domingo, 27 de julio de 2014

SALINAS: de aldea en Lampreana, a dehesa de Revellinos




En los alrededores de las Lagunas de Villafáfila en la Edad Media, numerosas aldeas muy próximas unas a otras, formaban un entramado de poblaciones y explotaciones salineras.  Hoy voy a escribir sobre la antigua aldea de Salinas que se localizaba en los actuales términos de Revellinos, al sur del pueblo, a la orilla de la Salina de  Barillos, donde aparecen restos ceràmicos, como fragmentos de ollitas, tinajas o platos, que se pueden datar entre los siglos XII y XVI, y constructivos como piedras o tejas. 









Diversos restos antiguos encontrados en los términos de Salinas

Sus términos llegaban desde cerca del casco de Revellinos, nada más acabar las eras, hasta el Trancalón, rayando con los de Tapioles, los de Cerecinos de Campos y Villafáfila. Los límites debieros de ser controvertidos en la zona oeste, por el Trancalón, pues están trazados a escuadra y a veces se dice que llega a Cañizo y otras a Otero, ero creo yo que más por afán de ampliar la posesión los dueños de la dehesa.Todavía se conserva en la toponimia local diversos pagos como la Casa de Salinas, la Fuente de Salinas, Raya de Salinas que hacen referencia a esta antigua dehesa.




Su nombre es claro referente a la actividad de extracción de sal, que con seguridad dio lugar a su origen. Todavía en el siglo XV se recuerdan “las dichas salinas donde se solía façer e coger la sal para vendérsela a los foraños e dueños de otras salinas” (A.R.Ch. V. Pleitos Civiles Alonso Rodríguez .) depositados. Caja10-9.

El pueblo aparece citado por primera vez el año 1153 a propósito de la delimitación de la aldea de Bamba, incluidos en el territorio de Lampreana: “Habet enim iacentia inter Sanctum Felicem et Salinas et Tapias”, es decir, que Bamba estaba localizada entre San Feliz, Salinas y Tapioles. Este documento incluye en el término de Bamba “cum suo uillare de Ferrarios”, el Villar de Herreros que posteriormente será objeto de controversia.

La Orden del Temple poseía salinas  "in Sancto Felice", que habían embargadas por  Alfonso IX y les devuelve en 1211 (González 1944).

En 1310 a propósito de una relación de rentas pertenecientes al obispo de Astorga se mencionan las iglesias de la villa y pueblos del llamado Cillero de Villafáfila entre ellas, el obispo cobraba “e de la eglesia de San Feliz un moyo de sal”, por lo que todavía seguía habiendo una iglesia en esta aldea.

El15 de febrero de 1409, en Valladolid,  Díaz Sánchez, hijo de Men Rodríguez de Benavides  vendía a Juana de Mendoza, mujer del Almirante de Castilla, el término de San Felices, que lindaba con Villalpando, Villafáfila y el lugar de Salinas, «con todas sus entradas y salidas, con todos sus derechos y pertenencyas … Debía de tratarse de un coto redondo pues no se hace mención de vasallos ni de tributos específicos”[1]. Posiblemente lo poseyera por herencia de los bienes de Juan Alfonso de Benavides que recayeron en su padre, Men Rodríguez, cuando murió sin descendencia y sabemos que en 1341 Alfonso XI donó a Juan Alfonso todos los bienes que la Orden del Temple tenía en Salamanca y Villalpando[2], o por herencia de su madre Teresa Manrique de Lara.

Fuente de Salinas

Entre los bienes que el almirante de Castilla, don Alonso Enríquez y su mujer, doña Juana de Mendoza, incluyen en el mayorazgo que fundan el año 1426 en favor de su segundo hijo don Enrique, primer conde de Alba de Aliste, figuran “las salinas que son çerca de Villafáfila”, que se refieren a este lugar como de los pleitos posteriores se deduce. Posteriormente el conde don Enrique las sacó del mayorazgo a cambio de otros bienes, “con facultad e liçençia del señor Rey don Enrique [IV]”, y las vendió a Luis Vaca, vecino y regidor de Zamora.
Después del fallecimiento de éste último, sus herederos las trocaron por otros bienes con el entonces comendador de Villafáfila y Castrotorafe, don Pedro de Ledesma, que tuvo que defender su posesión en varios pleitos con don Alonso Enríquez de Guzmán, segundo conde de Alba.

Topónimo de Salinas conservado

En el pleito varios vecinos de Revellinos habían testificado en favor de los Enríquez: “porque los otros dichos vºs del lugar de Revellinos han resçibido muchas promesas del Conde y de su nieto [Diego Enríquez, que le sucedería en el condado] señaladamente que les darían el dicho lugar de Salinas para que biban e labren en el de balde, que no paguen syno los diezmos”, y en una primera sentencia de 1481 los Reyes Católicos mandan que le sean devueltas a los Enríquez por ser bienes de mayorazgo. Pero los sucesores del comendador Pedro de Ledesma continúan el pleito hasta que consiguen que se les reconozca su derecho a la posesión de ese pueblo con sus términos y vasallos (A.R.Ch.V. Alonso Rodriguez depositados. Caja10-9). 

A finales del siglo XV había población en la aldea con su concejo, aunque sería muy escasa. En 1482 el concejo del lugar de Salinas solicita al de Villalpando que les concediesen las mismas ordenanzas de términos que tenìan establecidas con el concejo de Villafàfila (Moreno Ollero, 1991).
Pero los pleitos de posesión de la jurisdicción entre dos señores que se la disputaban y las ofertas a diferentes vecinos de Revellinos para que testimoniaran a su favor, debió de crear conflictos entre ellos. Así en 1501 el concejo se éste pueblo hace una petición a los Reyes Católicos diciendo que:
 “çiertos vºs[vecinos] e moradores del dicho lugar, por faser mal e daño al dicho conçejo, dis [dicen] que arrendaron un  término redondo de pan llevar e de pastos de Pedro de Ledesma, syn el qual dicho heredamiento e pastos dis que no pueden bivir, lo qual dis que se fyso cabtelosamente e por les faser mal e daño, sabiendo la nesçesidad que tienen del dicho heredamiento”.
Alegan que han intentado que se lo arriende a todo el concejo, tanto por tanto, pero no han querido retractarse del contrato. Los reyes dan comisión al coregidor de Zamora para que haga averiguación entre ambas partes y determine cuanto antes lo que procede en justicia. (A.G.S. R.S. 1501)

Este pueblo permaneciò poblado hasta el siglo XVI, “en el lugar de Salinas que esta despoblado siete años a, poco más o menos tienpo”, dice un testigo en 1537 ( A.R.Ch.V. P.C. Moreno 2794-1), fuera de la jurisdiciòn de Villafàfila pero integrado en su arciprestazgo.

 Aunque se despobló, todavía permaneció en pie la iglesia y el beneficio era de presentar de la viuda de Pedro de Ledesma, regidor de Zamora e hijo del comendador, en 1536, y los diezmos se repatían entre un canónigo de Astorga, entre el cura del beneficio, y entre el dueño del lugar.

Después de despoblarse sus términos eran arrendados para siembra o utilizados para el pasto de los ganados, que arrendaban sus sucesivos propietarios.

Contrato de arrendamiento de la dehesa en 1551

Conocemos un pleito entre el arrendatario, Nicolás Gallego, de Tapioles y el propietario de la dehesa, don Gonzalo de Ledesma Herrera, que se titula “señor de las villas de Almesnal y de Salinas” por diferencias sobre la interpretación del contrato. El mismo se había firmado en 1551 en el corral de la casa de Salinas, ante un notario de Zamora, tenía una validez de 4 años, se incluyen los término de San Feliz con los de Salinas, “la mi villa y dehesa y término redondo de Salinas con lo que se dize San Feliz”, para sembrar la mitad del término cada año y la otra para barbecho, sin poder romper ni arar ciertas partes del término que estaban en adil, unas noventa cargas: “el Villar de Herreros, encima de Valdelarreja[3]” seguramente por estar discutida la pertenencia de esta parte a Salinas o a Bamba. Le arrienda el poder rozar, pacer y labrar pero la jurisdicción se la reserva el señor.

Arrendamiento

La renta se fija cada año en 320.000 mrs. en dineros, 100 gallinas vivas y en pie, 18 patos vivos y 8 carros de paja, puestos a costa de los renteros en la casa y panera que había en Salinas. Le exime de pagar alcabalas por el pan o la lana que vendiere dentro del término.
En esa época, con la villa ya despoblada, permanecía en pie la casa del señor con su corral y paneras, al cargo de la cual se encontraba un casero, al que han de dejar los arrendatarios del término dos cargas de barbecho, y poder tener dos reses, 6 puercos y una bestia y las gallinas que quisiese. “con condición que no se pueda cazar en todo el término con ballesta ni con perro, que se entiende de lo de las liebres
Le pide al arrendatario que subarriende a la viuda de Neira (Inés de Villagómez) de Revellinos tres cargas, o las que ella quisiere, juntas en un pedazo, seguramente por tener alguna vinculación de servidumbre o parentesco.
Mantiene la prohibición de que entren el la dehesa los vecinos de los pueblos de alrededor, “Otro sy si alguien de los lugares comarcanos, ansy de Villafáfila como de otras partes tomaren cogiendo mielgas, les puedan llevar de pena medio real y el azadón
 (A.R.Ch.V. Registros de Ejecutorias. C 922-2)

Y periódicamente se seguían amojonando los términos y las lindes con los pueblos vecinos; así en 1578 se anota en las cuentas del concejo de Villafáfila “se fue a  amoxonar con Salinas... pagué treynta y seis reales a los señores regidores por ir a amojonar” (A.R.Ch.V. Pleitos Civiles. Taboada  olv. 267-1).

La mayor parte del término actual de Revellinos era de la dehesa de Salinas

A don Gonzalo le sucedió su hijo don Antonio Rodríguez de Ledesma y Herrera, que había nombrado como Alcalde Mayor de Salinas y administrador a Alonso de Castro, vecino de Villafáfila. Este arrendaba a diferentes vecinos de Villafáfila y de Revellinos parcelas de tierra para roturar y sembrar.
   En 1571 se suscitó un pleito ante el Alcalde Mayor del Adelantamiento de León por:
 “cierta averiguación de quentas hecha por la justicia de Villafáfila  por causa de la langosta que el dicho qº de Villafafila había mandado coger en los términos comarcanos que rayan con la dicha villa como avía sido en el término de Salinas y dehesa de Castronuevo y el monte de Muélledes, y el monte que llaman de Fortiñuelas y el monte de La Tabla … porque cada día nacía la dicha langosta y se multiplicaba en los dichos montes ”.
El alcalde mayor comisionó a la justicia y regimiento de Villafáfila para que mandase coger, y matar la langosta del término de Salinas para evitar su propagación por otros lugares, pagándosela  a las personas que la recogían al peso. Ante la falta de propios para adelantar el dinero que suponía esta práctica, se procedió al embargo de algunos carneros de los arrendatarios del herbaje de la dehesa. Las reclamaciones de los arrendatarios hicieron que se le repartiesen al dueño del término el coste de la recogida de la langosta, que ascendía 50.000 mr., pues los renteros alegaban el caso fortuito que suponía la langosta, junto que otras plagas o inclemencias que exoneraban del pago de la renta (Ejecutorias 1308-64).

En 1644 la dehesa perteneía a don Martín Vázquez de Guzmán, Marqués de Palacios en quien habían recaído los mayorazgos de los Ledesma. (Ejecutoria C. 2733, 56).

En 1685 seguían perteneciendo al Marqués de Palacios, y ante los conflictos sucesorios del marquesado y las deudas de los mayorazgos que llevaba anejos, se procedió con facultad real a la venta en pública subasta de algunas dehesas, entre ellas la de Salinas, que fue comprada por Gaspar Ojero, vecino de Villalpando en 1695 con su jurisdicción alta y baja, mero mixto imperio, señorío, vasallaje, derechos y demás regalías por 16.000 ducados.
Don Gaspar era un hidalgo de Villalpando donde sus antepasados habían desempeñado varios cargos de la administración señorial de la villa, y él mismo en 1699 ejercía de teniente del corregidor de Villalpando y de mayordomo de rentas del Condestable, lo que le proporcionaba buenos ingresos. Estaba casado con doña Jerónima Labrador y no tenían hijos.

La cercanía a su vecindad hizo que la explotación agrícola y ganadera de la dehesa se hiciera directamente por el nuevo señor, cuyos criados penetraban con sus ganados en los términos de Villafáfila o de Revellinos, por lo que se suscitaban pleitos. En 1704 los concejos de estos dos pueblos otorgan un poder para que se establezca una concordia sobre los ganados “por quanto el trº [término] de Revellinos y de Villafáfila comparten y confinan con el trº de Salinas que es propio de don Gaspar Ojero, vecino de Villalpando, y no hay concordia sobre las penas de los ganados” (A.H.P.Za. Notariales 11758).

Testamento de don Gaspar Ojero

En 1710 en su testamento parte la dehesa en dos mitades una de las cuales deja a su sobrina María Centeno y otra a un hijo ilegítimo que había tenido cuando estaba casado, y había obtenido del rey su legitimación, Manuel Ojero, de Tapioles, bajo una serie de cargas financieras: 200 ducados anuales para un vínculo y patronato real de legos que habían fundado don Gaspar y su esposa, y el resto hasta 4000 reales en diversas mandas pías (1000 reales para decir 200 misas anuales en la iglesia de Santa María la Antigua de Villalpando, 800 reales anuales para vestir doce pobres de Villalpando).

En 1723 cuando fallece Manuel Ojero se declara que el término de Salinas:
 “tiene una casa con sus corrales, quartos de casa, cavallerizas, paxares y oratorio, tiene una panera grande separada de la dicha casa, tiene su fuente, tendrá en redondo cosa de dos leguas y en hancho cosa de media legua, linda con el término de Revellinos, Cerecinos, Villafáfila, Otero y Tapioles”.
La renta de toda la dehesa ascendía a 249.340 reales.
En el oratorio o ermita se decía misa los domingos y fiestas de guardar para los moradores, pastores, y demás personas que asisten. En 1723, en su visita episcopal a la parroquia de Revellinos, el obispo de Astorga manda al cura que siga diciendo la misa dominical pues según constaba en los libros antiguos recibía 10 cargas de trigo por ello, de los beneficiarios de los diezmos.
Los hijos de Manuel Ojero: Gaspar, Antonio, Antonia, y Luisa, fueron vendiendo sus hijuelas a la cofradía de Santa Inés fundada en la catedral de Zamora por 20.000, 17.000, 18.500, y 22.600 reales cada octava parte, desde 1739 a 1741.

Todavía se conserva el topónimo de los Ojeros en la antigua dehesa

En 1752 según las declaraciones del Catastro del Marqués de la Ensenada, la mitad de la dehesa pertenecía a la cofradía de Santa Inés de la catedral de Zamora, y la otra mitad a doña María Zentena, vecina de Valladolid, y cada propietario arrendaba su parte a distintos ganaderos de Pinilla de Toro y de Cañizo. En el Catastro figura la Dehesa de Salinas con una superficie estimada de 875 cargas de tierra, de las que unas trescientas se sembraban. En ella estaba construída una casa donde vivían los arrendatarios, seguramente ubicada en el llamado Teso de la Casa, Revellinos. Son muy frecuentes las menciones a la casería de Salinas, hijuela de la parroquia de Santo Tomás, durante los siglos XVIII y XIX. Al frente de esta casería se encontraba una o varias familias de caseros, frecuentemente originarios de Pinilla de Toro o Vezdemarbán: apellidados Montero Cabezón, Casas Alvarez, Montero Alonso, de Inés, Casas, Arias, Benéitez, Barba, que cuando tenían hijos los bautizaban en Revellinos.

Doña María Centeno vende su mitad de la dehesa con su casería y ermita y paneras a don Pedro Calderón Enríquez[4], caballero de la Orden de Calatrava y miembro del Consejo de Indias por 295.000 reales de vellón en 1764, con la carga de 2.000 reales anuales para las fundaciones.
Un nieto de don Manuel Ojero reclama contra esta venta aduciendo que la tal María Centeno no podía vender, pues si moría sin descendencia pasaría a los herederos de aquel, pero no consigue anularla.

Ese año los vecinos de Revellinos, siendo don Nicolás de la Huerga, alcalde, Valentín Suena y Antonio de Tásbara, regidores, y Francisco Juárez procurador del concejo, plantean un pleito ante la Real Chancillería sobre la preferencia en el arrendamiento de la dehesa de Salinas por estar más próxima a su pueblo y “acudir a su parroquia los granjeros de Salinas”. Los dueños la habían arrendado a José Calleja, Pedro Rodríguez y otros ganaderos de Vezdemarbán, y éstos habían subarrendado un trozo de 14 cargas, denominado El Pico a Tomás de Villafáfila, vecino de Cerecinos, como ya venían arrendándoselo a su padre desde hacía más de 30 años. La sentencia es favorable a los de Revellinos (A.R.Ch. V. Pleitos Civiles. Varela f. C. 3113-10).

La mitad correspondiente a la cofradía de Santa Inés o memoria del arcediano don Diego de Arias Benavides, fundada en la catedral de Zamora fue objeto de la llamada Desamortización de Godoy de 1798 que afectó a los bienes de las cofradías, pías memorias y otras fundaciones religiosas. En 1800 salió el anuncio en la Gazeta de Madrid de su subasta en el juzgado del corregidor de Zamora.

Además de la casa pemaneció en pie una capilla u oratorio, como indistintamente se le denomina, seguramente la antigua iglesia parroquial de la aldea, donde se enterraban algunas personas que fallecían en aquel término, como Domingo Durantes, de Villafáfila, en 1812, en plena Guerra de la Independencia.

En el siglo XIX fue incluída en el término municipal de Revellinos al que pertenece en la actualidad y vendida por sus dueños en quiñones.


Firmas de alguno de los vecinos de Revellinos que compraron quiñones en la dehesa

En 1859 se puso a la venta por subasta extrajudicial anunciada en el Diario Oficial de Avisos de Madrid en 21 de mayo la cuarta parte de la Dehesa de Salinas con una superficie de 1.460 fanegas de tierra que producían de renta libre de contribución 11.500 reales y fanega y media de garbanzos, junto con otros tres quiñones de tierras en Tapioles y Cerecinos pertenecientes a doña Candelaria Chollet y Caballero[5], residente en Buenos Aires, con un precio de salida de 347.500 reales. Con la posibilidad de no aceptar el remate en las siguientes 24 horas.  Fueron adjudicadas a Antonio González Nájera de Madrid. Pero a la semana se presentaron Antonio Marbán, Eustaquio de León y Gaspar de León, en su nombre y representando a otros vecinos de Revellinos: José del León, Matías Fernández, Martín del Teso, Pedro, Ceferino y Antonio Esteban, José y Francisco Ares, Balbino Aliste, Sebastián Marbán Huerga, Luis Fernández, Fernando Delgado, Ramón Gallego y Manuel Rodríguez Rando; y le ofrecieron 10.000 reales más y les fue adjudicada y escriturada. Pero el anterior adjudicatario recurrió a la justicia que le dio la razón, anulando la venta. Después de varios recursos los de Revellinos llegaron al acuerdo, para evitar más gastos, de pagar a los herederos del primer adjudicatario 58.000 reales en dos plazos, y se apartaron de los pleitos y quedó definitivamente en propiedad para los vecinos.









[1] MARTINEZ SOPENA P. El estado señorial de Medina de Rioseco bajo el Almirante Alfonso Enríquez 1389-1431. Valladolid 1977. Pag 69.
[2] Y en 1211 los templarios  recibieron de Alfonso IX “suas salinas quas habebant in Lampreana et in Sancto Felice et in Moladas”, que le habían sido confiscadas anteriormente ( González, 1944,  274), QUINTANILLA RASO M.C. La casa señorial de Benavides, pÁg 178. 1974.
[3] Valderrejos en otra parte del pleito
[4] Fundó un mayorazgo con sus bienes, entre otros la mitad de Salinas, en favor de su hijo Manuel Calderón Enríquez, al que sucedieron en 1815 sus hijos en el mayorazgo, quedando en poder del menos, Juan Calderón desde 1843.
[5]  Francisca Vicenta Chollet y Caballero, fue pintada por Goya en 1806, hija de Francisco Chollet de Lyon y de María Antonia Caballero, del Burgo de Osma, mujer de don Antonio Noriega, Tesorero Principal de Rentas del reino, y gran amigo y administrador de los bienes de Manuel Godoy. Preso cuando este cayó en desgracia, fue linchado en Badajoz acusado de colaborar con los franceses. Tambien Juan José Chollet Caballero era comandante de milicias y funcionario de hacienda y administrador de temporalidades de los bienes procedentes de los jesuitas en Buenos Aires hasta 1810. Candelaria tiene 23 a y Juan José 50 podría ser su padre y heredar los bienes de Francisca?.

miércoles, 16 de julio de 2014

LA RECIERTA: ORIGEN DE UNA ENEMISTAD

LA RECIERTA: ORIGEN DE UNA ENEMISTAD

La rivalidad y hostilidad entre Vilafáfila y Villarrín ha sido histórica. Los pueblos cercanos siempre han tenido diferencias y pleitos que hacen que se suscite enemistad entre sus vecinos. Hoy día las relaciones entre los villarrinos y villafafileños se han normalizado, y aunque subsiste un leve recelo, las amistades y parentescos han hecho desaparecer esas resonancias hostiles.

Hasta el siglo XV entre Villarrín y Villafáfila se extendían desde el término de Otero hasta La Tabla los términos de otro pueblo, Muélledes, que a finales del siglo XIV o principios del siglo XV se despobló, pasando sus vecinos a vivir a los pueblos cercanos y quedando su apelativo como apellido de origen.




Las tierras de propiedad particular alrededor del antiguo pueblo siguieron siendo explotadas por sus dueños, y las tierras del concejo y la mayor parte del término que pertenecían a los mismos señores que Villarrín formaron una dehesa que se arrendaba. Es esos años del siglo XV la población de la comarca había sufrido un fuerte descenso y los términos despoblados eran muchos, con lo que los límites eran discutidos y entre casi todos los pueblos existen Reciertas, Reyertas o Refiertas que son diferencias de lindes que unas veces se sustanciaban con acuerdos, otras con pleitos y otras con peleas.

Reciertas entre San Agustín del Pozo y Villaveza del Agua


 A principios del siglo XVI las relaciones de Villarrín y Villafáfila no eran conflictivas y de hecho son numerosos los vecinos de Villarrín que testimonian en favor del concejo de Villafáfila en un pleito que tratan con el Prior del Puente y otros pleitos de hidalgos o de concejo.

Hata ahora el apeo más antiguo que he encontrado de los términos entre Villarrín y Villafáfila, es del año 1525:

En el campo Término que se dize y lindera que es entre la villa de Villafáfila y Villarrín, al camino de Abaxo a do llega el término de la villa de Otero, a veynte e çinco días del mes de hebrero, año del nasçimiº de nro Salvador Jesucristo de myll e quinyentos e veynte e çinco años,  el señor bachiller Represa, alcalde mayor en este partido, e Alonso de Santa Cruz, alcalde ordinario en la villa de Villafáfila e su tierra por su magestad, e Françisco de Caramaçana, procurador de la dicha villa de Villfáfila, e Bernaldo Quixada, mayordomo e procurador de la señora doña Mençía de Guzmán, señora de la dicha villa de Villarrín , e Françisco Herrero, alcalde ordinario en la dicha villa,

Se juntaron y van levantando los mojones antiguos de común acuerdo, y llegan al Torrejón. Desde allí “Buelve sobre la mano yzquyerda derecho para abajo y por razón que los de Villarrín se avyan entrado algo en lo de Villafáfila lo amojonaron e tomaron lo que estava entrado y haziendo ende adelante, entre las tierras del dicho termino de Muélledes y el término de la Refierta se hizo otro mojón y de ay adelante entre dicho termino de Muelledes y el termino de la Refierta se hizo otro mojon y delante de este, en este derecho otro, y adelante en este derecho se hizo otro mojón, y aquí allegaron Francisco Luengo, regidor, y Juan Cerezo, procurador de Villarrín, y de ay en dicho derecho en adelante renovaron otro mojón viejo que estava antiguo hecho y de ay en este derecho adelante hizieron otro mojón y de ay adelante hallaron otro mojón antiguo el qual renovaron y de ay derecho adelante por entre el dicho término de la Refierta que es entre Villarrín y Villafáfila e las dichas tierras de Muélledes va la dicha lindera adelante donde hicieron otro mojón, y de ay adelante entre los dichos términos en este derecho hallaron otro mojón viejo en una piedra, el qual renovaron y de ay adelante hallaron otro mojón viejo en otra piedra el qual renovaron y de ay adelante hallaron otro mojón viejo e o renovaron y adelante deste hallaron otro mojón viejo que renovaron y de ay adelante atravesando el camino que va de Villarrín a Bretó adelante del dicho camino

Apeo de 1525


El 20 de febrero de 1531 y el 2 de enero de 1533 visitaron otra vez los términos y mojones sin novedad.

El 22 de marzo de 1536 toma la posesión de Villarrín don Diego de Carbajal, nuevo señor de la villa por su matrimonio con doña Isabel Osorio, hija de don Fadrique Osorio, señor de Villarrín por cesión de su hermano el marqués de Astorga.

En 15 de junio de 1538 se pusieron a renovar los mojones en San Fagunde “el muy noble señor Liçençiado Diego Ruiz Sarmiento, alcalde mayor e Diego de Villagómez e Alonso de Santa Cruz, alcaldes de la villa de Villafáfila e Alonso de Aguayo e Juan García de Losada e Andrés Manso e Francisco de Caramazana; e Juan Merchán, alcalde de la villa de Villarrín, e Pedro de Olea, escribano, e Juan González, procurador de Villarrín,” y fueron renovando los mojones hasta llegar al Torrejón, y allí los de Villarrín manifestaron que no iban a renovar los mojones de la Recierta, porque así les fue mandado por los vecinos de la dicha villa de Villarrín, aunque otras veces lo habían hecho. Los de Villafáfila les requirieron que si no lo hacían pedirían un juez de términos con los consiguientes gastos. Los de Villarrín accedieron a renovar los mojones y los siguieron renovando hasta el final.

Apeo de 1538

Pero qué había sucedido para este cambio de actitud. Lo que había cambiado era que ahora los vecinos de Villarrín tenían arrendada la dehesa de Muélledes a don Diego de Carvajal, dueño de la misma, y la pacían con sus ganados o con los que arrendaban.


Se inicia un pleito en 1538 con una demanda ante la Real Chancillería de Valladolid por parte de don Diego de Carvajal, capitán general de Guipúzcoa y alcaide de Fuenterrabía, y doña Isabel Ossorio[1], señores de Jódar:

“Que es suya cierta dehesa que está en término de Villarrín, que se dice de Molledes, sin que los de Villafáfila tengan ni hayan tenido cosa alguna, más que solamente el paso por cierta parte de ella que llaman la cañada de la Recierta, sin poder pacer, dormir ni sestear, sino solamente pasar, y la jurisdicción de la dicha cañada es suya.
“Me querello y pongo demanda al conçejo, justiçia e rregidores e vezinos de la Villa de Villafáfila ... siendo como es propio de mis partes el lugar e término de Villarrín con sus montes e con la jurisdiçion cebil e creminal, alta e baja mero misto inperio, los adversos inquietan a mis partes poniendo guardas en la dicha cañada que prenden a los ganados de los rrenteros e los amenazan que no los han de dejar pacer en la dicha cañada

El presidente y los oídores de la Audiencia aceptaron la competencia por ser concejo y universidad la parte adversa, es decir Villafáfila, y dieron emplazamiento a las partes para presentar pruebas y testigos.

La parte de Villafáfila niega la demanda porque el demandante no era parte suficiente para pedirlo, y la relación no ser verdadera, porque “entre los términos de la villa y la Refierta no ay mojones nyngunos, y la justicia de Vfª a visitado y alzado los mojones entre la Recierta y Muélledes, y por la otra parte con el término de Benavente”.

                               La Recierta dentro del término municipal de Vilafáfila en el mapa de 1941


Ambas partes fueron recibidas a prueba y presentaron testigos y escritos.

Probanza de junio de 1541.
Don Diego de Carbajal nombra a un vecino del pueblo como su mayordomo o administrador de sus bienes en Villarrín, a Juan Merchán, que había sido anteriormente alcalde.

Se llevan testigos de los pueblos de alrededor, siempre parciales, pues unos dicen que siempre ha sido de Villafáfila que han cobrado el portazgo, que han pastado, pagado los diezmos, y alzado los mojones con Benavente, y los otros que siempre ha sido de Muélledes y nunca los de Villafáfila han tenido derechos.

Un Isidro Flores, vecino de Villalpando, originario de Villafáfila dice que de pequeño oyó decir que se lo habían dado a los de Villafáfila por un caballo.

El pleito siguió pendiente ante los jueces de Valladolid por espacio de 20 años y no dictaminaban por la dificultad de la decisión. En ese tiempo el señorío de Villarrín y la propiedad de la dehesa de Muélledes había pasado al capitán de la armada don Luis de Carvajal, por muerte de don Diego, su padre. En 1555 pide licencia a los reyes para poder vender algunos bienes de su mayorazgo para hacer frente a deudas. AGS/2.11.607//CRC,645,20.

Mientras tanto los vecinos de Villafáfila, que a la vez trataban un pleito con el monasterio de Moreruela sobre La Tabla, en otoño de 1556 solicitan al Alcalde Mayor del Adelantamiento de León que les permitiera romper y arar diversos términos concejiles que tienen en adil, para erradicar la plaga de langosta que asolaba los sembrados. Así, llamados a son de campaña en concejo público, hacen un reparto en quiñones del término de la Recierta como tal concejil y procedieron a repartir quiñones entre los vecinos y a ararlos por cuenta de cada adjudicatario.

Los de Villarrín recurren ante un nuevo alcalde mayor de León, para que intervenga y no les permita arar ese término a 19 de diciembre de 1556.
Como la justiciara era muy lenta y el asunto complicado no se determina nada y los vecinos de Villafáfila, en el otoño de 1557,  proceden a sembrarlo según lo que tenía arado cada uno.
La reacción de los vecinos de Villarrín se demoró unos meses, y cuando estaban los trigos a punto para segarse en el verano de 1558 entraron en la Recierta con los ganados, y cortaron y comieron los panes.

En julio de 1558 Alonso de Caramazana, regidor de Vfª ante el corregidor, y el procurador Alvaro de Santa Cruz, ante la justicia ordinaria, presentaron una querella contra Francisco Cordero, alcalde ordinario de Villarrín, Juan Cordero de la Mulas y otros vecinos de Villarrín:

 “porque estando el término de la Recierta sembrado de pan por los vecinos de Villafáfila, los vecinos de Villarrín con sus ganados comían los panes y los talaban, por lo que el alcalde, maese Villegas y el regidor Alonso de Caramazana habían ido a prendar los ganados, y sobre los prendar avían recudido al dicho termino Fco Cordero y Juan Cordero y otros por su mandado y en su favor y entrado en dicho término con vara alta, y fueron requeridos por los de Vfª por entrar con vara alta en jurisdicción ajena, habían prendido al regidor Alonso de Caramazana, y llevado preso a Villarrín y lo tuvieron preso 6 ó 7 días y sobre lo prender le avían dado muchos palos y coçes y hecho otros muchos malos tratamientos.”

En Villafáfila la justicia inicio una información y hallaron culpados a Francisco y a Juan Cordero, y como la justicia de Villafáfila no podían actuar en Villarrín, recurrió al alcalde mayor de la audiencia real del Adelantamiento del Reino de León, que por una requisitoria envió un merino suyo a Villarrín para prender a Francisco y Juan Cordero. El merino solo pudo prender a Juan y lo trajo preso a Villafáfila, pues el alcalde al enterarse de la llegada del merino se marchó y se fue a presentar ante el Alacalde Mayor del Adelantamiento, dándole cuenta de su versión de los hechos. Este dictó entonces un mandamiento de inhibición a la justicia de Villafáfila, para que no conociese este pleito, por exceder de su competencia. La justicia de Villafáfila a su vez, apeló de esto ante la Real Chancillería de Valladolid, que era elTribunal superior y fue dada una provisión real para que el A.M. del Adelantamiento remitiese la causa al alto tribunal. El presidente y oidores emitieron una nueva provisión real:

a 26 de octubre de 1558.

Don Felipe, rey de Castilla, de León,... al alcalde mayor del adelantamiento de León, salud e gracia, sepades que por parte del Marqués de Tábara nos hizo relación diziendo que un Francisco Cordero había cometido cierto delito .., el Marqués suplica que le sean devueltos a su jurisdicción los autos y los presos, porque el A.M habían advocado en sí la causa,  manda que no conozca el A.M. de León y remita la causa al corregidor de Villafáfila.

Con lo cual el A.M. de León volvió a mandar a su merino a Villarrín a prender al alcalde Francisco Cordero y el 6 de noviembre lo trajo preso a Vfª y asimismo volvió a traer a Juan Cordero, y estuvieron presos hasta que se dio sentencia definitiva.

El 28 de noviembre Francisco Cordero presentó un escrito de apelación ante el corregidor, Ldo Bocalán, diciendo que estaba preso en la cárcel y le había sentenciado a 500 mrs de pena y a 2 meses de destierro voluntario más las costas, y ha sabido que había apelado el alguacil Alonso de Mercado, que había sido puesto como fiscal de la causa, él mismo por su parte la apela, por haber sido dada por juez no competente por ejercer en jurisdicción ajena, apela ante el A.M. de León o ante los alcaldes del crimen de Chancillería, también pide que le suelte de la cárcel porque está dispuesto a depositar la pena de la condena hasta que se resuelva la apelación.
El 7 de diciembre le responde el corregidor, que como el fiscal tiene apelada ante la sala del crimen de Valladolid, no lo puede soltar.

Mientras tanto estaba el pleito civil sobre la jurisdición d la Recienta en Chancillería concluso, esperando sentencia, y se queja el procurador de don Diego que las partes adversas pretenden romper y arar el dicho término, y aún de entrar con gente armada e con baras de justicia alzada a usar jurisdicción sobre lo que a avido e ay muchos escándalos e diferencias .
La justicia de Villafáfila y el A.M. de León se entrometen a conocer sobre lo que está pendiente por lo que don Diego pide a la Real Chancillería que ambos se inhiban.

La Recierta entre Villafáfila y Villarrín empezaba en el Torrejón. 

Se reúne la sala y en 4 de noviembre de 1558 determinan que se nombren 6 testigos para proveer el dicho interim y una provisión de inhibición al A.M. de León y  justicias de Villafáfila. A últimos de noviembre se da la nueva provisión de inhibición, de Felipe II, a los alcaldes y justicias de Vfª en razón de una petición de don Diego de Carbajal en el pleito de la posesión y jurisdicción de la Recierta, sobre que mientras se trata el pleito de la jurisdicción en Chancillería, que no conozcan el pleito que traen sobre la tala de los panes, por el que tienen preso más de mes y medio a Francisco Cordero y habían dado pregones para prender a otros, y no le queríais soltar a pesar de estar solamente condenado en pena pecuniaria, manda que se cumpla una carta anterior de dos de diciembre que el corregidor había acatado pero no cumplido, para que lo suelten, y que lo suelten efectivamente “soltásedes luego y no  procediesedes contra los vecinos de la dicha villa sobre esta causa”, visto esta petición en Chancillería a 16 de diciembre mandaron que lo soltaran, y protestó el procurador de Villafáfila diciendo que aceptaba la suelta de los presos, pero que quedara claro que la justicia habían procedido por mandamiento de Consejo Real; el 23 de diciembre mandan que sea soltado.

En enero de 1559 se remiten los autos desde Villafáfila a la Real Chancillería.

Como los términos seguían siendo arados y sembrados por los vecinos de Villafáfila, en septiembre del 1559 los de Villarrín habían requerido a la justicia y regimiento de Villafáfila con una provisión de Felipe II en la que manda que, debido a la carestía de la carne por la disminución de ganados, los concejos han roto y arado muchos términos que antes se dedicaban a pasto, por lo que lo procedido así de diez años atrás se vuelva a dejar adehesados y sin arar.
Rodrigo Rodríguez, alcalde ordinario de Villafáfila, que la tomó en sus manos la besó la puso sobre su cabeza con el acatamiento y la reverencia debidas, también el otro alcalde y al corregidor, que responden que el dicho término de la Recierta no es de Villarrín ni tienen en el posesión, porque es de Villafáfila, y hay pleito pendiente en Chancillería ha más de 20 años, el término al presente está labrado y sembrado de pan y no se puede reducir a pasto común y para que así coste a S.M mande venir una persona de la su corte para que por vista de ojos vea el dicho termino sembrado y se informe.

El A.M de León había que mandado hacía tres años que ambos concejos arasen en sus términos sin perjuicio del derecho que cada uno de ellos pretendiera:

Ahora la parte del concejo de Villarrín me fizo relación diciendo que recibían agravio, y manda que siendo requeridos ceséis en rronper e arar y lo dejéis en el punto y estado que estaba quando se vos dio la dicha licencia sin hacer en ellos innovación alguna so la pena de 20 mil mrs.”
Dada en Laguna de Negrillos a 6 de octubre de 1559.

A los dos días fue leído y notificado a Lope de Robles y Gómez de Olea, regidores, y a Bartolomé Gallego, Procurador General y a Rodrigo Rodríguez, alcalde en Villafáfila.

En 20 de octubre de 1559 en Valladolid presentó el procurador de aVfª una petición pidiendo que se dé provisión de la pendencia del pleito en Chancillería porque el Alcalde Mayor de León sigue haciendo autos. Presentó la fe de pendencia en la Bañeza ante aquel.


                                                   La Recierta en el término municipal de Villarrín en el mapa de 1996


Mientras tanto ante el alcalde mayor de León se siguen presentando demandas por la parte de Villarrín y de don Fadrique de Carvajal, que había sucedido a su hermano en el señorío de Villarrín, quejándose de que los de Villafáfila habían sembrado y recogido dos años en La Recierta con la disculpa de la langosta, y lo tenían sembrado ese año, en enero de 1560, a pesar de diferentes disposiciones del A. M. de León,  y reclaman que mande un receptor a Villarrín para que recabe información y proceda contra los vecinos de Villafáfila que hayan sembrado.


                                       
En Villafáfila a 13 de enero de 1560 compareció Gaspar Bonifaz, alcalde mayor de Villarrín, como procurador de don Fadrique, señor de Villarrín, y ante el receptor enviado por el A.M para informarse, presentó dos testigos de Villafáfila que dicen:
que hace 4 años se rompió el termino de la recierta por licencia del AM del adelantamiento, y desde hace tres años está rompido, y lo rompieron los vecinos de Vfª a Campana tañida y lo an sembrado y cogido el fruto dos años, y al presente lo tienen sembrado y lo repartieron entre los vecinos por suertes y se rompió con acuerdo del concejo,
 “lo solían pacer y pacían las ovejas de Villarrín que andavan en Muelledes y las de Villafáfila que andavan en comunidad”.

En 15 de enero 1560 el receptor notifica a los alcaldes regidores y procurador general de este año y del pasado que se presenten en la Bañeza dentro de tres días ante el A.M. so la pena de 50.000 mrs , a algunos no los halla en casa y se lo notifica a las mujeres.
Lope de Robles y Gómez de Olea, regidores, y Lorenzo Villegas y Diego de Collantes, llegaron a la Bañeza, como presos, por no haber querido obedecer los mandatos del Alcalde Mayor de León y dicen que cuando se les notificó su mandamiento a últimos de septiembre ya estaba sembrado, y además tienen alegado ante Chancillería que el término es suyo, que los mande soltar de la prisión en que los tiene, el 19 de enero.

Carta Ejecutoria del pleito de la Recierta de 1567



El 20 de febrero de 1560 se pronunció el A.M. por juez no competente y lo remitió a Valladolid, por lo que la ejecución del mandamiento de volverlo a pasto común quedó sin efecto.
A finales de ese año don Fadrique solicita 14 de diciembre de 1560 que se mande al A.M. que la ejecute, y reitera la solicitud en abril de 1561 que se vuelva a pasto común pues ya cesó la langosta. Pero la contestación del alto tribunal de Valladolid es que se pronunciaran sobre la vuelta a pasto común cuando se pronuncie la sentencia en el pleito principal.


En 4 de mayo de 1564 pronuncian sentencia de los Presidente y oidores de la Chancillería dando la razón al señor de Villarrín,

En el pleito que es entre don Fadrique de Carbajal, cuya diz que es la villa de Villarrín e Juan Çid su procurador de la una parte y el concejo, justiçia e rregidores de la villa de Villafáfila e Françisco Sánchez su procurador de la otra
Fallamos que la parte del dicho don Fadrique de Carbajal probó bien e cunplidamente su petiçión e demanda quanto a lo que de yuso se hara mençión, damos e pronunçiamos quanto a ello su yntençión por bien provada e que la parte de la dicha villa de Villafáfila çerca dello no probó sus apelaçiones e defensiones, damoslas e pronunçiamoslas por no probadas:
por ende que devemos declarar y declaramos la cañada de la rrefierta sobre que a sido este dicho pleito la propiedad e la juresdiçion cebil e creminal della ser del dicho don Fadrique de Carvajal e como tal se la debemos adjudicar e adjudicamos e condenamos a la dicha villa de Villafáfila que reduzga a pasto lo que de la dicha cañada ovieren ronpido y labrado e no lo tornen más a rronper ny labrar so pena de çinquenta myll mrs para la cámara e fisco de su magestad por cada vez que lo contrario hizieren e asimismo declaramos la dicha villa de Villafáfila e vezinos della poder pazer con todos sus ganados mayores e menores de día e de noche en la dicha cañada de la refierta y el dicho don Fadrique de Carvajal no les ponga enbargo ny ynpedimento alguno en ello so la dicha pena, y en quanto a lo demás pedido e demandado por parte de dicho don Fadrique de Carvajal cerca de los daños que se le an seguido devemos absolver e absolvemos a la dicha villa de Villafáfila y la damos por libre e quita dello e no hazemos condenaçion de costas e por esta nuestra sentençia definitiva asi lo pornunçiamos e mandamos.
El Liçendº Arpide. El Licendº Francº de Vera. El Licendº Aº Çapata.
Dada y pronunciada fue esta sentençia por los señores presidente y oidores de la Audª de su Mt, estando haziendo avdª pbcª en Valladolid a çinco días del mes de mayo de myll e quinºs e sesenta y quatro años.
Juan Ruiz.

Copia de la Carta ejecutoria de 1567 sacada en 1899


En 30 de septiembre de 1564, Alº Sánchez, escribano de Villarrín da testimonio de que en la Recierta, que está pegada con la dehesa y monte de Muélledes, araban la dicha Refierta, Alonso Barcial y Damián Toranzo, vecinos de Villafáfila y un mozo con unas mulas de la de Diego del Concejo, y la Roya con dos yugos de bueyes y lo pidió por testimonio Fco Cordero, vº de Villarrín, en nombre y como procurador de su señoría, estando presentes Alonso Sánchez, vº de Villafáfila y procurador de causas, y Juan Alvarez, vecino de Villarrín de Campos,

Nueva sentencia definitiva en grado de revista en abril de 1567

                                                            Sentencia de 1567

En el pleito que es entre don Fadrique de Carvajal, cuya diz que es la villa de Villarrín e Juan Çid su procurador de la una parte e el concejo, justiçia e rregidores de la villa de Villafáfila e Fernán Villar su procurador de la otra
Fallamos que la sentençia definitiva en este pleito dada e pronunçiada por algunos de nos los oidores de esta rreal audiençia de su magª de que por las dichas partes fue suplicada fue y es buena justa e derechamente dada y pronunçiada, e sin enbargo de las rrazones a manera de agravios contra ella dichas e elegadas la devemos confirmar e confirmamos e no hazemos condenaçion de costas e por esta nuestra sentençia difinitiva en grado de rrevista ansi lo pronunçiamos e mandamos.
El Licendº de Santillán Çifuentes. El Licendº Arpide. El Licendº Francº de Vera.
Dada e pronunçiada fue esta sentençia por los señores presidente y oidores de la audiençia de su mtª en audiençia publica en Valladolid a Veinte y dos días del mes de abril de mill e quyºs e sesenta e siete años. Juan Ruiz.


Apeo entre Villafáfila y Muélledes de 1580


Después de este pleito las relaciones entre ambos pueblos no volvieron a ser cordiales, no obstante se debieron seguir haciendo apeos y deslindes de los términos. Así en 1580 Pascual Cordero, en nombre y como mayordomo de del muy Ilustre Señor, don Alonso de Carbajal Ossorio, y Alonso Mayoral, alcalde ordinario, e Juan Fernández, regidor, de Villarrín, y Hernando Rodríguez, alcalde ordinario, de Villafáfila y Francisco de Villacorta, Jerónimo de Aguayo y Babilés Manso, regidores, lo empiezan en “estando a do diçen la encrucijada del camino que llevan de Otero al açeña y los de Benavente a Çamora,”  levantan 10 mojones hasta llegar a la punta alta de la Atalaya de la Recierta y se renovó un mojón donde empieza la Recierta de consentimiento. Allí el mayordomo de don Alonso de Carbajal requirió a la justicia de Villafáfila con la carta ejecutoria para que no se entremetan a amojonar la Recierta. Los de Villafáfila dicen que no renuncian a su derecho de tiempo inmemorial de amojonarla, que en ese momento sin perjuicio de su derecho se suspendía el amojonamiento de ese término, requerían a los de Villarrín que no alzaran los mojones de la Recierta sin llamarlos para ello. De momento suspende el acto y lo reanudan a do diçen el Torrejón, donde acaba la Recierta y empieça lo de Muélledes. Continúan hasta llegar al punto donde se unen Villarrín, Villafáfila y Otero.




[1] Hija de don Fadrique Ossorio y de doña Mencía de Guzmán, en quien había recaído el señorío de Villarrín y Muélledes antes perteneciente al Marqués de Astorga.