jueves, 8 de septiembre de 2016

Cofradía de las Ánimas


Cuadro de la Ánimas, de Villafáfila


Siguiendo con la relación de las cofradías de Villafáfila, hay trato de la Cofradía de la Ánimas que todavía se mantiene en activo en la parroquia.

Fundada desde antiguo en la iglesia parroquial de San Juan se conservan dos libros de la misma (Archivo Diocesano de Zamora.Sección Parroquiales, parroquia 113.3 libros 9 y 10) , La imágenes corresponden l libro 9  pags: 1r. y 17r, y al libro 10  pags.: 14 r, 16r, 25 v, y una sin foliar.


El primero se remonta a 1672. En las dotaciones del cabildo escritas a finales del siglo XVI o principios del XVII se anota “el domingo primero después de los sanctos haçe la cofradía de la ánimas en San Juan offiçio de difuntos por las ánimas del purgatorio como se hacen los cabos de año que se hacen de cabildo y paga quinientos mrs el mayordomo de la cofradía … y la proçesión la haçe el cabildo”, por lo que posiblemente existiera anteriormente sin regla.
El primer mayordomo fue Antonio Caballero.

La regla de la cofradía se presentó para su aprobación al obispo de Astorga en 1672:

En la villa de Villafáfila a diez y seis días del mes de julio de seisçientos y settenta y dos años, ante el Yllmo Sr. Don Matías de Moratinos Santos, mi sr., obispo de Astorga y eleccto de Segovia, del Consejo de Su Mg, andando en visita general de estte obispado, se han presentado las ordenanzas y constituciones de la cofradía de las Ánias, supra y retro escritas, sitta en la parroquial de San Juan e esta dicha villa, y vistas por su Illma. dijo que las aprobaba y aprobó en la conformidad que se refiere en ellas, sin perjuicio del derecho ordinario, y para su balidación interponía e interpuso su autoridad y auto judizial y así lo probeyó y mandó y firmó, en la dicha villa, dí y mes dichos de que doy fee.
Matías, obispo de Astorga.
Ante mí Gerónimo Maquirian, snº.

La transcripción la hago a partir de una copia fidedigna de 1750 años ante el escribano Enrique García Horduña, porque las primeras hojas del libro antiguo están deterioradas. Por ellas conocemos las principales características de la cofradía:

Su fin es rezar por las ánimas del purgatorio y particularmente por las de los cofrades que murieran. Para ser cofrade, bastaba con solicitarlo y pagar cuatro maravedíes cada semana.
Se hace la función el primer lunes después del día de los difuntos, con vísperas, misa y procesión. Ese día se elegían los cargos de la cofradía, que eran un mayordomo y cuatro oficiales llamados “cuatros”, ademas de un cobrador de cada barrio.
 El mayordomo debía mandar decir una misa por las ánimas todos los lunes y una por cada cofrade fallecido.
La obligación de asistir a los entierros de los cofrades y de llevar la mitad de la cera de la cofradía para alumbrar en los oficios, y en caso de fallecer el mayordomo se llevaría toda la cera. Si alguno quería que se llevara toda la cera debía de pagar las mermas.
Y una práctica caritativa con los que cayeran en la pobreza se nombrarían dos cofrades que pidieran por la villa para su remedio.




 Regla

En el nombre del Padre del Hijo y del Espiritu Santo, que son tres personas distintas y un solo Dios verdadero, a gloria y honra de Nuestra Señora de la Concepción y del señor San José, su esposo, que nos dé auxilio para principio y fin de fundar la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la parroquial del señor San Juan de Villafáfila,  a quienes todos los cofrades recibimos por nuestros abogados, y para su aumento nos obligamos a cumplir con los capítulos infraescriptos que son los siguientes:

-Primeramente ordenamos que la víspera y día de las ánimas, todos los cofrades seamos obligados a ir a la iglesia parroquial de San Juan de esta villa a asistir a las vísperas y misa el primer lunes después de la conmemoración de los Difuntos, pena un quarterón de cera.

-Itten ordenamos que qualquiera persona que quiera entrar en esta cofradía pague de entrada quatro mrs cada semana y es nuestra voluntad que el día de la festividad de las Benditas Ánimas se nombren mayordomo y quatros, y una persona de cada barrio para que cobre la dicha limosna de entrada y que de ello de quenta al mayordomo.

-Ytten ordenamos que cada lunes manden decir una misa rezada por las benditas ánimas.

-Ytten ordenamos que si algún cofrade muriere seamos obligados a asistir a su entierro y oficios, siendo avisados por un abogador, que la cofradía nombrare, y que la cera que tuviere la cofradía seamos obligados a dársela para el entierro tan solamente al cofrade que hubiese sido mayordomo toda la que tuviere la cofradía, y a los demás que no  hubieren sido mayordomos la mitad, y la otra mitad se les de pagando la limosna conforme a lo que se gastare.

-Ytten ordenamos que si algún cofrade caiese enfermo y tuviese necesidad, tenga obligación el maiordomo nombrar dos cofrades porque pidan por toda la villa para su socorro.

-Ytten ordenamos que el mayordomo que fuere de nra cofradía en cada un año para siempre jamas tenga cargo de mandar decir una misa por cada un cofrade que muriere el día más próximo a su fallesçimiento. Y por esto pague el maiordomo que no lo hiçiere un quarterón de zera.



En 1674 se redactaron unos capítulos adicionales que juntos y de mancomún los cofrades hicieron:

-Primeramente se debe derogar el quarto capítulo que habla sobre el intierro de los hermanos y se manda sean yguales sin ninguna ezepción.

-Yten se deve añadir para la buena administración de esta cofradía el que dentro de cada año deban pagar loscofrades la cantidad que se acordare, y no lo pagando habiéndoselo pedido el maiordomo y cuatros, le echen de la cofradía.

-Ytt que si alguna persona quisiere entrar por cofrade no lo pueda admitir el maiordomo por si solo, pena de media libra de cera, sino con asistencia de los quatros, para que juntos bean si conviene y si no que lo despidan como se debe.

-Ytt que dicho maiordomo y quatros se junten y bean si en los cofrades que hai, hai alguno que por sus defectos y malas costumbres es digno de echarlo de la cofradía, le echen, y asimismo si alguno quisiere salirse dando razón suficiente, salga de dicha cofradía.

-Ytt si algún vecino desta villa o forastero pidiese la hermandad o zera para su intierro se le dé, pagando lo que el maiordomo y quatros les pareciere que se deba dar.

-Ytt que si algún pobre muriere le haian de asistir todos los cofrades con la cera que al maiordomo y quatros les pareciere, por ser obra piadosa.

-Ytt que si el maiordomo o quatros supieren que algunos cofrades sean enemistados los llamen y admonesten a que sean amigos y les puedan poner media libra de cera de pena. Y no lo efectuando el serlo el que lo reusare sea echado de la cofradía.

-Ytt que si algún hermano estuviere en peligro de muerte, habisando, el maiordomo mande dos cofrades le baian a a velar y de no hacerlo lleven a cada uno un quarterón de cera, y pasando más adelante la inobediencia la consulte con los quatros y le echen de la cofradía.

-Ytten que ningún cofrade pueda ser maiordomo más que un año y se le tomen cada año las quentas.

-Ytten que ningún cofrade pueda ser maiordomo sin haber sido quatro de la cofradía.

-Ytten que para ser maiordomo y demás oficiales  se junten en casa del cura que fuere de San Juan para que el nombramiento sea arreglado

Pronto surgió un pequeño conflicto con los clérigos miembros del cabildo eclesiástico de la villa, que pretendían ser miembros natos de la cofradía por hacer la procesión, como ocurría en otras de la villa.
En la visita de marzo de 1675, don José Ussúa y Amaya, canónigo magistral, juez sinodal y visitador del obispado por estar la sede vacante deja mandado:

Que el maiordomo tenda mucho cuidado en mandar decir las misas de esta cofradía y que la tenga bien reparada y se manden las constituciones en ella dispuestas, y que todos los que entraren en dicha cofradía tengan mucho cuidado en pagar y que observen con mucha decencia la cofradía y que los maiordomos tomen la cuenta en presencia del cura, pena de que si no lo hicieren se darán por nulas y de ningún valor y que todos los años se tomen las quentas a los mairdomos, y que se acuda con los alcances al que sucediere.

Y por quanto fue informado que los capitulares de esta villa pretenden ser cofrades sin pagar el estipendio como los demás por decir que han de hacer la procesión de las ánimas alrededor de la iglesia, como dice que lo tienen de costumbre en las demás cofradías, mandó su merced que a los capitulares se les pague la procesión, si la cofradía la hiciese, por el justo precio que conforme a otras son 500 mrs, pero que si quieren ser cofrades han de pagar la entrada como hacen los demás que entran en la dicha cofradía.

Los cofrades tenían que asistir a las juntas y llamamientos de la cofradía, siendo llamados por una campanilla que ha de traer el llamador de la misma, bajo la pena de un quarterón de cera cada vez que faltaren.
La cofradía era mixta, pero los cargos directivos siempre eran hombres.

En 1678 los cofrades pagaban 4 reales al año, ese año recaudan 944 reales,  por lo que el número de cofrades sería de 236. Y 100 reales el que entraba en el momento de su muerte para acogerse a los beneficios de sufragios de la cofradía.
En 1681,  “en consideración de la rebaja de la moneda, era para los cofrades mucho gravamen pagar cada año 4 reales, se rebajan a dos reales”. Ese años el rey había decretado una deflación de la moneda que afectó al precio de los artículos y a los salarios.
En 1682 se compra un pendón negro para las procesiones y funciones de la cofradía.
Ese año manda el obispo que se entreguen 200 reales a la iglesia de San Juan por ser pobre y estar necesitada de algunos reparos. La cofradía que entonces disponía de fondos, determinó que se entregasen 600 reales.


En 1702 hay 315 cofrades, entre ellos 13 clérigos.
En 1742 eran 701 cofrades, distribuidos según los feligreses de las parroquias:
-de San Pedro 221,
-de Santa María 191,
-de San Salvador 126,
-de San Juan 109,
-de San Martín 54.

En 1804 los cofrades eran: San Martín con San Juan 260, San Salvador, 289, San Pedro 342, Santa María 278 y Otero 90.

Cada año el mayordomo saliente debía dar cuenta de los ingresos y gastos. Los ingresos eran las cuotas de los cofrades, limosnas, y a veces alquilaban los blandones para diversas funciones. Los gastos se empleaban en las misas, comprar cera, gastos del predicador, 18 reales (fue subiendo con los años) que le daban al muchacho que tocaba la campanilla, y pagar al sacristán que encordaba toda la noche de la función.

 A los mayordomos que después de rendir las cuentas no entregaban el importe de los alcances se les declaraba excomulgados. Así en 1683 a Domingo Díaz, que no había pagado en el término señalado “se le declare y declara por público descomulgado poniéndolo en tablillas y se haga saber al cura de Santa María, de donde es feligrés y a los demás curas desta villa para que por tallo tengan y publiquen en sus iglesias”.  
Piden que se le aplacen las censuras hasta que pueda cobrar de sus deudores para pagar a la cofradía. Se suspende por 15 días.
También se procedía al embargo de los bienes de los mayordomos morosos, como el caso de don José Ossorio Yebra en 1688, incluso haciendo prevalecer el embargo sobre otro decretado desde la Real Chancillería .

Con la reducción de la cuota anual en 1693 tienen que hacer un escote de 2 reales por cofrade para poder comprar la cera porque no había.
La falta de fondos se repite y así en 1737 manda: “que se pida cada domingo la limosna que antes se acostumbraba a pedir por el que tocaba la esquila de dicha cofradía, y que la limosna que se saque cada domingo se venda en la iglesia donde se sirviere función del cabildo.
En la relación de gastos de las cofradías de la provincia de Zamora de 1770 se gastan 900 en misas y la función y 130 en comidas y otros gastos.


Ese mismo año se reúnen en casa de cura de San Juan, el mayordomo y cuatros de la cofradía, con el cura y algunos vecinos de Otero de Sariegos, que solicitaban la extensión de la cofradía a esa villa. Acuerdan que los vecinos de Otero puedan gozar de los sufragios y la cera de la cofradía con unas condiciones: nombrar un cobrador del escote entre los cofrades de Otero, pero sin derecho a elegir mayordomo, el transporte de la cera, y en su caso el paño y el ataúd, para los entierros de Otero, sería a cargo de los herederos del difunto. En caso de coincidencia de dos difuntos el mismo día, el funeral de Otero sería después del de Villafáfila. Las asistencias a las vísperas y misa serían voluntarias.


La cofradía, después de la supresión de San Juan en 1784 como parroquia pasó su sede a la de S. Martín. 


El cuadro de la ánimas, que aún se conserva en Santa María, se realizó en 1767 y seguramente también el catafalco, pues se menciona el altar y cuadro como una unidad, y en el acuerdo con la villa de Otero antes mencionado ya se cita ·"el ataud" refiriéndose sin duda al catafalco. cuando fue trasladado desde San Juan se colocó al lado de las puertas traseras de San Martín.

Los efectos de la cofradía en 1794 eran un estandarte negro, un libro viejo y un libro actual de cuentas con la copia de la regla. Se mantuvo la costumbre de tocar a las ánimas el día de su fiesta desde el anochecer hasta  el amanecer, y en 1775 el obispo manda que sólo se toque la campana hasta la 10 de la noche.

Las reglas se modificaron en 1844 por ciertos conflictos que habían surgido en la observación e interpretación de las antiguas.


En la villa de Villafáfila, el primer día del mes de Noviembre del año 1844, los cofrades de la Benditas Ánimas que suscriben, habiendo sido citados todos, ya personalmente, ya por edictos fijados a las puertas de las iglesias, con el fin de tratar sobre varias disputas que se originaron en este y otros años para dar la cera a los cofrades que dejan de pagar algunos años el escote, como también acerca de otras faltas bastante notables en el cumplimiento de la regla y que deban repararse, acordaron, previa lectura de la regla, que se cumpla con los capítulos de la referida regla dados por nuestros mayores, sólo con la modificación siguiente:

1º en el primer capítulo en el que se impone la multa de un cuarterón de cera al cofrade que no asista a las vísperas y misa del día de la función, se lebanta la multa, dejando a la conciencia de cada uno asistir, confiando en que todos los que puedan asistirán a pedir a Dios por la ánimas de sus hermanos para que otros hagan lo mismo por ellos, teniendo presentes aquellas divinas palabras, con la medida que midáis se os medirá.

2º En el segundo artículo creyeron que en lugar de cuatro mrs cada semana que pone la regla de entrada se debía de reducir y redujeron a cuatro reales al tiempo de sentarse en el libro de la cofradía y después siguiese pagando un real de escote anual como de costumbre biene.
            A este artículo añadieron lo que se dice en el segundo de las adicciones a la regla, a saber: que si algún cofrade no pagase el escote en un año fuera excluido, pero teniendo presente que un año es poco, lo alargan a tres años, de suerte que si en tres años dejase de pagar queda por lo mismo excluido de los cofrades y para volver a entrar necesita pedir de nuevo la cofradía y pagar la entrada.
            También es la voluntad de la junta se ponga en ejecución el siguiente... yten, de las adicciones: que si alguno quisiere entrar por cofrade no se le admita solo por los mayordomos y quatros, y sí que intervengan todos con el párroco o vicario para que lo asiente en el libro.

3º Como los artículos tercero y sesto de la regla digan que todos los lunes se diga una misa por los hermanos difuntos y otra por cada uno lo mas pronto posible después de su muerte, acordaron que todos los años se entreguen al párroco o vicario doscientos reales como ya biene de costumbre para que se cobre los derechos de la función que serán los de un entierro regular, y lo sobrante lo emplee en misas por los cofrades difuntos.

4º Acordaron que el artículo cuarto de la regla se reducca a lo siguiente: cuando muriere un cofrade tienen obligación de asistir a su entierro uno de cada casa estando en el pueblo, siendo avisados por el llamador, y el que no asista pagará un cuarterón de cera para la cofradía, más para que no sea muy gravoso se reparte el pueblo por barrios y la obligación queda para los del barrio adonde esté el cadáver. La división es por parroquias, de suerte que todos los de una parroquia tienen que asistir cuando haya un entierro en ella cuidando de hacerse presente al mayordomo que estará a la puerta del cadáver con la lista de los cofrades.

5º Que se cumpla la adicción al artículo cuarto en cuanto a la cera de los entierros y que todos los cofrades sean iguales.

6º Si la cera la pidiera alguno que no sea cofrade es voluntad de la junta se le entregue pesándola antes y cuando la vuelva, echándole las mermas y además un real por cada hacha que lleve.

7º Seguirán las 24 hachas que actualmente tiene la cofradía, las que se renovaran cuando estén muy gastadas, sin que se permita aumentar el número.

8º Los mayordomos tomarán cuentas particulares a los cuatros y todos juntos pasarán a dar las generales a casa del párroco o vicario sin que pase de los ocho días después de la función,y pasados les estrechará a ello por parte del juez.

9º Si sobrare algún dinero después de hacer los gastos con arreglo a las últimas cuentas quedará en depósito en poder de los mayordomos hasta que se reúna para sacar un pendón y aumentar el paño del túmulo, y comprado esto, se empleará en sufragios para los cofrades difuntos.

10º Los mayordomos y los cuatros se reunirán en casa del mayordomo primer nombrado para elegir otro mayordomo y cuatros, mandando a casa del párroco o vicario una papeleta firmada en la que conste el nombramiento y si no convinieren pasarán todos a casa del mismo para que decida, todo esto el día de la función antes de misa.

11º Todos los años el domingo más próximo a la toma de cuentas se pondrá a la puerta de San Martín el resumen de ellas firmado del párroco o vicario y los mayordomos salientes.

12º Todos los años el día de todos los santos se pondrá a la puerta de San Martín una copia del artículo segundo de este acuerdo, firmada por el párroco o vicario.

13º Acordaron que siga la costumbre respecto a los sacerdotes teniéndolos por cofrades con sola la asistencia sin pagar escote ni pagarles los derechos a los que asistan con pelliz, pero se abonen cinco reales a cada uno de los que se vistan de dalmáticas.

14º Acordaron que todos los que actualmente son cofrades se tendrán por tales, sin más entrada pero con la obligación de cumplir este acuerdo y los que hayan de ser mayordomos tienen que firmarle y de no hacerlo se nombrarán otros, con lo que se concluyó la junta que firmaron los que supieron.

La cofradía siguió funcionando sin grandes cambios hasta la actualidad, salvo pequeñas modificaciones en sus reglas.



Así el quince de noviembre de 1891, reunidos en la iglesia de San Martín, un número considerable de cofrades acordaron:
Primeramente: Cuando haya una defunción en cualquiera de las cuatro parroquias alumbrarán treinta hachas para el día del entierro y quince si tuviere dos oficios y si tiene uno alumbrarán las treinta.
Segunda: en lo sucesivo no se admitirá ningún cofrade sin haber pagado antes una peseta de entrada, si pasa de 50 años no se le admitirá.
Tercera: las matrículas obrarán en poder del cura párroco desde el momento que hagan el cobro los cuatros.
Cuarta: que el nombramiento de cuatro será por antigüedad y con anuencia del párroco.

Y para hacerlo constar lo firmaron en Villafáfila a quince de noviembre de 1891.

En los entierros solemnes se usaba el catafalco de la cofradía, que se remonta al siglo XVIII, y era alquilado por los que no eran cofrades.
Todavía las personas mayores recuerdan la función de la Ánimas en la iglesia de San Martín, cuando se colocaba el catafalco, adornado todo alrededor con lamparillas en vasos de colores por las anilinas que le añadían al agua.
Es una pena que no se conserve el mismo, que estaba adornado con imágenes y leyendas alusivas al purgatorio, similares supongo a otros existentes en algunos pueblos .

Catafalco de Abraveses de Tera

Catafalco de Ríonegro el Puente 

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