo de Villafáfila.
CONSIDERANDO: Que no se sigue pronunciamiento contra el
procesado José de la Figuera Rodríguez por haber fallecido, si bien deberá unirse
a las actuaciones el correspondiente certificado expedido por el Juzgado
Municipal.
CONSIDERANDO: Que el hecho de autos es constitutivo de un
delito de rebelión militar en su modalidad de adhesión definido en el artículo
237 y penado en el número 2º del 238 del Código de Justicia Militar, en
relación con el bando de declaración del Estado de Guerra en el territorio de
esta División y con arreglo al apartado B. del Bando de 28 de Julio último,
artículo 6º que confirmó el anterior.
CONSIDERANDO: Que del deliro definido anteriormente son
responsables en concepto de autores con participación directa y voluntaria los
procesados…, siendo de apreciar su peligrosidad y antecedentes de conducta.
Vistos los artículos citados y los de general aplicación
FALLAMOS: Que debemos condenar y condenamos a cada uno de
los procesados () a la pena de treinta años de reclusión mayor con las
accesorias de interdicción civil durante la condena e inhabilitación absoluta,
sirviéndoles de abono la prisión preventiva sufrida, debiendo ser inutilizadas
las armas que les fueron ocupadas, y no haciendo pronunciamiento de
responsabilidad civil, sin perjuicio de ulterior resolución.
Así por nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y
firmamos”
En definitiva, el cargo es la asistencia a la reunión del 19
de julio por la tarde, a la que algunos de los procesados no acudieron, pero
los condenan igualmente en base a los informes del alcalde y del sargento de la
Guardia Civil. Insisten en que se debía haber abierto un procedimiento contra
Vicente Fernández (aunque ya estaba muerto desde el 12 de agosto, cuando se
pegó un tiro en la Jana, para evitar caer en manos de una partida de
falangistas que salieron en su captura).
Se les notifica la sentencia ese mismo día “enterándoles
que no será firme hasta que no sea aprobada por la superioridad y de que pueden
entablar recurso”
También se le notifica al Juez municipal de Benavente
interesándole certificación de la defunción de José de la Figuera Rodríguez. En
el certificado figura que sucedió el día 6 de noviembre “a consecuencia de choque
con la fuerza pública”.
El 17 de noviembre se traslada la causa a la Auditoría de
Guerra de la 7ª División, en Valladolid para su aprobación si lo merece.
El 19 de noviembre, el auditor José Requejo aprueba la
sentencia consultada y la somete al Exmo. Sr General de la División para que
preste su aprobación o interponga el recurso que crea procedente.
El 13 de diciembre el general aprueba la sentencia y la
devuelve al Auditor, que la declara firme el día 15 de diciembre, y remite los
autos a Zamora, al instructor, “para su ejecución, notificación y liquidación
de condena”.
En el ínterin entre la sentencia y su ejecución, alguna de
las mujeres de los condenados, ante la posibilidad de no volver a ver a sus
maridos, estuvieron haciendo gestiones ante las personas con supuesta
influencia en el pueblo para que trataran de evitar lo peor, pero fueron
infructuosas. Algunas de las mujeres fueron con sus hijos pequeños a despedirse
a la cárcel.
En el ánimo de todos parecía estar el trágico final al que
los habían destinado, a pesar de que la condena era a 30 años.
El Instructor da por recibida la causa el día 27 de
diciembre, y manda se les notifique a los procesados:
“En el mismo día,
yo el secretario, me constituí en la Cárcel Provincial, acompañado del Sr Juez,
para llevar a efecto lo ordenado en el proveído que antecede, no pudiendo
verificarse por no encontrarse los condenados en el referido establecimiento”
Lo peor había sucedido. Los detenidos, antes de notificarles
la sentencia firme, fueron víctimas de unas sacas de la cárcel y de una injusta
ejecución irregular, se supone que en las inmediaciones del cementerio de
Zamora. Las órdenes tuvieron que venir del Gobierno Militar, aunque no consta
en los archivos, ni quienes las ejecutaron, aunque el procedimiento tuvo que
ser similar al que figura en el sumario de Villarrín la ejecución de Ramón Vega
Rodríguez, condenado a pena de muerte en otro Consejo de Guerra celebrado el día
13, el día antes que el de los de Villafáfila.
Según la Orden de Plaza del 21 de diciembre el Coronel
Hernández, Gobernador Militar de Zamora fija para el día siguiente la ejecución
de Ramón Vega “se dará cumplimiento al fallo en las proximidades del
Cementerio. Para dicho acto se nombrará un piquete de cinco hombres de Falange,
cinco del Requeté, y cinco del Regimiento de Infantería Toledo nº 26”. La
Guardia Civil se hacía cargo del traslado desde la cárcel al cementerio, y
asistiría al acto un alférez médico de complemento, en este caso Dídimo
Temprano Martínez, que certificó la defunción por “Schok Traumático”.
El 28 de diciembre “su señoría acordó pasar atento oficio
al Exmo. Sr. Gobernador Civil de esta provincia, para que indicase a este
Juzgado el paradero de los condenados, por no encontrase al ir a hacer la notificación
de la confirmación de sentencia en la prisión de esta capital donde se hallaban
detenidos”
El 30 de diciembre contesta el gobernador “Consecuente a su oficio de 28 del actual, comunico a V, que
los reclusos que se hallaban en la Prisión de esta Capital y que a continuación
le indico, fallecieron el día 21 del corriente al ser conducidos de la
cárcel para practicar unas diligencias. Ricardo Cuadrado Ferrero, Ángel
Caldero Botas, José Cuadrado Ferrero, Cecilio Gallego Cuadrado y Martín
Rodríguez Zamorano” Firma el Teniente Coronel Gobernador Civil Hernández.
Consecuente a su oficio de 28 del actual, comunico a V, que
los reclusos que se hallaban en la Prisión de esta Capital y que a continuación
le indico, fallecieron el día 22 del corriente al ser conducidos de la
cárcel para practicar unas diligencias. Porfirio Rodríguez Prieto, Gregorio
Martínez Cela, Gregorio Gallego Marcos, Leonides Manteca Alonso, Nicóstrato
Lorenzo Rodríguez y Florencio Barrera Colino”
Consecuente a su oficio de 28 del actual, comunico a V, que
los reclusos que se hallaban en la Prisión de esta Capital y que a continuación
le indico, fallecieron el día 22 del actual al ser conducidos de la
cárcel para practicar unas diligencias. Esteban Alonso García, Santiago Fernández
Martínez, Gervasio Barrera Colino, Manuel Martínez de Uña y Tomás Alonso
Palacios”.
Consecuente a su oficio de 28 del actual, comunico a V, que
los reclusos que se hallaban en la Prisión de esta Capital y que a continuación
le indico, fallecieron el día 23 del actual al ser conducidos de la
cárcel para practicar unas diligencias. Emilio Miguélez Figueras, Restituto
García Colino y Ricardo Lorenzo Figueras”.
El día 7 de enero responde el Juez municipal y encargado del
Registro Civil, Agustín Pérez Piorno, al requerimiento que le había hecho el
juez el 30 de diciembre para que le enviara los certificados de defunción. Solo
consta la filiación, estado civil, y la fecha, figurando en blanco la hora de
la defunción y la causa.
El 12 de enero remiten a la Auditoría de Guerra las
certificaciones
El 3 de febrero declara que se comunique al Fiscal Jurídico
Militar de la 7ª División a efectos de la estadística y se archive la causa en
el Gobierno Militar de Zamora
Todavía el 14 de agosto del 37 el Auditor de Valladolid
remite un oficio para que “se dé curso de un testimonio de la sentencia al
Exmo. Sr, Gobernador Civil y Presidente de la Comisión Provincial de
Incautación de Bienes”. Se recibe en la citada comisión el 10 de noviembre,
y no he podido constatar cómo afectó a los escasos bienes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Siempre son de agradecer los comentarios, críticas y aportaciones para mejorar el blog