lunes, 1 de junio de 2020

La Memoria de misas fundada por el arcipreste Fernán Fernández

La Memoria de misas de San Juan, fundada por el arcipreste Fernando Fernández


Senda de la Memoria en un mapa de 1937

Todavía permanece en la toponimia de Villafáfila el pago de La Memoria, situado al sur del término,  contra la raya de Villarrín. El nombre se debe a una fundación de misas diarias en la iglesia de San Juan hecha en 1523, en memoria y salvación del alma de Fernando Fernández, cura de la misma y arcipreste de Villafáfila.

Transcribo el documento fundacional

Copia de la fundación


In Dei Nomine, Amen.

Sepan quantos esta carta de testamento vieren como yo el arcipreste Fernán Fernández, arcipreste de Villafáfila, cura de la iglesia de San Juan de la dicha villa, viendo quanto más es el hombre obligado a proveer  en las cosas y remedios para la salvación de la ánima, que para la del querpo, y considerando quan breve y arrebatada es la vida humana, después de la qual se sigue luego la muerte, que todos hemos y somos obligados a pasar, confiando en la misericordia de Dios, que me quiso dar sano y libre entendimiento tal qual al presente tengo y fasta agora me ha querido conservar, que me aiurará a ordenar en las cosas de su servizio, y salvación de mi ánima, temiéndome de la dicha muere a todos notoria, e por la mala disposición de mi cuerpo, por ende, yo el dicho Fernán Fernández, estando en el dicho libre y sano entendimiento y memoria, otorgo y conozco que hago, establezco, e dispongo, e ordeno este testamento e postrimera voluntad en la forma siguiente:

Primeramente encomiendo mi ánima a nuestro salvador y redentor Jesucristo que me la compró e rredimió por su pasión santa e preziosa sangre, al qual ruego, que no mirando a mis pecados y usando conmigo de su misericordia, me la quiera colocar con sus sanctos en la gloria del paraíso, Amén. E al señor San Miguel, arcángel que me la quiera presentar ante la divina misericordia en la compañía de los sanctos ángeles  que sirven a Nro. Sr. Dios.

Item, mando que mi cuerpo sea sepultado en la iglesia del sr San Juan desta villa a donde mis testamentarios vieren  y les pareziere, e me fagan las honrras y obsequias que vieren que a mi enterramiento cumplan.

Ytem, mando y es mi voluntad que para siempre jamás se diga una misa cada día después de mi falleszimiento por mi ánima, y para esta renta deputo  y dejo en la dicha villa de Villafáfila todo el término redondo de San Fagunde como lo yo he e tengo. E el término de Monaster de Vega, ezeto la tierra que está en término de Otero a do dizen Sancti Oste, que es de la dicha heredad e yo poseo, la qual dicha tierra es mi voluntad que no entre en esta diputazión de renta y memoria de misas.

Ytem, más deputo e dejo para la dicha renta e memoria de misas otra tierra que fue de San Martín que haze tres cargas de trigo, más dejo otra tierra que fue de la de Alonso de Zamora, que haze dos cargas de trigo, más tres herreñales que fueron de la de Alonso de Zamora,  que fazen una carga. Más otras dos tierras que fueron de su mujer de Juan de Muélledes que fazen dos cargas y media de zebada,

Y mando y quiero y es mi deliberada voluntad que la governazión y administración de estos dichos términos e tierras e renta dellas tengan el cura e los buenos hombres parrochianos y feligreses de la iglesia del Sr San Juan de la villa de Villafáfila, e por quitar contiendas que muchas vezes acaecen entre ydalgos y labradores en semejantes casos, mando quiero y es mi voluntad que solos los labradores pecheros y parrochianos de la dicha yglesia  con el cura della tengan la administración de los dichos bienes e rentas, e el cura que agora es o fuera de la dicha yglesia tenga junto con ellos, los quales tengan cargo de arrendar los dichos bienes por un año o más años, según que a ellos bien visto fuere, faziendo o poniendo su mayordomo o cojedor, como vieren que cumple, de manera que el tal clérigo o clérigos que tuvieren cargo de decir las dichas misas no tengan poder ni se lo den ni puedan dar para que pueda usar  ni tener por respecto de dicha memoria, salvo que los dichos ombres buenos con el cura establecieren e  ordenaren lo que a ellos les pareziere que es bien, e después de la dicha misa digan un responso sobre mi sepultura.

Yo quiero y es mi voluntad que no entiendan ni Papa, ni Arzobispo, ni obispo, ni prelado ni otra persona ecclesiástica ni seglar en la dicha administración de los dichos bienes, e heredades  de  poner e quitar clérigo o clérigos  que digan las dichas misas e en la governación de todo ello, sino solamente el dicho cura e los parochianos feligreses de la dicha iglesia.  E si más que para la dicha misa rentaren andando  el tiempo las dichas tierras, lo que de más fuere, sea distribuido a determinación  e voluntad de los dichos curas e buenos ombres, ahora sea para augmento del culto o para reparos de la dicha capilla, e que esto es mi voluntad e otorgo lo susodicho como cláusula rata e firme de testamento, de la qual protesto hazer memoria e expresa menzión como ya otorgada, quando plaziendo a nuestro seños otorgare e ordenare mi testamento e postrimera voluntad, al heredero e testamentarios, e que en quanto a esta cláusula de memoria de misas es su voluntad  que le valga todo lo suso dicho por su testamento e postrimera voluntad de la mejor forma e manera que lugar haia, e porque esto sea firme e no venga en dúbida, otorgué esta carta de testamento e memoria de misas  como en ella se contiene, ante Luis Hernández,  escribano e nottario público de sus majestades, e escribano e nottario público en la su corte e en todos sus reynos e señoríos, e escribano e nottario público en la dicha villa e su tierra por el muy Illustre Sr, don Alonso Pimentel, Conde de Benavente e Comendador de la Encomienda de Castrotorafe , zerca desta villa, al qual rogué que la escribiese o fiziese escrivir e la signase con su syno.

Fue fecha y otorgada en la dicha villa estando en las casas de dicho Fernán Fernández, arzipreste, a onze días del mes de jullio del naszimento de nuestro Salvador Jesucristo de mill e quinientos e veynte e tres. Testigos  que fueron presentes a lo que dicho es el Sr bachiller Represa, alcalde mayor e Alonso de Muélledes e Pedro de Riero, vezinos de la dicha villa. E porque el dicho Fernán Fernández no pudo firmar, a su ruego lo firmaron de sus nombres en el registro de esta carta los dichos Sr Alcalde Mayor, e Diego de Robles e el Bchr Herrera,

E yo el dicho Luis Henández, escribano e notario público susso dicho  presente fui en uno con los dichos testigos a lo que dicho es, e de ruego e otorgamiento del dicho Fernán Fernández, esta carta de testamento bien e fielmente escriví e sygné de mi syno que es este.

En testimonio de verdad, Luis Hernández escribano.

 


Escritura de la fundación

La Memoria siguió activa hasta que sus tierras fueron vendidas a Luis Aguado, vecino de Perilla de Castro en marzo de 1806, en virtud de las leyes desamortizadoras de Godoy que afectaron a fundaciones pías.

Sabemos que en 1752 la Memoria contaba con una gran parcela 360 fanegas de tierra agrupadas en San Fagunde y Raya de Villarrín, en lo que antiguamente habían sido las propiedades medievales del Monasterio de Sahagún y del Monasterio de Vega que compró el arcipreste. 60 reas de 1º calidad, 100 de 2ª, 20 de 3ª y 80 eran yermas, que corresponderían a las orillas de la Salina Grande y praderas de San Fagunde. Además contaba con otras 13 fanegas y media en otros sitios. Además tenía una panera en San Juan donde almacenar las rentas anuales que ascendían a 12 cargas de trigo y doce de cebada.

Con esas rentas tenían que hacerse cargo de los siguientes gastos:

-363 misas rezadas a 2 reales

-1 misa cantada el día de la Transfiguración del Señor de 20 reales

-Refresco a los feligreses 30 reales

-Trabajo del mayordomo 20 reales

-Al cura por tomar las cuentas 20 reales

-Reparos de la capilla y altar 70 reales

-Reparos de la panera 10 reales

-Cera 5 reales.

              Parte del trigo que sobraba después de los gastos se prestaba a fiado a los feligreses de San Juan.          

             En 1738 se hizo un retablo nuevo para la imagen de Cristo de la Memoria, que se vebneraba en la capilla donde estaba enterrado el fundador. El Cristo que presidía la capilla de La Memoria se trasladó a la iglesia de San Martín.

            Siendo cura don Julián de la Parra en 1740 tenía arrendada para sí la heredad de tierras de la memoria y decía las misas. En 1747 el obispo lo prohíbe y le manda que devuelva al altar del Cristo de la Memoria los cajones, ornamentos y cáliz pertenecientes a la misma y que había recogido en la sacristía. Pero en la visita de 1751 revoca la prohibición de que el cura no pudiera decir las misas de la Memoria, por ser una parroquia pobre.

Cuando se suprimió San Juan como parroquia y se anejó a San Martín, solo los feligreses de la antigua parroquia intervenían en el nombramiento de mayordomo de la Memoria y de clérigo que dijera las misas que se seguían reuniendo el día 6 de agosto.

En 1794 el obispo manda que se compre un arca con tres llaves una para el mayordomo, otra para el cura y otra para un hombre bueno, que sirviera de archivo para depositar las cuentas, y que se pusiera una nueva cerradura en la panera, así mismo con tres llaves. Entonces ya la renta anual ascendía a 30 cargas de pan mediado, trigo y cebada.

En 1806, coincidiendo con la venta de las heredades de La Memoria, se produce el asalto en la panera de la misma, posiblemente por los feligreses que estaban en desacuerdo con la disposición desamortizadora, que les privaba de los beneficios de la fundación.

 

Libro de cuentas de la Memoria


Todo lo anterior del Archivo Parroquial de Villafáfila, actualmente depositado en el Archivo Diocesano de Zamora.

 Con la venta de los bienes por parte del estado se generó una deuda que se amortizaría a largo plazo y por la que la parroquia recibía de vez en cuando los intereses, aunque por efecto de la Guerra de la Independencia dejaron de abonarse, reanudándose la amortización a lo largo del siglo XIX.

Pero quien era este arcipreste que fundó la Memoria. Tenemos varias referencias documentales que nos permiten hacer una aproximación al personaje.

Fernando Fernández pertenecía a una familia de hidalgos y clérigos que habían estado en la órbita de Diego de Almanza, señor de Alcañices y Tábara, y después en el servicio de don Pedro Pimentel.

 Su padre se llamaba Alonso González (1403-1478), era vecino de Villafáfila y tenía buena relación con Diego de Almanza, señor de Alcañices, Tábara, Almanza, Ayoo y Villavellid, y a su casa venía “asaz de veces, y acudían algunos sus vasallos  vecinos de Tábara, y Alcañices con presentes”. Alonso también pasaba algunas temporadas en tierra de Alcañices: “e se iba a holgar con el dicho Diego de Almaça a Alcañiças”. Parece que la relación ya venía d antiguo: “e oyo decir a su padre que viviendo en Villafáfila cuando el era mozo como de veinte años, por algunas travesuras que avían fecho él e Andrés Fernández, su hermano, se fue para Luis de Almança en aquellas montañas de Alcañiças e que allí los ocupara”. A su muerte, Alonso mandó erigir una capilla en la iglesia de Santa María del Moral en honor de San Miguel, donde mandó enterrarse.

Fenando nació en 1449, más o menos, pues declara en 1504 que tiene 55 o 56 años. Estudió en Villalpando a los 15 años y “le enviaban dineros su padre e madre”. Seguiría estudios en Astorga o en Salamanca, como otros clérigos de la época. Antes de 1490 ya era cura de San Juan. En 1499 fue nombrado arcipreste de Villafáfila, y ese año compró la heredad del monasterio de Sahagún en Villafáfila, con la que posteriormente fundaría el capital de la memoria.

Junto con los otros curas pleiteó sobre los diezmos de los lugares despoblados con el convento de San Marcos de León.

En el desempeño del beneficio de San Juan y del cargo de arcipreste le permitió acumular una buena hacienda, manteniendo a familiares “otra vez dio a sus parientes sendos costales de trigo”, y prestando dinero a particulares de los que tenemos una relación en su testamento.

Además el cargo de arcipreste le permitía ejercer cierta autoridad espiritual que incluso trascendía al estamento clerical alcanzando incluso a la justicia de la villa, así en 1509 excomulgó al alcalde por quebrantar el sagrado entrando por la fuerza en la iglesia de San Andrés en busca de un huido de la justicia que se había acogido a sagrado: 

"estando el dicho señor alcalde Pº Calvo descomulgado por descomunion mayor dada e fulminada contra el por Fdo Frrdez arçipreste desta villa a pedimiento de Diego Gallego sobre rason de çierta violençia e quebrantamiento de la yglesia e sacrilegio quel dicho alcalde cometio e perpetro dentro de la yglesia parrochial del señor Santandres desta villa en tomar como el dicho alcalde tomo al dicho Diego Gallego por fuerça e contra su voluntad de dentro de la yglesia una ballesta con su gafa e una espada e un broquel” 

Conocemos que tuvo al menos una hija, como declara su hermana María González en un pleito en 1524  “también le envió la hija del arcipreste unos pantuflos”, aunque yo creo que serían varias a las que llama sobrinas, sin conocerse el parentesco.

 
Pleito de María González donde se menciona la hija del arcipreste


En concreto por un pleito (A.R.Ch.V. Pleitos Civiles. Zarandona y Balboa olv. C.123-3.)  Juan García, de Barcial de la Loma, como marido de Leonor de Villagrá, “sobrina” del arcipreste Fernán Fernández, reclama a su muerte parte de la herencia diciendo que cuando se casó le quedó en dar en dote y casamiento porque se casase con ella 20.000 mrs. Trataron la boda en Villalobos, por intermediarios “el arcipreste es duro, y no nos dará más”. Asistieron “el hermano del arcipreste e un Barrio e otros señores de Villafáfila”.

 

 

Copia del testamento del arcipreste

 

El 12 de julio, al día siguiente de la escritura de fundación de la memoria, hizo testamento en el que deja una serie de disposiciones piadosa para ayuda a la salvación de su alma:

-          Ser enterrado en la iglesia de San Juan con las honras y enterramiento que sus cabeceros vean que sea justo

-          A las órdenes de latinidad, de la Cruzada, de la Merced y Santa Olaya de Barcelona, y a las iglesias y ermitas de la villa,  5 mrs a cada una.

-          Manda decir 40 treintanarios de misas: 

§  En San Francisco de Benavente 15

§  En el monasterio de Montamarta 10

§  En Santo Domingo de Benavente 8

§  En Sª Mª de Moreruela 4

§  En San Babilés 3

-          Novenario de tres misas diarias después de su entierro

-          Ofrenda de pan, vino y cera en la iglesia de San Juan, durante un año

-          Gastar en misas y treintanarios en la iglesia de San Juan todo lo que sobre de 100.000 mrs después de gastado lo anterior.

-          Que ardan nueve hachas y la cera que sea necesaria el día de su entierro, y seis hachas y la cera menuda que sea menester en el novenario.

-          Hacer un esquilón que cueste 2.000 mrs para tañer a las misas que se digan de la Memoria.

-          Que vistan a 10 pobres el día de su entierro.

-          Que se pague a San Antón lo que se averigüe que debe

-          4 treintanarios por el ánima de una asturiano que le sirvió  y no se lo pagó ni averiguó de él

-          Dos mantas al hospital de San Lázaro, otras dos al de San Antón y una ropa de cama buena al hospital del Conde, todos de Benavente

-          A la iglesia de Santa María del Moral para ayuda de mudar la puerta 4.000

-          A la Vera Cruz de San Andrés 1 ducado

-          11 ducados que le debe Lope Fernández de la pensión de la capilla se los deja para hacer la capilla y si más costare que se le den

-          De todo los bienes “remanescientes” después de cumplido todo, deja a su ánima por heredera

También deja una serie de mandas económicas a sus parientes:

-          A María de Ledesma “ mi sobrina”, (eufemismo que oculta otra relación, pues sabemos que el arcipreste tenía una hija y no sé si era su madre o tal vez su propia hija), “por los muchos serviçios que me ha hecho estas casas en que al presente vivo como se çierran e se abren con todo lo de la puerta adentro eçeto los machos y mulas y asnos y dineros y pieças de oro y plata y la mytad de la tapaçería”. Mas las cebada  y el trigo que se cogiere este año y todos los frutos de diezmos, rentas de tierras o de cualquier manera para que mantenga la casa y dé limosnas a pobres. Además 120 ovejas, 100 corderos, 70 borregos añejos , el macho nuevo negro, la viña grade de San Andrés, la viña de la tinta, otra viña a las pedreras, un majuelo a Valdarias, la huerta detrás de Santa María la Nueva,  una tierra al camino de San Agustín, la bodega con sus cubas, y después de sus días, tome lo que ella quiera por su alma y la tierra del camino de San Agustín para que le digan la renta de ella en misas por su ánima, junto con la memoria que yo dejo en San Juan,  y lo demás vuelva al tronco, salvo la mitad de la casa que a su muerte sea para Antonia González.

-          A Antonia González, su sobrina, posiblemente hija de Pedro González,  la mitad de la tapicería de la casa y la mitad de la ropa de lino y lana, para que viva con María de Ledesma en la casa antes de casarse, y después si le parece bien,  y tenga cargo de mirar por ella. Por eso creo que María de Ledesma  pudiera ser su barragana, pues ya no es joven y necesita el apoyo de otra persona, además no contempla la posibilidad de que se casara. También le deja 100.000 mrs en dinero y una facera o cortina cerrada en San Andrés de dos cargas y media de cebada, más otras tierras a Santa Marta, tierras a Villarigo, a la puerta de la iglesia, otra tierra al Foyo Doçe, otra al Pasadero, y otra a Ribas Royas

-          A Catalina González, su sobrina, también hija de su hermano Pedro,  60.000 mrs. en heredades de tierras y viñas o rentas para su casamiento.

-          A doña Quiteria, su criada, 8.000 mrs en ajuar y tierras y viñas

-          A su sobrino Pedro de Almança  para criar a sus hijos 20.000 mrs para lo que le señala las dos tierras del Pocico, otra al Sobradillo, una viña al Olivar, otra a Las Pedreras, y una tierra al Requejo, y unas eras en las Eras de San Salvador .

-          A mi sobrina Isabel de Porras un vestido bien cumplido a su voluntad.

-          A Catalina Osorio, hija de Isabel de Porras, para cuando se case, y si entrare en religión también, en una tierra a Valorio, otra a la Huerga de la Caraja y otra al Sendero del Ladrón.

-          A la hija de su sobrino Alonso de Villacorta, hijo de su hermano Andrés, para que se case 10.000 mrs  en una tierra a San Pedro Yermo, otra dos a Madornyl, otra a Santiuste en Otero.

-          A la criada de Alonso de Villacorta 5.000 mrs para cuando se case.

-          A la Beata, su sobrina, 5.000 mrs en una tierra al Torrejón, y otra al Navajo y que la vistan

-          A María, hija de Juan Zapatero, su criada 4.000 mrs para cuando se case con la condición que sirva a María de Ledesma tres años, y si no quisiere que le paguen sus soldadas.

-          A María González, su hermana, las casas en la que vive y 10.000 mrs en dinero o heredades como ella quiera.

-          A tres hijas de Catalina de Villacorta, su sobrina, viuda de Sancho de Saldaña,  en dos tierras a la Cantera y al camino de Quintos, valoradas en 15.000 mrs, a cinco mil cada una

-          A Francisquito y a Perico mis criados 1.000 mrs a cada uno  y los vistan y los calcen.

-          A Fernando Fernández, clérigo, una capa de buen pardo negro y un sayo y unas calzas.

-          A Diego de Villagómez las casas en las que vive, y le remite todas las deudas.

-          A Alonso González, su sobrino, hijo de Pedro González, una aceña en Castrotorafe y una bodega con sus cubas y lagar con la condición que “pague a la capilla de San Antón lo que yo y mi hermano Pedro González se hallare que debemos”.

-          A Juan Conejo una tierra al Teso de Mojón

-          Que la memoria de misas que deja en San Juan por vía de testamento signado por Luis Hernández, escribano, la deja también por cláusula de este testamento.

Quiere dejar saldadas sus deudas para descargo de su conciencia, por lo que manda que se averigüe si ha comprado algo a menos precio del justo o ha vendido algo a mayor precio y se restituya.

Que se pague a pedro de la Puebla lo que se averigüe que le debo.

Lo que jure Juan de Valle que debo sobre el fruto de unas viñas que me aproveché que se le pague a Juan de Castro

Si yo fuere en cargo en alguna cosa a Gonzalo Martínez sobre una pendencia, mando se le pague a sus sucesores

Lo que valga más de dos ducados una tierra de Andrés de Muélledes que se le paguen a sus herederos

Que se pague a Andrés Seco lo que jurare que le debo

A Antonio, hijo de Juan Pérez lo que jurare que le debo

A Juan Barrado lo que juraren sus hermanos Andrés y Bernaldo que le falte de pagar

A Bernardo Fdez lo que le deba del apeo que me hizo

Perdono a cualquier persona que estuviere descomulgada por lo que me deban con tal que sean cosas inciertas

Tengo un cáliz de plata de Santa María la Nueva

 

Pleito sobre la herencia

Hace una relación de las deudas que le deben:

-Carlos, vecino de Benavente, 91.800 mrs  de carneros que le vendí. Fiador Lope Fernández, cura de San Pedro.

-La de Sancho Saldaña 14 ducados tiene en empeño una cadena de oro que pesa 14 ducados y una tablilla que pesa tres.

-Salvador Facera el viejo 1.500 mrs

-Antonio de Saldaña, vº de Melgar de Fernamental, 22.000 mrs sobre 5 tazas y una jarra de plata, y 50 pesos de oro que le tengo en empeño.

-Alonso González 5.000 mrs.

-Alonso de Muélledes 3.000 mrs. sobre una viña

-Juan de Palacios, canónigo de Astorga , 10 ducados de oro

-La mujer de Miguel Alonso, vº de Roales 6.000 mrs. que presté a su marido

-Francisco Martínez de San Juan y Juan de Santa Cruz, y Hernando el Curtidor 15.000 mrs.

-Francisco de Robles 1 ducado

-Juan de Valle 10.500 , de los que le quito 1.500 mrs

-Diego de Robles 5 ducados que faltan de pagar de una deuda de 50 de Lope Fernández, más 6700 mrs.

-Pedro de Tordesillas 7.000 mrs.

-Andrés Barrado 40 ducados  y el alquiler de las casas en que vive.

-Breciano, vecino de San Agustín,  y sus compañeros 2.500 mrs

-Los compañeros de Juan Fernández de San Agustín lo que llevaron de centeno.

-Un hijo de Alonso de Tábara de Revellinos 12 o 13 reales de la renta de unas tierras.

-Una taza que le presté a Salvador Facera, clérigo de hasta marco y medio.

-El albardero de San Agustín, una carga de cebada y su hermano seis ochavas.

-Lorenzo Martín, el panadero, 1.500 mrs.

-Antón Barcial 3 cargas de trigo.

-Andrés Prieto 765 mrs.

-Fernando Calabaza 3.000 mrs. de unas casas que le vendí.

-Los regidores y procurador de Otero 1.700 mrs.

-Los guardadores de la iglesia de Villarrín 20 reales que les presté para el retablo.

-Bernaldo Barrado 12 reales.

-Unos de tierra de Toro por unas obligaciones donde aparecerán sus nombres, 6.000 mrs.

-Juan Sanchón y  Mayor el Rojo “lo que dixeren en conçiençia que me deben”.

-Bernaldo Emperayle” lo que dixere en conçiençia”.

-Cotán y Hernán Gaytón y compañeros de Tapioles 4.500 mrs.

-Antón Lorenzo, de Revellinos 20 reales y 6 ochavas de trigo.

-La iglesia de San Juan 7.000 mrs y 1 ducado , se los perdono.

La de Juan de Villagómez 13 cuartales de trigo , que no se los pidan.

 



Para el cumplimiento de lo dispuesto nombra por testamentarios y cabeceros a Diego de Villagómez y a Francisco Martínez de San Juan, y por tercera a María de Ledesma, “mi sobrina”.

Dao en Villafáfila a 12 de julio de 1523

Testigos Lope Fernández, clérigo, el bachiller Herrera, Alonso de Muélledes, Juan Martínez y Pedro Martínez, alcalde.

El día 13 de julio a las nueve del día, el arcipreste, estando en su cama malo, en presencia del Señor Bachiller García de Represa, alcalde mayor, y de Pedro Martínez, alcalde ordinario, hizo abrir una arca que tenía delante de sí, en la cámara donde estaba echado, y de ella sacó Antonia González una barjuleta cerrada, y abierta sacó un quilmo de lino pequeño, en el cual se hallaron 20 ducados, de otro quilmo de lino algo mayor sacó y se contaron 492 ducados en ducados de a dos, de a cuatro y de a diez. De la misma barjuleta se sacó otro bolsón de cuero en que había 1.257 reales y medio en tarjas y en medios reales. Todo se volvió a guardar, salvo 257 reales y medio que dijo el arcipreste que los quería para gastar, y mandó a Luis de Robledo que diese a los frailes de San Francisco 60 reales para misas.

En el arca había además dos tazones de plata grandes, y otra taza, otros dos cuchares, otra taza llana, más tres jarras de plata, un salero de plata en dos piezas, y ocho cuchares de plata y un pie de una cruz de plata .

 

Aunque el testamento parece que estaba claro surgieron disputas después de su muerte.


Juan García, vecino de Barcial de la Loma  reclamaba parte de la herencia del arcipreste diciendo que a su mujer, Leonor de Villagrá “sobrina del arcipreste”, cuando se casó con ella, le prometió “en dote y casamiento porque se casase con ella 20.000 mrs. ..trataron la boda en Villalobos por intermediarios …el arcipreste es duro y no nos dará más”.

Presentó una provisión real en  de junio de  1524 sobre una apelación de una sentencia dada por el alcalde de Villafáfila en su contra sobre la reclamación de 20.000 mrs reclamada a los testamentarios del arcipreste.

 Estaba mandado a los cabeceros que acudieran con los bienes y escrituras del arcipreste y los entregaran a los parientes mediante una composición que se hizo entre los familiares del arcipreste y los comisarios de bulas de la fábrica de San Pedro, por virtud de una cláusula del testamento del arcipreste, “y agora por los dichos comisarios les está mandado so pena descomunión e otras penas entreguen los bienes que han quedado a los dichos parientes”.

María González, la hermana viva del arcipreste, reclamó a sus herederos que la siguieran pagando los alimentos que le debían dar mientras viviese, en virtud de una manda testamentaria de su hermano Juan González, clérigo, fallecido en 1507, cuya herencia había recaído en el arcipreste y otro hermano.

Los herederos que reclamaron  los bienes que quedaron después del cumplimiento de las mandas testamentarias fueron Martín, Juan y Pedro de Barrio; Alonso González, Pedro de Almanza, Francisco de Robles y Andrés de Villacorta, sobrinos a los que demanda María González.

 

FAMILIA

Los hermanos murieron antes que él salvo María

Constanza González , casada con Diego de Almaza, un hidalgo, padres de Pedro de Almanza y Francisco de Zaballos y alguna mujer.

Juan González, clérigo, cura de Castrotorafe,  murió en 1507, hizo testamento, estando enfermo en las casas de su hermano el arcipreste dejó bienes que rentaran 20 cargas de pan anualmente, para fundar una capellanía que se sirviese en la capilla de San Miguel, en la iglesia de Santa María, que había fundado Alonso González, su padre, donde mandó ser enterrado. Manda decir 30 treintanarios.

Testamento de Juan González, clérigo.


Tenía aforadas las viñas del obispo de Astorga en esta villa por tres vidas, se las deja a Pedro González, su hermano

Deja a sus sobrinos Pedro de Almanza y Fco de Çaballos 5 cuartas de viña a cada uno.

Manda a sus hermanos Pedro González y Fernán Fernández, arcipreste que den alimentos vitalicios a cargo de los bienes muebles y raíces a su hermana María González, para ello les manda a los dos todos los bienes que quedasen después de hacer todos los descargos.

Que lo entierren honradamente como quien él es con 8 hachas y la cera necesaria, y vistan 7 pobres de esta villa de sayos de pardillo y capas, y a tres pobres de San Lázaro y les den tres mantas para la casa,  y den una carga de harina a los pobres

Manda la cabaña de hacer sal que tenía aforada  a su sobrino Pedro de Almanza.

Andrés Fernández, hidalgo, sirvió a Diego de Almanza, posteriormente a don Pedro Pimentel, y hasta finales del siglo XV llevaba acostamiento, una cantidad de dinero por sus servicios al Conde de Benavente.  Casado con Fulana de Villacorta, padres de Alonso de Villacorta=Isabel de la Rúa y de Catalina de Villacorta=Sancho de Saldaña. Un Andrés de Villacorta que reclama herencia en 1524 no sé si sería hijo de Andrés o de Alonso.

Acostamiento de Andrés Fernández de 1492


Pedro González, (h.1450-d.1519), hidalgo, se casó con Fulana de Losada señora de Anta de Tera, Sagallos,  Valdemerilla y parte de Ríoconejos., y en segundas nupcias con Constanza de Almanza. Padre de Alonso González, Antonia González y Catalina González.

María González, (h.1459-d 1525), viuda de Juan Triguero, suegra de Diego de Villagómez, vivía en Pajares y no tenía bienes ni para comer, y el arcipreste la trajo a esta villa y le dejó unas casas en que viviera y le daba un real cada semana, y trigo y leña, y un manto y una saya, y lechones para criar y en sus enfermedades le daba dinero y socorría. Tenía un hijo y una hija.

Posiblemente, aunque no tengo la certidumbre serían también sus hermanas

Inés González, casada con Martín de Barrio, que murió en 1478, un hidalgo de la clientela del Conde de Benavente, madre de los Barrio, que reclaman parte de la herencia en 1524.

Isabel Hernández, casada con Francisco de Robles, madre de Francisco de Robles que reclama la herencia en 1524 y de Diego de Robles, que se declara pariente de todos los sobrinos, y sucedió en el arciprestazgo a Fernán Fernández

Otra, mujer de Pedro de Porras, madre de Isabel de Porras, sobrina del arcipreste.

 

 

 

 

 

 


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