sábado, 10 de agosto de 2019

Moreruela durante el reinado de los Reyes Católicos: El renacer de un monasterio




RESUMEN
El monasterio de Moreruela en el siglo XV, como muchos otros de la Orden del Císter, languidecía después de un pasado más glorioso. La comunidad estaba reducida a unos pocos monjes, originarios de las comarcas cercanas al cenobio. Este periodo se caracteriza por el nombramiento de abades comendatarios que no residían en los monasterios, cobrando una porción de sus rentas y delegando la administración espiritual y temporal de los mismos.
En 1494 se produce la integración del monasterio de Moreruela en la Observancia General de Castilla con la reforma del convento y restablecimiento de las reglas del Císter. En pocos años la comunidad fue creciendo con monjes procedentes de todas las partes del reino y poniendo los cimientos del esplendor del monasterio en los siglos XVI y XVII.
Una de las primeras actuaciones después de consolidada la comunidad fue la de reorganizar la economía del monasterio, recuperando las rentas enajenadas o mal arrendadas lo que provoca algunos conflictos con los renteros.
Además de recuperar las rentas de la abadía, los nuevos monjes trataron de restaurar los antiguos privilegios y prestaciones feudales de sus vasallos de Granja de Moreruela y del lugar de Requejo, incluso añadiéndoles nuevas imposiciones, por lo que pronto surgieron los conflictos entre los vasallos y el abad.



Al monasterio de Moreruela en el siglo XV, le ocurría lo que a muchos otros de la Orden del Císter: después de un pasado glorioso, apenas podían sustentar a una comunidad que estaba reducida a unos pocos monjes, provenientes de los pueblos de alrededor, pues la hacienda monástica había ido menguando con los años y la disciplina claustral se había relajado. El declive de estas instituciones conventuales era patente.
La introducción por el papa Gregorio XI en el siglo XIV del sistema de la encomienda supuso un gran retroceso de la vida monástica del Císter con el nombramiento de abades vitalicios que disfrutaban de las rentas pero que no vivían en los monasterios. Así se recuerda en una publicación benedictina de 1615, refiriéndose a este cenobio: “A esta casa la tuvieron impetrada diferentes abades comendatarios con que descayó de su grandeza y de la puntualidad y observancia de la santa Regla...”1
Pronto surgieron intentos de reforma para recuperar las esencias de la orden, como el de Martín de Vargas, que consiguió del papa Martín V la emisión del privilegio “Pía supplicum vata” por el que le faculta a la erección de nuevos establecimientos para asentar la reforma cisterciense, y que en 1427, con la fundación del monasterio de Montesión, inicia la Congregación de Castilla o la “Observancia regular de San Bernardo” que con grandes dificultades acabó extendiéndose por la Corona de Castilla.
En el siglo XV, los problemas que encontraban muchos monasterios para administrar y cobrar las rentas de los lugares más alejados, seguramente provocados por las presiones de caballeros locales que se entrometían y apoderaban de las rentas y vasallos, como reconocen los monjes de Moreruela en 1434: “a cabsa de algunos caballeros poderosos comarcanos de los dichos lugares e tierra, ellos no pueden gosar de los dichos lugares e tierra e vasallos e fueros e pechos e rentas e derechos2, les llevaron a ponerse bajo el amparo de ciertos nobles, que les protegieran de estos abusos, aunque no descarto que esos mismos nobles fueran los que ejercieran esas intromisiones. En nuestro caso, el monasterio de Moreruela busca el amparo de la nueva nobleza que se estaba consolidando en la comarca, como era la familia Pimentel. A cambio de esta protección, los condes de Benavente consiguen ampliar su señorío.
Según la citada Coronica General de la Orden de San Benito... en 1430 era abad Pedro que fue privado de su dignidad y puesto en su lugar Fernando de Alcácer, fraile de la misma orden, por los visitadores generales de la Orden. Fray Pedro fue repuesto por un breve del papa Eugenio IV en febrero de 1437 pero falleció en noviembre, y entonces volvió a ser elegido fray Fernando de Alcácer.
Posiblemente estos conflictos conventuales estuvieran en relación con la permuta coetánea, que tramita el convento con el Conde de Benavente, de ciertos lugares que poseía el monasterio en la comarca zamorana de Carballeda a cambio de rentas dinerarias.
Poderes de los monjes para la permuta. Imagen de pares.mcu.es

En marzo del 1434 figurando como abad Fernando del Alcácer, junto con todo el convento, permutan con el conde don Rodrigo Pimentel una serie de lugares de Carballeda que poseían desde el siglo XII: los lugares de la tierra de Ferreras de Abajo, Nuez, las dehesas y granja de Santa Cruz, Cional, Folgoso, Figueruela y otros lugares y granjas despoblados, con todos sus vasallos, señorío y rentas, (se reservan ciertas heredades en Ferreras que habían sido dadas a la mesa conventual y las colmenas que poseían en estos lugares), a cambio de rentas monetarias más seguras y de más fácil cobro, como son 15.000 mrs que por juro de heredad tenía el conde situados en alcabalas del vino de la ciudad de Zamora, y por la explotación de la barca de Bretocino con la promesa de no poner por parte del conde ni del concejo de Benavente otra barca en el río Esla, desde Milles de la Polvorosa hasta el cañal del Carrizal. Además con el compromiso por parte del conde de que los monjes puedan administrar y reparar las aceñas, batanes, presa y cañal del Hoyo, que ya eran propiedad del monasterio, y permitir pastar a las caballerías de los que vienen a moler o a tratar los paños y poder vender libremente el pescado que capturaban sin pagar parte ninguna al concejo de Benavente.
Todo ello les aseguraba una buena renta anual fácilmente recaudable por estar muy cerca del monasterio.
La comunidad, formada por Fernando del Alcázar, abad, y los monjes, Pedro de Riego, prior, Alfonso Ramos, soprior, Esteban de Ferreras, cillerero, Juan de Toro, Alfonso de Villafáfila, cantor, Simón de Benavente, enfermero, Juan de Benavente, Pedro de Villalpando, pitancero, Juan de Riego, socantor, Pedro de Manganeses, Juan de Sitrama, sacristán, Juan de Vega, fray Lope y Luis de Zamora, se reunió en el capítulo en varias ocasiones para tratar la conveniencia del acuerdo entre el abad y el conde y consideraron que era provechoso para el monasterio.
Poderes de los monjes para la permuta. Imagen de pares.mcu.es

Los tramites, incluyendo la bula papal, duraron dos años y en 1436 se llevaron a cabo las formalidades de la permuta.
En ese tiempo habían cambiado los cargos conventuales siendo prior Esteban de Ferreras, soprior, Alonso de Villafáfila, cillerero Juan de Vega y sacristán Alonso de Osma, y se mencionan nuevos monjes Diego de Castrocalbón, Juan de San Pedro y Juan de San Pelayo.3
Todavía en 1437 seguía ejerciendo el abad Fernando del Alcázar cuando se firma un: “Contrato de fuero e censo que el reverendo padre abad de mº de Moreruela fizo a un judío de unas casas que están ençima de la Costanilla e que agora poseen los fijos de Minaya” y tenía a Francisco de Cubillos como mayordomo4.


Licencias para la permuta de 1436. Imagen de pares.mcu.es

La buena relación del abad con el Conde de Benavente o bien las presiones que éste pudiera ejercer, llevaron a concederle en encomienda la merindad de la abadía y de los lugares de la Granja y Requejo, según recuerda Juan Orejas, arrendatario de las aceñas del monasterio en 14915:
se acuerda del abad don Fernando que puede aver 50 años más o menos, e que deste tiempo e abad se acuerda que el dicho monasterio e vasallos dél están en encomienda de la casa de Benavente e señores della... e ponen merinos en la dicha abadía”.
Lo que nos remonta a la década de los 40, pues según la Coronica General de la Orden de San Benito, tomo V, antes citada, don Fernando era monje del Císter y su abadiazgo duró hasta su muerte en 1448.
En 1449 el papa Nicolás V encomendó al cardenal Juan de Carvajal el monasterio de Moreruela y la disfrutó hasta su muerte en 1469. Fue legado papal en las cortes de Austria, Bohemia, Hungría y Alemania6.
Escudo del Cardenal Carvajal en Bonilla de la Sierra. Imagen Ayto-bonilla.com
En la documentación monástica se conserva el foro viejo del lugar de Sagos (Salamanca) desde 1465, y ese año figura “el cardenal de Santangelo, Juan de Carvajal, administrador perpetuo del monasterio de Moreruela, de Fusyllos y de la diócesis de Plasencia”, y en el capítulo de Moreruela se reúnen unos pocos monjes: “Antº Ferrández de Béjar, probisor del monasterio e lugarteniente del abad, fray Diego Serrano, prior, fray Juan, soprior, fray Juan el Romo, fray Andrés de Villamañán, enfermero, fray Martín de Castrotoral, e fray Rodrigo, monjes de misa del monasterio”, dándonos una idea de los pocos monjes que vivirían en el convento7.
No tenemos constancia de visitas de los abades comendatarios a sus monasterios, pues para administrar la vida monástica solían nombrar a personas de su confianza, aunque una escritura de trueque de unas tierras entre los monasterios de Montamarta y Moreruela realizada en noviembre de 1452 está “signada de Alonso de Mansilla, notario del cardenal” lo que puede indicar una presencia del mismo en el monasterio8. Sí constan algunas gestiones realizadas ante el papa por el cardenal Carvajal en defensa del patrimonio de Moreruela en el reino de Portugal, que comisiona al obispo de Braga para tratar el asunto. Estas posesiones se perdieron definitivamente durante la guerra de Sucesión de Castilla y pasaron en encomienda a la Orden de Cristo9.
A la muerte de Juan de Carvajal, Paulo II nombró encomendero al cardenal Albi pero no pudo disfrutarlo porque enseguida fue designado como abad Francisco de Santillana, obispo de Osma, por Sixto IV a petición del rey Enrique IV10. Francisco de Santillana, obispo de Osma y abad de Moreruela, residente en la corte romana, donde actuaba de embajador de la corona de Castilla, es detenido por mandato del Papa por irregularidades en el manejo de las rentas, dando orden de confiscárselas todas. La reina Isabel, apoyada en esta orden, en 1479 suspende el pago de las rentas de Moreruela a “don Francisco de Santillana obispo de Osma y abad de la dicha abadía de Moreruela”. La reina manda al prior y monjes del monasterio que las rentas queden embargadas y que no reciban a nadie por abad sin su licencia y especial mandado11.


Mandato de la reina 1479. Imagen pares.mcu.es

En 1481 los negociadores entre Fernando el Católico y Sixto IV llegaron al acuerdo de que Pedro González de Mendoza sustituiría a Santillana en el obispado de Osma y que las abadías de Moreruela, Párraces y Poblet quedarían libres para poderlas incluir en la reforma. Pero el monasterio de Moreruela sería excluido antes del acuerdo definitivo que se firmó en 1482, por el que a Santillana se le propone para la diócesis de Córdoba, renunciando a Moreruela, que sería entregada al cardenal Mendoza, aunque Santillana murió poco después12.
La concesión del obispado de Osma y de la abadía de Moreruela al cardenal Mendoza tuvo lugar el 8 de julio de 148213.
El autor de las uniones dice, según Manrique: “Ex scripturis monasterii de Moreruela constat ultimum Abbatem Commendatarium illius fuisse Cardinalem Archiepiscopum Toletanum D.D. Petrum de Mendoza, per Bullam Sixti IV expeditam anno Incarnationis Domini M CCCC. LXXXII, & fecisse cessionem Abbatiae in fauorem Fratris Franciscum de Seuilla, anno M. CCCC. XCIV, & ipsum Fratrem Franciscum de Seuilla fuisse primum Abbatem triennalem Obseruantiae dicti Monasterij, vt eius traditio habet”14.
El Cardenal Mendoza. Museo del Prado

Seguramente los reyes desde los primeros momentos de la concesión de esta abadía al Cardenal de España tuvieran intención de integrarla cuanto antes en la Observancia, como se deduce de las negociaciones antes mencionadas, y dada su voluntad de reformar los monasterios de sus reinos, y principalmente los del Císter, como manifiestan en una carta fechada en Toledo el 7 de Junio de 1480,  que dirigen  a sus oficiales en Castilla, para que presten todo su  favor a la Orden del Cister para visitar y reformar sus monasterios. Y como reiteran en el mandamiento por el que hacen efectivo el inicio de la integración de Moreruela en la Observancia:
e por quanto nos procuramos y deseamos con toda afeçión que en nuestros tiempos todos los monesterios de nuestros reinos sean reformados y resplandesca en ellos la observançia regular y respeto de la syngular devoçion que tenemos a la orden de Sant Bernardo de que somos espeçialmente patronos e protectores porque todos los monesterios de la dicha horden fueron fundados y hedificados e dotados por los reyes de gloriosa memoria, nuestros progenytores e por otras justas causas que a ello nos mueven, tovimoslo por bien
Pero los trámites demoraron la integración, que sí se iba produciendo en otros monasterios como Sacramenia, 1481, Valdeiglesias y La Espina en 1485 con graves altercados, y Sandoval 1486.
La dedicación del cardenal Mendoza a sus muchos cargos eclesiásticos y políticos en la corte de los Reyes Católicos le obliga a delegar la administración de la abadía de Moreruela en personas de su confianza. Así conocemos los poderes que otorgan en 1486 a dos de sus capellanes, Lope Docampo y Alfonso González de Madrid, revocando los que habían tenido hasta entonces Diego de Zamora, ya difunto y Pedro de Frías, su capellán15.
Son poderes muy amplios para recaudar todas sus rentas de pan, vino, dinero o ganado de los renteros; para poder arrendar y aforar sus posesiones quitándoselas a los que les reportaran poco beneficio y arrendándolas de nuevo; para apremiar al prior y monjes que viven en el monasterio a que lo hagan limpia y honestamente, según la regla, incluso para encarcelarlos o trasladarlos a otros monasterios si no lo hiciesen; para visitar a las monjas del convento de Santa Colomba, dependiente de Moreruela; y para administrar justicia y recabar las rentas feudales de los vasallos del monasterio.
Durante todo el periodo en el que suceden los abades comendatarios, la merindad de la abadía y de sus lugares y el cobro de ciertas rentas anejas al cargo y de las alcabalas y pechos reales habían estado en manos de la casa de los condes de Benavente y así lo recuerdan diversos testigos, vecinos de la Granja, en 1491. Declaran que el conde don Alonso, su viuda la condesa doña María de Quiñones, y su hijo el conde don Rodrigo II nombraban los merinos que se ocupaban del mantenimiento del orden y de la aplicación de la justicia, y en el desempeño de sus cargos cobraban rentas, reclutaban peones, recorrían los montes para prendar ganados forasteros y podían dejar nombrados lugartenientes: “en tiempo del conde don Alfonso tenía la Granja en encomienda y llevaba frutos e rentas della... e un merino que se llamava Juan Bravo sacó peones de dicho lugar para defensión de la casa de Benavente y otras guerras, ... puede aver çinquenta años”.
Incluso los conflictos entre los merinos y los provisores por la jurisdicción llevaban a la violencia: "... un merino... Pedro Vinagrero que mato a un provysor del monasterio que se llamaba Pedro Sánchez"
Pero surgieron conflictos entre los merinos y los provisores del monasterio que eran los encargados del ejercicio de la jurisdicción abacial.
Siendo Francisco de Cisneros, merino por el conde don Rodrigo, y Gonzalo de Zamora, provisor del monasterio por el cardenal don Pedro González de Mendoza, estos conflictos se agravaron, pues el provisor acusaba al merino de cometer agravios y sinrazones a los vecinos de los lugares, y de quebrar parte de una presa de aceña, y el merino decía que provisor y sus criados abusaban de los vasallos, matándoles vacas o entrando en sus casas para forzar a sus mujeres.
En 8 de marzo de 1491 en Granja de Moreruela se juntan Pedro de Losada, vecino y regidor de Benavente, en nombre del Conde de Benavente, y Diego de Segovia, vecino de esa ciudad, en nombre del Cardenal de España, en presencia del escribano Gonzalo de Beas, para informarse de los agravios y determinar en justicia. Conocemos el nombre del prior del convento, Fray Fco de Santa Marta, y fray Sancho soprior16.
Sentencia arbitraria 1491. Imagen pares.mcu.es

Todavía muchos años después, algunos testigos viejos declaran en un pleito del año 1528: “ conosçió ser abad del monasterio de Santa María de Moreruela a don Pedro González de Mendoza, que tenía un soprior, y era merino de la Granja de Moreruela un Valderrábano, de Faramontanos, que lo abía puesto en la abadía por merino el dicho don Pedro [Pimentel], que deçía que tenía la encomienda por el conde viejo, su hermano”; “...cuando el monasterio de Moreruela era encomienda del Conde de Benavente, don Pedro y otros por su mandado prendaban a los provisores e monjes e a sus azedores e mayordomos e los llevaban presos a Villafáfila e a Távara e a otras partes17.
Encaja más que esto hubiera ocurrido bajo el abadiazgo de Santillana que bajo el del cardenal, pues los testimonios son muy tardíos, si bien en el recuerdo se mantenían los abusos qua había sometido el conde y su hermano a los monjes y vasallos de Moreruela.
Posiblemente los anteriores abades comendatarios se conformarían con asegurarse la percepción regular de las cuantiosas rentas de la abadía mediante la entrega de muchas de sus propiedades a fueros perpetuos o vitalicios, y delegaran sus competencias señoriales en el Conde de Benavente.
Mientras tanto, los Reyes Católicos seguían con sus gestiones ante los papas Inocencio VIII y Alejandro VI para extender la reforma a todos los monasterios de sus reinos. Tal era el desconcierto de los cistercienses que el abad Pedro de Clairvaux viene a Castilla en 1491, celebra una asamblea de abades en Valladolid y visita los monasterios, entre ellos el de Moreruela y su filial de Santa Colomba en septiembre de ese año.
Como dice Granja en la obra citada: “cada abadía que se ganaba para ésta [la Observancia] era una auténtica conquista, pues implicaba transformar la vida de los monjes, compensar económica y políticamente a la Curia Romana y a esto había que añadir la reconstrucción de la hacienda y de los edificios de los cenobios arruinados de tan mala administración

Por fin en 29 de julio de 149418 los reyes desde Segovia se dirigen al corregidor de Zamora anunciando que el cardenal Mendoza había renunciado a la abadía de Moreruela, “por serviçio de Dios y descargo de su conçiençia”, aunque seguramente sería por el deseo de los reyes de que el monasterio zamorano pasara a integrarse en la Congregación de Castilla, “en favor del devocto padre fray Françisco de Sevilla, monje profeso de la orden de Sant Bernardo, para que el dicho monesterio agora e de aquy adelante sea reformado e reduzido a la observançia regular, debaxo de la obediençia del padre abad reformador de los monesterios de Sant Bernardo que están reformados y en observançia en estos nuestros reinos e señorios”.
Como el cardenal tenía la abadía “por tytulo e encomienda por conçesion apostolica”, fue necesaria la emisión de una bula papal y “de todo lo qual se hiso e fulmyno un proceso en forma por çierto jues”, que según los trámites que eso conllevaría bien pudo haberse iniciado unos años antes.
Esta bula y el proceso serían mostrados al corregidor de Zamora por el general reformador y por fray Francisco de Sevilla, nuevo abad de Moreruela, junto con el mandamiento de los reyes para que procediera a su cumplimiento.
La integración en la Congregación de Castilla no debía de ser fácil pues conocemos los conflictos a que dio lugar la reforma del monasterio de Valbuena unos años antes, por lo que el nuevo abad y el reformador le hacen patente a los reyes estas dificultades:
se temen e reçelan que por algunas personas eclesiasticas y seglares de no buena yntençion les podria ser ympedida e embargada la posesion de dicho monesterio e abadia e de las otras cosas a ella devydas e pertenesçientes, e otro sy por la maliçia de los tiempos e por no aver estado la dicha casa hasta aqui reformada, algunos grandes y caballeros y otras personas se han entrado e apoderado en algunos lugares e vasallos e juridiçiones e en otras posesyones e rentas y pechos e derechos e bienes muebles e ornamentos, caliçes e otras cosas devydas e pertenesçientes al dicho monesterio, e lo ocupan e detienen todo injustamente por fuerça y contra su voluntad syn causa ni tytulo alguno, e sy algunos tytulos tienen, que aquellos no fueron ni son legytimos ni conformes a derecho en gran cargo y peligro de sus animas y en escandalo de los fieles cristianos”.
Por lo que solicitan al corregidor que sobre todo ello les haga cumplimiento de justicia. Los reyes mandan al corregidor de Zamora que vaya al monasterio y a otras partes, si fuera necesario, y dé la posesión de la abadía a Francisco de Sevilla, nuevo abad, en lo alto y en lo bajo, en lo espiritual y en lo temporal, y en todos sus lugares, vasallos y jurisdicción y en todas sus rentas, y una vez tomada la posesión lo defienda y ampare en la misma, obligando en primer lugar a los monjes y a los vasallos a obedecer al nuevo abad:
e fagades al prior e monjes e a los otros religiosos e a todos los vasallos del dicho monesterio que den e exiban e fagan dar e exibir al dicho reformador y abad toda aquella obediençia y reberençia que como a su abad le es devida e pertenesçiente, fasyendole acodir en mandando e conpeliendo a todos los vasallos e renteros, colonos, censuarios e ynquilinos e arrendadores del dicho monesterio
El otro obstáculo serían los seglares que disfrutaban parte de las rentas del monasterio, por arrendamientos antiguos o por intromisión en las mismas, por lo que encargan al corregidor que se ocupe de su restitución:
otro sy en cuanto a los bienes muebles e rayses e hornamentos calizes, cruzes, e otros atavíos del dicho monesterio, e en quanto a los vasallos, heredamientos, rentas e otras cosas que están ocupadas e mal enajenadas del dicho monesterio, confiando de vos que soys tal persona que guardareis nuestro servicio y el derecho a las partes por la presente vos lo encomendamos e cometemos a vos todo”
Además de ejecutar el mandamiento de la integración de la Observancia de Castilla, los reyes lo nombran juez para determinar las causas y pleitos que se susciten por ello, sin más dilación, sólo con la verdad sabida, dándole poder cumplido para el efecto19.
Pero las resistencias de algunos personajes poderosos a ser desposeídos de alguno de los bienes o vasallos del monasterio que tendrían en su poder bien por cesión del cardenal, bien por apropiación, provoca que el convento se dirija de nuevo a los reyes en busca de amparo:
sepades que frey Sancho de Vitoria en nombre e como procurador del abad, prior e monjes e convento del monasterio de nuestra señora Santa María de Moreruela de la orden de Sant Bernardo que es en la diócesis de Çamora , nos dijo que el dicho monasterio es reformado en observancia, el qual fue fundado por el emperador don Alfonso e que les dio e otorgó por privilegio especial que nunca pueda ser [dado] en encomienda el dicho monasterio ni los vasallos e rentas dél salvo a rey o reyna... e qua agora reçela que algunos cavalleros e otras personas, contra el dicho previllegio e contra las leyes destos nuestros reynos, se quieren entremeter en tomar los vasallos e rentas del dicho monasterio en encomienda”
En 8 de noviembre de ese año, poco más de tres meses después del mandamiento de integración, los reyes dirigen una carta general a los infantes, duques, prelados, condes, marqueses, ricos hombres, maestres de las órdenes militares, oidores del consejo, jueces, y a todo el reino para que ningún caballero pueda tener en encomienda bienes de abadengo, según estaba mandado en la ley de Juan I, dada en Cortes de Guadalajara de 1390, y para que se cumpla lo especificado en el privilegio concedido "por el emperador don Alfonso" en la fundación del monasterio de Moreruela.
Algunos de estos caballeros poderosos que se habrían apropiado de vasallos o rentas del monasterio eran según vimos antes los condes de Benavente y otros miembros de la familia Pimentel.
Parece que los mandamientos reales sirvieron para que los poderosos no se entrometieran en las propiedades del monasterio. Quedaba ahora recuperar las rentas que le debían los vasallos, algunas de las cuales con el paso de los años y el descontrol de la administración de la hacienda monástica se habían ido perdiendo.
La documentación manejada se refiere a los conflictos de rentas y jurisdiccionales con sus vasallos, pero de la vida monástica carecemos de noticias. Los religiosos serían reacios a la introducción de novedades en su forma de vida, por eso, en el mandamiento de integración en la observancia los reyes, les compelen a que acepten las nuevas normas a las que les obligaba la reforma:
e para que agora e de aquy adelante ayan de estar e estén en comunidad según e como en las ordenanças e contituçiones e definyçiones de la dicha horden mandan e disponen, e no consyntiendo ny dando lugar a personas algunas muevan escándalos ny ruidos ...proçediendo otro sy contra qualesquyer religosos del dicho monesterio e convento que fueren apóstatas e no obedeçieren al dicho reformador y abad ny cumplieren sus mandamientos”
La posesión en nombre de la Observancia de Castilla fue tomada el 5 de agosto de ese año y fray Francisco de Sevilla fue electo abad trienal, aunque falleció en abril de 149620.
En 1496 se había llevado a cabo la reforma y elegido como nuevo abad a fray Clemente de Medina, y la comunidad ya estaba organizada según la nuevas reglas de la observancia; al año siguiente forman el capítulo, además de él, otros 23 monjes: Martín de Agreda, prior, Fabián de León, maestro de novicios, Adrián de Segura, cillerero, Pedro Gamarra, Alonso de Medina, Bernardo de Tamariz, Gabriel de Toledo, Juan de Requejo, Benito de Ocampo, Fernando de Baltanás, Andrés de Riego, Juan de Soria, Pedro de Soria, Pablo de Cadahalso, Pedro de San Martín, cantor, Mateo de Segovia, Roberto de Villafranca, Roberto de Toledo, Bautista de Gormaz, Luis de Sevilla, Alfonso de Fuentelcarnero, Pedro de Toro, Juan de Fuentes, cuyos apellidos denotan una procedencia variopinta, alguna bastante alejada del monasterio, en contraste con la comunidad de principios del siglo XV, cuando la mayoría de los monjes tienen apellidos que denotan una procedencia de lugares cercanos al monasterio. La presencia de un maestro de novicios indica la existencia de nuevas vocaciones que van a asegurar el futuro de la comunidad21.
En 1499 es electo Miguel de San Pelayo y reelegido en 1502, pero falleció en 1504 y acabó el trienio siendo abad fray Lorenzo de Peñafiel, hijo de Valparaiso. La comunidad prosperaba y estaba compuesta, al menos, por 24 monjes: Juan Delgado, prior, Juan de Horñena, Pedro Quixada, cillerero, Pedro de Illescas, decano, Juan de Requejo, cantor, Antón de Burgos, Fernando de Baltanás, maestro de novicios, Sebastián de Huerta, Alonso de Toledo, Francisco de Paderes, Vicente de Estrada, procurador y bolsero, Andrés de Almorox, Blas de Roa.., Ignacio, Francisco de Valdeiglesias, Juan de Ureña, García de Villamayor, Benito de Sobrado, Cristóbal de la Bóveda, Fernando de Benavente, Alonso de Saguena, Pablo de Cadahalso, Mancio de Villagª, Froilán Osorno, monjes profesos.
Durante su abadiazgo se produjo un conflicto sobre la elección de abadesa del convento femenino de Santa Colomba de la Dueñas, por la intervención del abad de Moreruela en la elección de otra abadesa. Este convento era filiación de Moreruela o al menos tenía dependencia jurisdiccional del mismo. Durante la encomienda del Cardenal de España había tenido lugar en Santa Colomba un grave conflicto entre la abadesa y otra monja por la elección y la posesión de las rentas de la abadía, pero no hay constancia de intervención ninguna de Moreruela en esa ocasión22.
Después de la muerte de la abadesa María de Robles en 1500, las monjas eligieron otra abadesa, y “por no se aver fecho conforme a las defyniçiones de la dicha horden”, el abad de Palazuelos, que no estaba integrado en la Observancia de Castilla, con poder del abad de Poblet “reformador e visytador general en los nuestros reynos en lo tocante a la dicha horden del Cistel, ansi de hombres como de mujeres”, destituyó a la elegida y mandó que se eligiera otra, que fue doña María Jaramillo, a la que puso en posesión del convento. Después el abad de Moreruela, aduciendo corresponderle a él la elección y seguramente con intención de integrar el monasterio en la reforma, “con el favor de algunas personas legas despojo por fuerza y contra su voluntad a la dicha abadesa del dicho cargo, disyendo que le perteneçia a el la dicha eleçion, y puso por abadesa a doña María de Mezquita, natural de la dicha villa de Benavente, lo qual dis que se procuro por parte de los parientes de la dicha abadesa por tener al dicho monasterio de su mano...por los parientes de la dicha doña Maria de Mezquita y por otras personas que tienen el dicho monasterio profanado y encastillado”. Los reyes mandan al bachiller Esteban Fernández de Almagro que vaya al monasterio “y lo desencastilledes e fagades desencastillar e echades fuera las personas que lo tovyeren encastillado” para que las partes puedan hacer sus autos libremente23. No sabemos como acabaría el pleito pero el monasterio de Santa Colomba se acabó integrando en la Observancia y dependiendo jurisdiccionalmente de Moreruela.
En el capítulo general del Cister celebrado en Valparaiso en 1504 acordaron crear un estudio de gramática en Moreruela, mandando que cada monasterio de la orden envíe un religioso a este estudio24.
Fray Lorenzo de Peñafiel fue reelegido abad en 1505 y 1508, y fue dos veces General de la Observancia. Menos referencias he obtenido de los abades del periodo de regencia de Fernando, en 1511 fue elegido fray Hernando de Baltanás y en 1514 Froilán de Salazar, que llegó a ser General de la Observancia de Castilla en tiempo de las Comunidades. Al poco de morir el rey Católico, en 1517 es elegido Juan de la Parra25.
Poder de 1512 Imagen pares.mcu.es

Para albergar la comunidad pronto se iniciaron las reformas del viejo monasterio y se realizaron obras nuevas, así se declara en 1509: “muchas obras que dicho monasterio e ellos en su nombre han hecho y hacen cada dia así en reparos como en obras hechas e que hacen de nuevo”26
Para ello se precisa mucho dinero, por lo que una de las primeras actuaciones después de consolidada la comunidad fue la de reorganizar la economía del monasterio, recuperando las rentas enajenadas o mal arrendadas. La política anterior había sido la de entregar las propiedades a foro a largos plazos o perpetuos. Ahora tratan de sanear estas rentas por lo que para el efecto conceden al prior y al cillerero poder para recaudar, recibir rentas, apear posesiones. La recaudación de las rentas devengadas desde el año 1494 por parte del nuevo abad provoca varios pleitos con los arrendatarios de las rentas del monasterio en tiempos del cardenal, que reclaman el cumplimiento de sus contratos, que no habían vencido.
Por la documentación de Simancas, conocemos los que tienen con Luis Núñez Coronel, vecino de Zamora. Se trata de un influyente judío converso que desde tiempo atrás se dedicaba a los arrendamientos de rentas reales y eclesiásticas. En 1497 se dirige a la corte diciendo que él tomo a cargo la cobranza de las rentas de la abadía de Moreruela por el cardenal de España desde el año 1491 y que después de que el monasterio se reformó, el convento había ganado una carta de comisión real para que el corregidor de Zamora pudiera conocer sobre los pleitos que pudieran surgir del cobro de sus rentas. El corregidor, a pedimiento del monasterio, embargó todas las rentas de pan y maravedíes y otras cosas que el año 1494 estaban a cargo de cobrar por los subarrendatarios, Francisco de Anaya y Martín Cornejo, los cuales compraron pan y otras cosas, a cuenta de las rentas que esperaban recaudar, y prestaron a personas y concejos y muchos de ellos tenían firmados contratos que ahora no querían pagar.
Estando pendiendo la reclamación ante el dicho corregidor, que parece que no acababa de sentenciar,“el abad y convento viendo que no avían justicia ny cosa alguna de las que le pedían” pusieron otra demanda ante la jurisdicción eclesiástica, en este caso el provisor de la diócesis de Zamora, que no había querido remitirla al corregidor, que era el juez competente para el caso. Los reyes el 30 de mayo le mandan al provisor que no conozca el pleito y que remita la causa ante el corregidor27.
Pleitos con Núñez Coronel. Imagen pares.mcu.es

En agosto del 98 todavía continuaba el pleito y Luis Núñez Coronel pide a la corte una compulsoria para que los escribanos de los lugares de la abadía de Moreruela le den copias de las escrituras de contratos, firmados ante ellos, porque algunas personas le debían cantidades correspondientes a las rentas que aquel tenía arrendadas del cardenal de España en los referidos lugares y, posiblemente a instancias de los monjes, se negaban a darle las copias que demostraban su derecho. Por eso desde la Corte mandan que si alguna razón tenían para no entregárselas, que la expongan ante el Condestable y el Consejo28 .
Los arrendatarios se seguían negando a entregar las rentas atrasadas, inducidos por los monjes, seguramente con promesas de renovación de los contratos, aunque la pretensión era recuperar cuanto antes y con mejores condiciones para el convento los ingresos, por lo que el converso demanda amparo a la corte, desde donde emiten una incitativa para que las justicias de Zamora, León, sus obispados y demás localidades resuelvan cuanto antes los pleitos “porque tuvo arrendada del Cardenal de España la abadía de Moreruela, de la Orden del Císter, con sus lugares y rentas, y algunos concejos y personas particulares le deben29 muchas cantidades, que no le quieren pagar, apoyados por el abad, después de que la abadía había sido reducida a observancia” 30.
Dentro de esta política de reforma administrativa del monasterio, los monjes quieren asegurarse rentas saneadas y en 1497 aforan perpetuamente a don Enrique Enríquez de Guzmán, comendador de Castrotorafe, todo lo que pertenecía al monasterio en los términos despoblados de Castilcabrero y Oterino, por 40 cargas de pan anuales, con un cobro más seguro, aunque fuera menor, que el que podían recibir de varios pequeños renteros.
También hicieron cesión de algunas propiedades más alejadas del monasterio: “Tuvo también el dicho monasterio de Moreruela un Priorato extramuros de la ciudad de Sevilla ... en el año de mill y quatrocientos y noventa y nueve, fray don Miguel de San Pelayo abad desta casa, juntamente con todo su convento pareciendoles algún inconveniente , el estar tan lexos, para poder acudir a las cosas de su gobierno, hicieron dél renunciación y donación en manos del Abad de San Bernardo de Toledo y convento para que ellos gobernasen31.
Posiblemente este priorato tan distante de Moreruela no le reportara al monasterio renta ninguna, dado que por esos años había sido ocupado por particulares y convertido parte de sus edificios en un mesón y otra parte en casa de mancebía: “dis que ha fecho de la mitad del un mesón, e de la otra mitad una casa de mugeres de malvivir32.
Pero no sólo se trataba de reorganizar las rentas para sanear la economía de la abadía, además los nuevos monjes intentaron restaurar los antiguas prestaciones feudales sobre sus vasallos de Granja de Moreruela y del lugar de Requejo, pequeña aldea situada enfrente del monasterio del otro lado del Esla, incluso añadiéndoles nuevas imposiciones.
Aldea de Requejo. Instituto Geográfico Nacional
Por lo que pronto surgieron los conflictos entre los vasallos y el abad. Ante la corte se presenta en 1498 Juan de la Parra, vecino de Requejo, en nombre de todo el concejo, quejándose de las muchas fuerzas y agravios y sinrazones que el monasterio y convento de Moreruela:
les fasen después que fuese reformado y reducido en observançia quebrantándoles los usos, tenyendo jurado de se los guardar, ocupándoles sus términos, pastos, prados y abrevaderos y otras cosas pertenesçientes al conçejo de dicho lugar, alçandoles asymismo los fueros y ponyendoles nuevas serventías, más de las que devían, paçiéndoles con sus ganados sus pastos cotos que siempre guardaron, queriendo destruir a sus partes y despoblar el dicho lugar
1- Les había prohibido pastar con sus ganados mayores una dehesa, llevándoles algunos bueyes al monasterio en prenda “y que hallaríamos siempre los vºs de dicho lugar dis que comieron una dehesa que se dise del abad que es término del dicho logar con sus bueyes e vacas e yeguas e ganados bacunos bravos lo qual agora dis que les quita e prenda y tiene en su monasterio bueys prendados
2- Prohibición de pescar en el río Esla: “y dis que los vecinos del dicho lugar pescaban en el río de Esla que pasa por los términos del dicho logar y dis que se lo quitan todo y lo arriendan a otros
3-Prohibición de cortar leña en los montes y en tierras de labor, como lo hacían desde siempre para obtener recursos adicionales con su venta:
e les quitan los montes que no son dehesados con que no corten en ellos y les mandan que la leña y çepas que rozan en las tierras que labran que lo dejen en las tales tierras e dis que después ellos mismos vienen por ello y se los llevan a su monasterio no consintiendo que se aproveche lo qual siempre se había hecho llevandolo a vender a donde querían para sus nesçesidades”,
4- Subida de las cantidades anuales que pagaban por sus casas al monasterio:
e dis que les alçan los fueros de las casas en que biben de antes desde tiempo inmemorial los solyan pagar e dis que les tienen prendados por los dichas demasyas
5- Obligación de prestarles sus bueyes de labor con sus aparejos al monasterio, que los emplean en sus trabajos y trasportes:
e dis que de más de les dar e pagar las sementeras acostumbradas a dicho monasterio devenles tomar por fuerça sus bueys y jugos y cornales y en los tiempos de la trylla como en otros tiempos e dis que los envian a la çibdad de çamora e a otras partes donde les plase syn les dar por ello cosa alguna e aun dis que despues que se an aprovechado dellos les toman los cornales y se pierden
6 - Introdución de los ganados ovejunos del monasterio en los pastos de Requejo incluso en los prados acotados “e dis que meten su ganado obejuno entren en los prados cotos consegyles que tienen para sus bueys los quales siempre los han guardado y çerrado desde Santa María de las Candelas hasta San Juan
7 – Y además de los abusos, los menosprecian e insultan “e dis que los amenguan e ynjurian llamándolos vyllanos e borrachynes e bellacos e otras palabras ynjuriosas
Achacan a los monjes reformados la intención de despoblar el lugar o al menos de expulsar a sus actuales pobladores para poder arrendar el término por dinero sin el obstáculo de los vasallos:
E dis que con tantos malos tratamientos no hosan estar e bibir en sus casas e dis que muchos dellos andan fuydos e avsentes del dicho logar por themor... e seria forzado de yermar e despoblar el dicho logar e nos suplico e pidio por merçed que sobre ello proveyesemos e les diesemos un jues para que atento y conforme a la Ley de Toledo que fabla de la restytuçion de los terminos e sobre las otras cosas susodichas e nos ovimoslo por bien”.
Mandato de los reyes al corregidor de Zamora 1498. Imagen pares.mcu.es

El 23 de junio del 98 los reyes se dirigen al corregidor de Zamora, Gonzalo Fernádez de Roenes “e fiando de vos os mandamos que luego veades los susodicho e vades al dicho logar de Requejo e otras qualesquiera partes...” para que acudan a Requejo y se encargue de determinar y juzgar33.
Mucha prisa no se debió de dar el corregidor porque tienen que volver a pedir que actúe34: Prórroga a peticion del concejo de Requejo para que el doctor de Roenes, corregidor de Zamora, termine la pesquisa que se le había encomendado anteriormente en el pleito que trataba con el monasterio de Moreruela
Pronto también surgen conflictos con los vecinos de la Granja, primero con los hidalgos, como es Pedro de Carvajal, “hidalgo de padre e abuelo”, al que los vecinos pecheros, seguramente inducidos por los monjes, no le quieren reconocer sus privilegios de hidalguía y le habían prendado y multado porque les había movido un pleito “no le quieren guardar su eseçión e libertad e les levanto un pleito y le pusieron pena de 2000 mrs que no lo siguiese y sin oile le han condenado”
Además el abad y monjes le habían reclamado las heredades del monasterio que llevaría en renta o foro y por no hacerlo, seguramente amparado en viejos contratos de fuero perpetuo, (por el apellido tal vez relacionado con el cardenal Carbajal, que había tenido la abadía en encomienda a mediados de la centuria), y lo habían metido preso en las cárceles del monasterio y le habían tomado sus bienes “ dis quel abad, prior, monjes e convento le tomaron 30 ovejas e las juntaron con las otras suyas y porque él no les ha querido dar ciertas heredades, le prendieron y le pusieron en el çepo en la cárçel, e que no estando él en su casa fueron e le desquyçiaron sus puertas e le tomaron una saya de su muger e çiertos cabeçales e çierta ropa e toda quanta fasyenda tenya lo qual no le han querido ny quieren bolver” Por lo que reclama a la justicia real35.
Desde la corte se manda en octubre de 1498 al nuevo corregidor de Zamora que guarde la carta que se había dado al doctor Roenes, su antecesor, ya fallecido, por la que se le encomendaba la solución del debate sobre agravios que trataban tanto el concejo del lugar de Requejo, como Pedro de Caravajal, vecino de Granja, con el monasterio de Moreruela36.
Si en un principio los vecinos pecheros de la Granja estaban al margen de los abusos de los monjes, pronto son víctimas de los mismos y se tienen que dirigir a la corte reclamando la protección real porque “se temen del prior y frailes del monasterio de Moreruela. Les fasen muchos agravios e sinrazones y los prenden y los maltratan... que les deis el seguro”. Los reyes emiten el 7 de octubre de 1500 una carta de seguro para los vecinos dela Granja de Moreruela: “los rescybimos en nuestra guarda y seguro e señorio e amparo e defendimiento real a los vezinos e moradores del dicho lugar e cada uno dellos e a su mugeres e fijos e cryados e a sus bueys e ganados e los aseguramos de vos el dicho pryor e frayles e convento e de vrs escuderos e famyliares e panyaguados del dicho monasterio, para que los no firays, ni mateys, ny prendeis, ni ocupeis, ni tomeis sus bueys37.
Los vecinos de la Granja presentan en la corte una relación con los agravios que les hacen los monjes:
1- Imposición de los cargos de justicia y regimiento: “Estando en posesion el qº de poner dos alcaldes, uno el concejo en nombre de los reyes, el abad del monasterio ponía otro, y todos los oficiales el concejo, agora el dicho abad e frayles e convento e frayadría no consienten dejar al dicho concejo poner el dicho alcalde y oficales”
2- Ocupación de sus términos “asimismo les toman y ocupan sus terminos y prados y no les dan lugar a que vendimien sus viñas”
3- Imposición de nuevos tributos “e que les fasen otros muchos agravios poniendoles nuevas serventias”.
En 8 de octubre de 1500 los reyes dan comisión al bachiller Pedro de la Corte para que haga información acerca de estos agravios, ocupación de términos y otras injusticias que el abad y frailes del monasterio de Moreruela cometen contra los vecinos de Granja de Moreruela y le mandan que vaya en persona hasta el lugar de la Granja y averigüe el particular: “y quanto pan solian llevar de penas a los vºs y quanto se avia acresentado, e que terminos han tomado38 .
Veinte días después le prorrogan al bachiller de la Corte su comisión para finalizar la pesquisa sobre los agravios que el abad de Moreruela comete contra los vecinos de la villa de la Granja de Moreruela, entre otros el entrometimiento en la jurisdicción real, mediante no dejar al concejo elegir alcalde39.
A la vez que los vecinos de la Granja piden justicia real ante los abusos de los monjes, siguen los de Requejo sin haber resuelto su propio pleito y vuelven a solicitar ante la corte que los amparen, manifestando claramente las intenciones del convento de conseguir que se vayan del pueblo:
Que el dicho avad y monjes han tentado e procurado de despoblar el dicho lugar y hechar a los dichos sus partes de sus casas y fasyendas por tener yermo el lugar e arrendar a yerba el termino, y quita a sus partes que no puedan pacer con sus bacas y yeguas en una dehesa del conçejo e les quitan que no corten legna en sus propios montes y por la mucha fuerza y vyolencia les quyere quitar prohibir e vedar que no pesquen en su rio
Como ya en años anteriores habían solicitado que el consejo real administrara justicia, pero el corregidor de Zamora no lo había hecho:
y se quejaron al nrº consejo que mandaron al dotor Roenes, corregidor de Zamora, que hyciera información de todo ellos, e el dicho avad e convento llevaron a los dichos sus partes onze vacas las cuales hasta ahora están perdidas, el dicho dotor Roenes no entendió en el dicho proçeso e el dicho avad y conventuales no han restituido las dichas vacas”,
por lo cual los monjes no cesaban en los agravios: “y que todavia tientan de les faser los dichos agravios”; por lo que nuevamente “le piden cumpimiento de justicia”.
Desde el Consejo Real nombran por comisionado al bachiller de la Corte el 30 de octubre de 1500, para que vaya en persona a Requejo y vea y se informe directamente y envíe por escrito al consejo la información sobre los agravios que el abad y monjes del monasterio de Moreruela cometen contra los vecinos del lugar de Requejo, apropiándose de un monte y dehesa del concejo40.
Seguro de los reyes para los vecinos la Granja de Moreruela 1500. Imagen pares,mcu.es

El pleito con los vecinos de Granja sigue adelante y los frailes habían introducido en los términos del pueblo diversos ganados ovejunos para pastar, unos por dinero y otros de balde, amenazándoles con que dejaran el pleito, y el argumento de los vecinos es el mismo que los de Requejo: que la intención del monasterio es procurar despoblar los lugares para poder disponer de ellos libremente:
el prior y frayles ...nuevamente han metido más de seis o syete mil cabeças de ganago a herbajar en sus terminos de los de por dineros y de los de balde, disiendo que a cabsa desto dejaran el dicho pleyto porque sus ganados pastasen e que a no ser que ellos se obliguen a pagar al dicho monasterio lo que aquellos pagaban de ervaje ...e que sy asy pasara seria forçado despoblar el dicho lugare se yr a bebir e morar a otras partes”
Ante la súplica de los vecinos: “nos suplicaron que le fisiesemos justiçia”, desde la corte se manda al mismo bachiller de la Corte como comisionado unos días más tarde para que oiga las partes y que mientras el pleito esté pendiente “los frailes no innoven cosa alguna y si por la información hallara que los frayles han acostumbrado a meter ganados por dineros o sin ellos que obligase al conçejo a pagar el precio por el que han arrendado la yerba.41
Aparte de la primera tanda de agravios que el abad y monjes les habían hecho a los vecinos de la Granja, la presentación de la demanda ante la corte hace que la presión sobre los mismos se incremente:
el jueves que pasó, con poco temor de dios y de la justicia, dis que han metydo gente armada de Sant Cebrián e Castrotorafe e se han llevado de noche por mandado de los dichos avad e monjes fasta ciento çincuenta ovejas y como las llevaron de noche no saben donde están, e que demás desto envían a llamar a los vesinos del dicho lugar enviandoles mandamientos, con penas de dos mil mrs para los prender en el dicho monasterio e muchos de los más vesinos del dicho lugar por temor de los susodicho no osan dormir ni duermen en sus casas y se retraen y estan de noche en la yglesia a causa que no haya muertes ni escándalos
Desde la corte se vuelve a dar nueva comisión al bachiller Andrés de la Corte para que determine sobre los agravios y robos de ganado que los vecinos de San Cebrián de Castrotorafe han cometido contra los de Granja de Moreruela, a instancias del abad y monjes del monasterio de Santa María de Moreruela42.
Estas presiones provocan graves divisiones entre los propios vecinos, algunos de ellos ganados para su causa por los monjes, que se traducen en agresiones, sobre todo entre el alcalde elegido por el concejo y el que había puesto el abad: “El viernes pasado que se contaron 10 días, [o sea al día siguiente del robo de las ovejas] siendo alcalde por nos [la justicia real] en el dicho lugar Juan Guerra, con poco temor de nuestra justiçia y de los mandamientos y penas puestas que el dicho parte adversa [Esteban García, alcalde puesto por el abad] no usase el dicho ofiçio en nombre del monasterio ni trajese la vara, y por mandado del conçejo, el nuestro alcalde fue a prender a la parte adversa porque traía la dicha vara y usaba del dicho oficio, tomó una ballesta y la armó y le tiró una saeta que casi lo matara, ...y que el hijo de la parte adversa, Juan Esteban, le tiró una lanza y le dio en el hombro ... e asimismo Mateo Castro vino con una ballesta a mandamiento y favor de la parte adversa los quales todos lo quisieron matar lo qual farían si no fuera porque algunos favoreciendo nuetra justiçia le ayudaron a prender a la parte adversa y le tiene en la carçel pública del dicho lugar preso
Ante el cariz que tomaba el conflicto se amplian los poderes al bachiller Andrés de la Corte para que determine en la querella criminal presentada por Juan Guerra, alcalde y vecino de la Granja de Moreruela, contra Esteban García, vecino del dicho lugar, que lleva vara de alcalde en nombre del monasterio de Santa María de Moreruela43.
Antes de la llegada del comisionado, el alcalde Juan Guerra realizó la pesquisa de lo sucedido, prendió a varias personas y las llevó presas a la cárcel real de Valladolid, donde todavía estaban presos en febrero, por lo que los reyes dan comisión a los alcaldes de Casa y Corte para que determinen la causa44.
Emplazamiento al concejo de Granja de Moreruela. Imagen pares.mcu.es

Ante estos conflictos entre el monasterio y los vecinos de la Granja y de Requejo, que se alargaban y resultarían costosos para la hacienda conventual, parece que los monjes intentaron llegar a algún tipo de acuerdo, seguramente ante una instancia eclesiástica, como el provisor de la diócesis de Zamora, con ciertas penas a la parte que no lo cumpliera, que se aplicarían para la cámara papal, pero todo ello sin licencia real por lo que, ante el menoscabo de la jurisdicción real, desde la Real Chancillería se emplaza al concejo y a varios vecinos de Requejo:
A vos Juan de la Guerrra, alcalde del logar de Granja de Moreruela e a Juan Carbajo e a Antón Mayoral, regidores del dicho lugar, e a Pedro Arroyo, procurador del mismo, e a Luis de Valer, e Andrés de la Parra , e Juan de Benavente, vesinos del lugar de Requejo
para que se presenten ante el Consejo Real a dar cuenta de por qué han comprometido ante otra instancia un pleito pendiente entre el monasterio y la jurisdicción de dicho lugar, por causa de ciertas imposiciones en penas contra la parte que no lo cumpliere, aplicándolas al Santo Padre y otras personas, sin tener para ello licencia real45.
La sentencia que había pronuncido el juez comisionado, Andrés de la Corte, no la conocemos en detalle, pero fue contraria al monasterio, por ello recurrieron en grado de apelación y agravio ante la Chancillería Real, cuyos jueces emplazan de nuevo al concejo de la Granja para que se presenten y aleguen lo que consideren que puede servirles en el pleito46.
Como los pleitos seguían pendientes y los gastos eran crecidos los monjes, obligados por la falta de dinero “por quanto por ahora ellos ni el dicho monasterio no tienen ni pueden tener dineros para seguir los dichos pleitos con los dichos vecinos de la Granja así por estar gastando en muchas obras que dicho monasterio e ellos en su nombre han hecho y hacen cada dia así en reparos como en obras hechas e que hacen de nuevo como en otros muchos gastos como por sí los años estériles como en muchas limosnas que han hecho e hacen cada día a los pobres que a el vienen con el hambre que ha sido estos años pasados47 llegan a un concierto con los vecinos de la Granja en 1509 dándoles a fuero perpetuo sus términos, divididos en quiñones, por 7.600 mrs de renta anual “e mas seis carneros”. Además llevaban una “yhera de bueis que hera una huebra para trabajar un dia a cada vecino de la Granxa y de Requexo y otra yhera de çinco carros de leña”, Tales acuerdos con los vecinos se mantuvieron vigentes durante casi sesenta años48.
En 1502 los monjes, en medio de los conflictos con sus vasallos, ya debía de tener una buena cabaña de ganado ovejuno que pastaba en sus términos, y que periódicamente llevaban a salgar a la Fuente Salgada, de Villarrín. Desde antiguo existía un conflicto entre el monasterio y el concejo de Villafáfila por los pastos del término de La Tabla, que pertenecía a Moreruela pero en el que los vecinos de Villafáfila llevaban pastando desde tiempo inmemorial alegando que pertenecía a su jurisdicción concejil49. Ese año el convento presentó una demanda ante Pedro González de Almenara, vicario general del obispado de Zamora, y juez conservador apostólico del monasterio contra tres vecinos de Villafáfila, acusádoles de robo de ganado, cuando en realidad había sido una prenda de ganado por pasar por un pago de jurisdicción discutida.
A pesar de las protestas de jurisdicción, el juez eclesiastico siguió con el proceso y los condenó a devolver los carneros tomados y a las costas. Aunque recurrieron ante la Real Chancillería de Valladolid, volvieron a ser condenados a restituir al convento su ganado.
Esta sentencia les permitió recuperar la jurisdicción de la Tabla y mantener la comunidad de pastos, de la que posiblemente se habían visto privados durante los últimos años de abadía comendataria50.
Todos estos esfuerzos y gastos empleados en la reorganización de la hacienda del cenobio y recuperación de rentas, permitieron al monasterio iniciar una etapa de esplendor y alcanzar gran fama en todo el reino durante los siglos XVI y XVII, como recogen ya en el cambio de siglo “Es este sagrado conuento de la congregación de España, de los más estimados della y de los que más hijos principales ha dado a la Religión” Coronica Vol 5 año 1615.






FUENTES DOCUMENTALES
Archivo Histórico Nacional (A.H.N.)
Clero. Caja 8236.
Clero. Leg. 8236.
Clero. Caja 8237.
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Archivo Histórico de la Nobleza (A.N.):
Osuna. Caja 462.

Archivo General de Simancas (A.G.S.);
Registro General del Sello (R.G.S.):
Leg. 147909,138.
Leg. 149407,96.
Leg. 149407,96.
Leg. 149705,184.
Leg. 149706, 307.
Leg.149806,23.
Leg.149808,51.
Leg.149808,242.
Leg.149808, 243-8.
Leg. 149809,217.
Leg. 149810,304.
Leg 150008, 454.
Leg. 150010,233.
Leg. 150010,247.
Leg. 150010,116-2.
Leg. 150010,277.
Leg. 150011,248.
Leg. 150012,245.
Leg. 150012,314.
Leg. 150101,207.
Leg. 150102,368.
Leg. 150107,527.
Leg 150108, 207-1.

Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (A.R.Ch.V.):
Pleitos Civiles. Ceballos f. C. 506 -1.
Registro de Ejecutorias
C. 1293-25.
C. 198-44.
C. 9, 22.

Archivo Municipal de Benavente:
Fondo de la casa del cervato Rodríguez, Sig. 11.1.
BIBLIOGRAFÍA
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SUÁREZ FERNÁNDEZ, Luis - Los Reyes Católicos el Tiempo de la Guerra de Granada. Madrid, 1989.
VENTURA, Concha María; GARCÍA DE ACILU, José María – “Renacerás de las llamas: Moreruela” in Cisterciun 235. Año 2004. Pág.307.
YEPES, Antonio de: Coronica General de la Orden de San Benito. Tomo V. Valladolid 1615

1 YEPES, Antonio de: Coronica General de la Orden de San Benito. Tomo V. Valladolid 1615, pág. 207.
2 Archivo Histórico de la Nobleza, Osuna. Caja 462, doc. 10-15.
3 Todo lo referente a la permuta de bienes con el Conde de Benavente en Archivo Histórico de la Nobleza (A.N.), Osuna. C.462, Doc.10-15.
4 Archivo Histórico Nacional (A.H.N.), Clero. Caja 8236.
5 A.N. Osuna. C.462, Doc. 43.
6 GRANJA ALONSO, Manuel de la – Estudio Histórico, Artístico, Religioso, Agrícola y Humano del Real Monasterio de Santa María de Moreruela. Zamora, 1990.
7 A.H.N. Clero, Leg. 8236.
8 A.H.N. Códices y Cartularios Libro 1184.
9 GRANJA ALONSO, M. op. cit. pag.149.
10 VENTURA, Concha María; GARCÍA DE ACILU, José María – “Renacerás de las llamas: Moreruela” in Cisterciun 235. Año 2004. Pág.307.
11 Archivo General de Simancas (A.G.S.). Registro General del Sello (R.G.S.), Leg.147909,138.
12 SUÁREZ FERNÁNDEZ, Luis - Los Reyes Católicos el Tiempo de la Guerra de Granada. Madrid, 1989.
13 FERNÁNDEZ COLLADO, Ángel - Historia de la iglesia en España Edad Moderna. Toledo, 2007.
14 HERRERO SALAS, Fernando – Actas Capitulares del Císter en el Monasterio de Palazuelos (1554–1817) I parte: Estudio Introductorio. Valencia, 2006
15 GRANJA ALONSO Manuel-op.cit. pág. 152
16 A.N. Osuna, C.462, Doc.43.
17 Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (A.R.Ch.V.). Pleitos Civiles. Ceballos f. C. 506 -1.
18 A.G.S. R.G.S.,Leg. 149407,96
19 A.G.S. R.G.S. ,Leg. 149407,96
20 YEPES, op. cit.
21 Archivo Histórico Nacional (A.H.N.) Clero. Caja 8237.
22 A.R.Ch.V. Registro Ejecutorias. C. 9, 22.
23 A.G.S. R.G.S. Leg 150008, 454.
24 FARTOS MARTÍNEZ, M. et alii -La Filosofía española en Castilla y León.Valladolid, 1997.
25 YEPES, Coronica...
26 Archivo Municipal de Benavente, Fondo de la casa del cervato Rodríguez, Sig. 11.1. Citado por CASQUERO FERNANDEZ José Andrés: “El Monasterio de Santa María de Moreruela en la Época Moderna”, in LARREZ IZQUIERDO, Hortensia, coord., Moreruela, un Monasterio en la Historia del Cister. Valladolid, 2008, pp. 144-165.

27 R.G.S., Leg. 149705,184 y R.G.S.,Leg. 149706, 307.
28 R.G.S.,Leg.149808, 243-8.
29 en el lugar de la Granja Pero Benito e Pedro de Escobar sesenta cargas de pan, e Juan Miguel e la de Pº Mayoral e sus fiadores doscientas cargas de pan e 28.000 mrs en dineros e tresyentas veynte cabezas de ganado, e Pº Nyeto vº de Riego y su yerno 70 cargas de pan e Pero Aguado? .. e Juan Lozano, vºs de Pajares çiento e veynte cargas de pan, e Juan Hurtado, de Villafafilla, 50 cargas de pan que le fueron prestadas ...”
30 R.G.S., Leg.149808,242.
31 YEPES, Coronica... Tomo V.
32 A.G.S. R.G.S. Leg 150108, 207-1.
33 Lo anterior en R.G.S. Leg.149806,23.
34 R.G.S.Leg.149808,51.
35 R.G.S.Leg. 149809,217.
36 R.G.S.Leg. 149810,304.
37 R.G.S. Leg. 150010,233 1500-10-7.
38 R.G.S. Leg. 150010,247 1500-10-8 .
39 R.G.S. Leg. 150010,116,2 1500-10-30.
40 R.G.S. Leg. 150010,277
41 R.G.S. Leg. 150011,248.
42 R.G.S. Leg. 150012,245.
43 R.G.S. Leg. 150012,314.
44 R.G.S. Leg. 150102,368.
45 R.G.S. Leg. 150101,207.
46 R.G.S. Leg. 150107,527.
47 Archivo Municipal de Benavente, Fondo de la casa del cervato Rodríguez, Sig. 11.1. Citado por CASQUERO FERNANDEZ José Andrés: “El Monasterio de Santa María de Moreruela en la Época Moderna”, in LARREZ IZQUIERDO, Hortensia, coord., Moreruela, un Monasterio en la Historia del Cister. Valladolid, 2008, pp. 144-165.
48 A.R.Ch V. Registro de Ejecutorias C. 1293-25
49 RODRÍGUEZ, Elías- “El Monasterio de Moreruela y el Concejo de Villafáfila: historia de un conflicto secular”, in Anuario del I.E.Z.F.O. nº 19, pp. 277-322.
50 A.R.Ch.V. Registro de Ejecutorias C. 198-44

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